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Resumen de la Jurisprudencia de P.R.


Parrilla v. Rodríguez, 2004 TSPR 173

Mediante Opinión emitida por el Juez Asociado Hernández Denton, el
Tribunal Supremo resuelve que no aplica la doctrina de cosa juzgada contra la reclamación de una persona cuya reclamación pasada fue
desestimada---reclamación instada por un adulto en su nombre porque el reclamante era entonces un menor---cuando dicha reclamación fue desestimada por el diligenciamiento tardío del emplazamiento.

El Tribunal Supremo aclaró que este caso no trataba de prescripción, sino del incumplimiento de normas procesales que provocan que ahora se pueda plantear la aplicación de la doctrina de cosa juzgada.  De hecho, el Tribunal reconoce que las partes no disputan que están presentes los requisitos de esa doctrina.  Al analizar los hechos del caso, y los intereses detrás de la jurisprudencia que ha permitido excepciones  a la aplicación de la referida doctrina, el Tribunal Supremo decide no aplicarla en el presente caso. 


Advertencia: Este resumen fue preparado por Enrique Silva Avilés y su contenido no constituye una publicación oficial de la Rama Judicial, ni forma parte de la Opinión objeto del resumen, ni necesariamente refleja en su totalidad todos los temas abordados en la Opinión, que es la fuente normativa de Derecho. El autor prepara este resumen como un servicio voluntario a la comunidad.

 

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