Ley Núm. 019 del año 2000


 

(P. de la C. 2726), Ley 019, 2000

 

Para enmendar el Artículo 484 del Código de Enjuiciamiento Criminal de 1935

LEY NUM. 19 DEL 5 DE ENERO DEL 2000

 

Para enmendar el Artículo 484 del Código de Enjuiciamiento Criminal de 1935, según enmendado, a los fines de atemperarlo al Plan de Reorganización Núm. 1, según enmendado, conocido como “Ley de la Judicatura de 1994”.

 

EXPOSICION DE MOTIVOS

 

El Artículo 484 del Código de Enjuiciamiento Criminal de 1935, según enmendado, dispone que  una persona no podrá ser excarcelada si lo estuviere en virtud de una orden de arresto de un juez de paz, porque haya un defecto de forma en la orden.

 

Nuestras leyes en relación a la judicatura han sido modificadas y al presente ya no existe la figura de Juez de Paz.  Por su parte, la del Juez de Distrito se extinguirá aproximadamente para el año 2002.  La Ley de la Judicatura de 1994 establece que el Tribunal de Primera Instancia será uno de jurisdicción original general y estará compuesto por Jueces Municipales y Jueces Superiores.

 

Es nuestro deber legislativo atemperar y actualizar las leyes de manera que podamos evitar confusiones procesales y judiciales que puedan obstruir, atrasar y en caso extremo, frustrar el desarrollo de los procesos judiciales de Puerto Rico.

 

DECRETASE POR LA  ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

            Artículo 1.-Se enmienda el Artículo 484 del Código de Enjuiciamiento Criminal de 1935, según enmendado, para que se lea como sigue:

 

            “Artículo 484. Defecto de forma en la orden de encarcelación.

 

      Cuando se ha encarcelado a una persona, o ésta se encuentra bajo la custodia de cualquier funcionario en virtud de acusación criminal, por razón de cualquier orden de arresto expedida por un Juez del Tribunal de Primera Instancia, esa persona no podrá ser excarcelada porque haya defecto de forma en dicha orden.”

 

Artículo 2.-Vigencia

 

            Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.

 

 

 

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ADVERTENCIA

Este documento constituye un documento de las leyes del Estado Libre Asociado de P.R. que está sujeto a los cambios y correciones del proceso de compilación y publicación oficial de las leyes de Puerto Rico. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad. Simpre busque leyes posteriores para posible enmiendas a estas leyes.

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