Ley Núm. 029 del año 2000


 

(P. de la C. 2908), Ley 029, 2000

 

 

Para declarar el Mes de la Prevención y Manejo del Asma y sus Síntomas.

LEY NUM. 29 DEL 13 DE ENERO DE 2000

 

Para declarar el mes de noviembre de cada año, como el “Mes de la Prevención y Manejo del Asma y sus Síntomas”; y para exhortar anualmente a las entidades educativas y profesionales relacionadas a llevar a cabo actividades dirigidas a la educación, prevención y orientación de esta condición.

 

EXPOSICION DE MOTIVOS

            La enfermedad del asma afecta a más de 400,000 puertorriqueños, representando pérdidas individuales y colectivas, además de poner en riesgo la salud y la vida de los pacientes que la sufren. Las recomendaciones y nuevas terapias disponibles para el manejo del asma están en la prevención, las mismas requieren la educación de los pacientes asmáticos y personas allegadas con el propósito de que conozcan su condición y el manejo de la misma logrando así mejorar su calidad de vida, y la del paciente.

 

            En torno a esta condición, se promueven programas educativos y de rehabilitación para los niños asmáticos y sus familiares. Estos están encaminados a ayudar a los niños, a los adolescentes y a sus padres a aminorar y controlar los episodios de asma y en cierta forma a prevenirlos a través de actividades recreativas y deportivas encaminadas a lograr la rehabilitación del paciente asmático.

 

Los más modernos enfoques en los programas de manejo exigen el desarrollo o revisión de protocolos de prevención que incluyan la educación al paciente, logrando así mejorar significativamente la “CALIDAD DE VIDA”.

 

Durante los meses de octubre, noviembre, diciembre y enero de cada año, se han estado efectuando conferencias a los profesionales de la salud, charlas a los padres y materiales educativos y clínicas dirigidas a la prevención, así como orientación a través de los medios de comunicación con el fin de orientar a los pacientes y familiares que sufren de esta condición. Por su parte la Secretaria de Salud, en virtud de la autoridad que le confiere la Ley Orgánica del Departamento de Salud de Puerto Rico, proclamó el mes de octubre del año en curso, como la “Semana de la Prevención y Educación del Manejo del Asma.” Donde se exhortó a la ciudadanía general a participar de las actividades que se llevarán a cabo entorno a esta condición, de manera que al orientarse adecuadamente puedan mejorar la calidad de vida a corto y a largo plazo.

 

La Asamblea Legislativa de Puerto Rico, entiende necesaria la aprobación de esta Ley, a los fines de que se celebre en el mes de noviembre de cada año, el “Mes de la Prevención y Educación del Manejo del Asma y sus Síntomas”, y de esta manera proveer la oportunidad para que las organizaciones educativas y profesionales dedicadas a la prevención de este mal, puedan difundir su mensaje de salud adecuadamente.

 

DECRETASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

     Artículo 1.-Se declara el mes de noviembre de cada año como el “Mes de la Prevención y Educación del Manejo del Asma y sus Síntomas.”

 

   Artículo 2.-El Gobernador de Puerto Rico mediante proclama al efecto, exhortará anualmente a las entidades educativas y profesionales relacionadas a llevar a cabo actividades dirigidas a la educación, prevención y orientación de esta condición.

 

     Artículo 3.-Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.

 

 

 

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