Ley Núm. 130 del año 2000


(P. de la C. 3119) Ley 130, 2000

 

Para declarar el mes de febrero de cada año, como el “Mes de la Prevención y Manejo de Síntomas del Corazón y de los Adiestramientos de Resucitación Cardiopulmonar”.

 

LEY NUM. 130 DEL 21 DE JULIO DE 2000

 

Para declarar el mes de febrero de cada año, como el “Mes de la Prevención y Manejo de Síntomas del Corazón y de los Adiestramientos de Resucitación Cardiopulmonar”; y para exhortar anualmente a las entidades educativas y profesionales relacionadas a llevar a cabo actividades dirigidas a la educación, prevención y orientación de condiciones y anomalías cardíacas.

 

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

           

            Existen varias organizaciones voluntarias de servicios de salud cuya misión es la lucha contra las enfermedades y la promoción de corazones saludables. Dichas organizaciones auspician un sinnúmero de actividades dentro del año natural. Los mismos están encaminados a mejorar la calidad de vida de los puertorriqueños con el propósito de culminar los esfuerzos educativos dirigido al prevenir, desalentar y eliminar ciertos hábitos negativos y nocivos de entre nuestra sociedad que promueven las anomalías cardíacas.

            Las enfermedades del corazón afectan aproximadamente a más de 480,000 adultos americanos. Según estadísticas la mitad de estas personas mueren de un paro cardíaco súbito y el promedio de supervivencia es de un cinco (5%) por ciento. Dichos padecimientos coronarios representan pérdidas individuales y colectivas, además de poner en riesgo la salud y la vida de los pacientes que la sufren. Las recomendaciones y nuevas terapias disponibles para el manejo de los males arrítmicos están en la prevención, las mismas requieren la educación de los pacientes y personas allegados con el propósito de que conozcan su condición y el manejo de la misma así logrando mejorar su calidad de vida, y del paciente.

            En torno a esta condición, se promueven programas educativos y de rehabilitación para los niños y sus familiares. Estos están encaminados a ayudar a los niños, a los adolescentes y a sus padres a comprender, controlar  y en cierta forma a prevenir a través de actividades recreativas, deportivas y de la sana nutrición encaminadas a lograr la rehabilitación y reeducación de la ciudadanía en general.

            Parte de estos adiestramientos, lo es el desarrollo de talleres de Resucitación Cardiopulmonar (RCP), ofrecidos por la Asociación Puertorriqueña y la Cruz Roja de Puerto Rico, entre otras organizaciones. Dichos talleres van encaminados en orientar a sus participantes de lo significativo y crucial que representa en activar y comenzar las reacciones en cadena para incrementar las posibilidades de supervivencia de una persona que haya sufrido un paro cardíaco.

            Sencillamente el eslabón donde una persona comience la reacción de activar el Sistema de Emergencia Médica (9 - 1 - 1) y comenzar las técnicas de (RCP), esta acción puede hacer la diferencia.  Si más personas conocieran como aplicar dicha técnica, más víctimas de paro cardíaco podrían ser la diferencia en las tasas de estadísticas mortuorias. Estos adiestramientos son una forma de preparar a más miembros de nuestra comunidad para ayudar en casos de emergencias cardíacas.

Durante el mes de febrero de cada año, se han estado efectuando conferencias a los profesionales de la salud, charlas a los padres y materiales educativos y clínicas dirigidas a la prevención, así como orientación a través de los medios de comunicación con el fin de orientar a los pacientes y familiares que sufren de esta condición. Por su parte el Departamento de Estado, en virtud de la autoridad que le confiere su Ley Orgánica, proclamó el mes de febrero,  como el “Mes del Corazón”. Donde se exhortó a la ciudadanía general a participar de las actividades que se llevarán a cabo entorno a esta condición, de manera que al orientarse adecuadamente puedan mejorar la calidad de vida a corto y a largo plazo.

 

La Cámara de Representantes de Puerto Rico, promueve esté tipo de programa preventivo, educacional y de orientación dirigida a los pacientes y población en general sobre las condiciones de salud relacionadas al corazón y otras condiciones cardíacas, y entiende necesario esta pieza legislativa, la cual pretende exaltar el "Mes del Corazón" celebrado el mes de febrero y declararlo como el "Mes de la Prevención y Manejo de Síntomas del Corazón y de los Adiestramientos de Resucitación Cardiopulmonar.”

 

DECRETASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

            Artículo 1.-Se declara el mes de febrero de cada año como el "Mes de la Prevención y Manejo de Síntomas del Corazón y de los Adiestramientos de Resucitación Cardiopulmonar.”

            Artículo 2.-El Gobernador de Puerto Rico mediante proclama al efecto, exhortará anualmente a las entidades educativas y profesionales relacionadas a llevar a cabo actividades dirigidas a la educación, prevención y orientación de esta condición.

            Artículo 3.-Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.

 

 

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