Ley Núm. 202 del año 2002


(P. de la C. 1319), 2002, ley 202

 

Para ordenar a la Oficina del Panel sobre el Fiscal Especial Independiente que revierta al Fondo General la cantidad de 3 millones de dólares.

LEY NUM. 202 DE 28 DE AGOSTO DE 2002

 

Para ordenar a la Oficina del Panel sobre el Fiscal Especial Independiente que revierta al Fondo General la cantidad de tres millones (3,000,000) de dólares para que formen parte del cuadre de ingresos del año fiscal 2002.

  

EXPOSICION DE MOTIVOS

La Oficina del Fiscal Especial Independiente se creó mediante la Ley Núm. 2 de 23 de febrero de 1988,  que crea el cargo de Fiscal Independiente. La función de este organismo es investigar y procesar criminalmente a determinados funcionarios que incurren en conducta delictiva, para promover y preservar la integridad  de los funcionarios e instituciones públicas del Gobierno del Estado Libre Asociado, con el propósito de restaurar la confianza del Pueblo en su Gobierno y en sus servidores públicos.

En vista pública celebrada por la Comisión de Hacienda de la Cámara de Representantes, la Oficina del Panel del Fiscal Especial Independiente le informó a la Comisión que para el año fiscal vigente  tendrían un sobrante  de tres millones  (3,000,000) de dólares.  A pesar de que la Ley  dispone que los recursos no utilizados se transfieran al Fondo General, esta Asamblea Legislativa necesita que a partir del 1ro. de julio de 2001, dicha cantidad ingrese al Fondo General  para que forme parte del cuadre de ingresos del año fiscal 2002.

DECRETASE  POR  LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:


Artículo 1.-Se ordena a la Oficina del Panel sobre el Fiscal Especial Independiente  que

 revierta al Fondo General la cantidad de tres millones (3,000,000) de dólares para que formen parte del cuadre de ingresos del año fiscal 2002.

 

            Artículo 2.-Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.  

 

 

Nota Importante: Esta ley es copia de la ley original cuando fue aprobada, no incluye enmiendas posteriores a esta.

 

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ADVERTENCIA

Este documento constituye un documento de las leyes del Estado Libre Asociado de P.R. que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las leyes de Puerto Rico. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad. Siempre busque leyes posteriores para posibles enmiendas a esta ley.

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