Ley Núm. 229 del año 2002


(P. del S. 402), 2002, ley 229                                                

 

Para ordenar a la Secretaria de  Vivienda a diseñar un plan estratégico de cooperativas de vivienda

Ley Núm. 229 de 23 de Septiembre de 2002

 

Para ordenar a la Secretaria del Departamento de Vivienda a diseñar un plan estratégico para fomentar, facilitar e instrumentar la construcción y el desarrollo de cooperativas de vivienda en Puerto Rico.

 

EXPOSICION DE MOTIVOS

 

El tema de vivienda está totalmente relacionado con la justicia social en Puerto Rico. Estudios recientes indican que en Puerto Rico es imperativo la construcción de sesenta mil (60,000) unidades de vivienda en un período de cinco (5) años para cubrir la demanda creciente. Esto equivale a la construcción de doce mil (12,000) unidades de vivienda por año a partir del año dos mil uno (2001). A esta cifra hay que añadir que en Puerto Rico existe un déficit de viviendas de bajo costo de cerca de ciento cincuenta mil unidades de vivienda, lo que equivale a un total de doscientos diez mil (210,000), siendo la mayor concentración del déficit entre necesidades y oferta en las viviendas de costos bajos y moderados.

 

Estas cifras denotan una situación preocupante en el sector de la vivienda, donde la demanda sobrepasa la oferta y a pesar de los esfuerzos desde hace muchos años para que cada familia tenga su hogar propio, las clases de menos recursos tienen escasa capacidad para cualificar para una vivienda, incluso en programas de interés social. Sin embargo, las instituciones financieras tradicionales están concentradas en la promoción de unidades de vivienda de alto costo, lo que dificulta aún más la adquisición de viviendas para las clases con recursos limitados.

 

Ante este difícil panorama, es necesario buscar iniciativas que propendan el establecimiento de programas y planes que faciliten al gobierno estatal, municipal y al sector privado en proveer una vivienda segura y adecuada a los puertorriqueños que no cuentan con los recursos para obtener una unidad de vivienda. Una de estas alternativas son las cooperativas de vivienda. En Puerto Rico, hoy en día existen doscientos ochenta y cuatro (284) cooperativas, de éstas sólo veintidós (22) son cooperativas de vivienda. Ciertamente, estos números no equiparan la necesidad que hay en Puerto Rico de miles de unidades de vivienda a bajo costo.

 

El sector de vivienda cooperativa es aquél integrado por las cooperativas que agrupan personas y familias residentes en determinado lugar para proveer servicios, tales como: administración de proyectos de vivienda, mantenimiento, compra de solares, construcción de viviendas, venta y/o alquiler de viviendas y aquellos servicios encaminados a mejorar la calidad de vida en un sector residencial específico. Este sector, según las últimas cifras suministradas por la Oficina del Inspector de Cooperativas y aún con su mínima presencia en Puerto Rico, para el año 1999, contaba con 4,162 socios, genera unos 133 empleos directos, cuenta con activos totales de $63,259,507 y posee un capital de inversión de $5,832,827.

 

            El desarrollo de la vivienda depende de un esfuerzo continuo y concertado de parte del sector público privado, por tal razón el Gobierno debe ser un promotor de la construcción de vivienda y facilicitador de los trabajos en conjunto con el sector privado. Este Proyecto de Ley, es cónsone con la Política Pública del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. La cual toma en cuenta los diversos factores relacionados con el fomento de la vivienda de interés social y se fundamenta en los conceptos de familia, hogar, orgullo, integridad personal y comunitaria y haciendo énfasis en la autogestión Por lo tanto, tomando en cuenta la importancia de las cooperativas de vivienda para Puerto Rico, se ordena a la Secretaria del Departamento de la Vivienda del Estado Libre Asociado de Puerto Rico a diseñar un plan estratégico para fomentar, facilitar e instrumentar la construcción y desarrollo de cooperativas de vivienda en Puerto Rico.

 

La Asamblea Legislativa del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, considera necesaria la aprobación de esta legislación, para fomentar el desarrollo de cooperativas de vivienda en Puerto Rico.

 

DECRETASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

 

Artículo 1.- Se ordena a la Secretaria (o) de la Vivienda a diseñar un plan estratégico para fomentar, facilitar e instrumentar la construcción y desarrollo de cooperativas de vivienda en Puerto Rico.

 

Artículo 2.- Este plan deberá incluir incentivos que motiven el desarrollo de las cooperativas de vivienda entre los diferentes sectores: desarrolladores, instituciones financieras, grupos cívicos y profesionales y usuarios, y deberá completarse no más tarde del Año Fiscal 2002-2003; y deberá ser implementado comenzando en el Año Fiscal 2003-2004.

 

Artículo 3.- La Secretaria del Departamento de la Vivienda del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, deberá incorporar en la elaboración del plan estratégico de desarrollo de cooperativas de vivienda al Administrador de Fomento Cooperativo o su representante y a un miembro reconocido del movimiento cooperativo, recomendado por las organizaciones cooperativistas, así como funcionarios representantes de agencias relacionadas a lo solicitado por esta legislación.

 

Artículo 4.- Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.

 

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Presidente del Senado

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Presidente de la Cámara

 

 

Nota Importante: Esta ley es copia de la ley original cuando fue aprobada, no incluye enmiendas posteriores a esta.

 

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ADVERTENCIA

Este documento constituye un documento de las leyes del Estado Libre Asociado de P.R. que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las leyes de Puerto Rico. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad. Siempre busque leyes posteriores para posibles enmiendas a esta ley.

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