Resumen de la Jurisprudencia del Tribunal Supremo de P. R. del año 2008


2008 DTS 027 IN RE:  ENRIQUE J. LEON MALAVE, 2008 T.S.P.R. 27

 

Mediante Opinión per curiam del Tribunal Supremo suspende inmediatamente al abogado querellado por el término de un año por éste haber violado los Cánones 12, 18 y 26 del Código de Etica Profesional.

Los hechos se basan en el manejo del abogado querellado de un proceso de revisión de pensión alimenticia para un cliente suyo.  En esencia, dicho abogado no compareció a una vista estando debidamente citado, presentó una reconsideración tardíamente, y al presentarla, no hizo los planteamientos correctos a favor de su cliente.

En el tema de incomparecencia de representantes legales que están debidamente citados, el Tribunal Supremo expresó lo siguiente en el caso, y citamos: 

Este argumento parece basarse en el entendido de que si un abogado o su cliente faltan a una vista, el tribunal tiene que suspenderla.  Claramente, tal pretensión no encuentra apoyo en las normas reglamentarias del Poder Judicial.  Dicha conducta constituiría una falta de respeto a los jueces y juezas del país.  Un abogado que en el futuro funde su incomparecencia en dicha “esperanza”, podría enfrentar serias consecuencias disciplinarias.

 

La Juez Asociada señora Rodríguez Rodríguez no intervino. 

 

 


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