Resumen de la Jurisprudencia del Tribunal Supremo de P. R. del año 2008


 2008 DTS 060 Pueblo vs. Viruet Camacho, 2008 TSPR 60

 

Mediante Opinión emitida por el Juez Asociado señor Rebollo López, el Tribunal Supremo resuelve que actuó correctamente el foro primario al denegar la supresión tanto de una primera admisión, y de una subsiguiente confesión, hechas por el acusado a su hermano en un caso de asesinato.

 

La admisión la hizo al encontrarse con su hermano, quien lo detuvo luego de ésta, y lo entregó a las autoridades. La información que tenía el hermano antes de reunirse con el acusado, unido a la admisión del delito al hermano por el cual era buscado en ese momento el ahora acusado, le dio base legal a su hermano para arrestarlo como ciudadano particular, y no como agente del orden público. El hermano, quien no estaba en funciones, era oficial de custodia en la Administración de Corrección. Además, se aclaró que en ese contexto el hermano no tenía que hacer advertencias de ley.

 

La confesión la hizo al hermano en el cuartel luego que, estando en custodia, se le leyeron las advertencias por un agente y un fiscal; éstos últimos abandonaron el salón cuando el acusado indicó que sólo hablaría con su hermano. En ausencia del fiscal y el agente, el acusado confesó los hechos a su hermano. Explicó el Tribunal Supremo que se efectuaron las advertencias de ley y que el acusado renunció de forma voluntaria, consciente e inteligente a su derecho contra la autoincriminación. Este sabía que era sospechoso del delito de asesinato, y que cualquier declaración que hiciera podría usarse en su contra. Aun así, optó por contarle lo sucedido a su hermano.

 

La Juez Asociada señora Fiol Matta concurrió en el resultado sin opinión escrita.

 

 


Nota: Este resumen fue preparado por Enrique Silva Avilés y su contenido no constituye una publicación oficial de la Rama Judicial, ni forma parte de la Opinión objeto del resumen, ni necesariamente refleja en su totalidad todos los temas abordados en la Opinión, que es la fuente normativa de Derecho. El autor, que se reserva todos sus derechos, prepara este resumen en su carácter personal, como un servicio voluntario a la comunidad.

 

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