Jurisprudencia del Tribunal Supremo de P. R. del año 2009


2009 DTS 038 IN RE: PEREZ LUGO 2009TSPR038

 

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

 

In re: Lydia Pérez Lugo

 

2009 TSPR 38

175 DPR ____

Número del Caso: TS-5704   

Fecha: 27 de febrero de 2009

 

Abogada de la Parte Peticionaria:                    Por Derecho Propio

Colegio de Abogados de Puerto Rico:             Lcdo. José M. Montalvo Trías

                                                                       Director Ejecutivo

 

Materia: Conducta Profesional, Reinstalación al ejercicio de la abogacía.

 

ADVERTENCIA

Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad.

 

 

RESOLUCIÓN

 

San Juan, Puerto Rico, a 27 de febrero de 2009.

 

Examinada la Petición de Reconsideración, presentada por la Sra. Lydia Pérez Lugo, se ordena su reinstalación inmediata al ejercicio de la abogacía. Se le apercibe que en el futuro deberá cumplir rigurosamente con su deber de pagar las cuotas del Colegio de Abogados y con las órdenes de este Tribunal, así como con su deber de informar inmediatamente cualquier cambio en su dirección, conforme a la Regla 9 (j) de nuestro Reglamento, 4 L.P.R.A. Ap. XXI-A.

 

Se le ordena a la Secretaria de este Tribunal que tome nota de la nueva dirección de la señora Pérez Lugo y que remita a ésta los formularios necesarios para actualizar su información en el Registro Único de Abogados y Abogadas.

 

Publíquese.

 

Lo acordó el Tribunal y certifica la Secretaria del Tribunal Supremo.

 

 

       Aida Ileana Oquendo Graulau

Secretaria del Tribunal Supremo

  

 

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