2015 Jurisprudencia del Tribunal Supremo de P. R. del año 2015


 2015 DTS 062 IN RE: MELENDEZ GONZALEZ 2015TSPR062

 

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

 

In re: Rafael E. Meléndez González

 

2015 TSPR 62

193 DPR ____ (2015)

193 D.P.R. ____ (2015)

2015 DTS 62 (2015)

Número del Caso: TS-7878

Fecha: 20 de mayo de 2015

 

Abogado de la Parte Peticionaria:         Por derecho Propio

Oficina de la Procuradora General:        Lcda. Karla Z. Pacheco Alvarez

                                                            Subprocuradora General

                                                            Lcda. Minnie H. Rodríguez

                                                            Procuradora General

 

Materia: Reinstalación al ejercicio de la abogacía y la notaría.

 

ADVERTENCIA

Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad.

 

RESOLUCIÓN

 

En San Juan, Puerto Rico, a 20 de mayo de 2015.

            Atendida la “Moción para Solicitar la Reinstalación como Abogado y Notario”, así como el “Escrito Suplementario en Cumplimiento de Resolución” presentado por la Procuradora General, se ordena la reinstalación del Lcdo. Rafael E. Meléndez González.  Además, se ordena el archivo de las quejas AB-2004-258, AB-2005-18 y AB-2005-62, así como las quejas presentadas por el Sr. Jaime J. Silva y la Sra. Amalia Colón Rivera en el año 2005 ante el Colegio de Abogados y Abogadas.

            Publíquese.

Lo acordó el Tribunal y lo certifica la Secretaria del Tribunal Supremo.  La Juez Asociada señora Rodríguez Rodríguez hace constar la siguiente expresión: 

La Juez Rodríguez Rodríguez está conforme con proveer ha lugar a la reinstalación del Sr. Rafael E. Meléndez González. No obstante, no ordenaría el archivo de las quejas presentadas en su contra ante el Colegio de Abogados y Abogadas, el 22 de mayo de 2005 y el 9 de diciembre de 2005, hasta tanto las partes quejosas tuviesen la oportunidad de expresarse sobre éstas.

 

Aida Ileana Oquendo Graulau

Secretaria del Tribunal Supremo

 

 

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