2019 Jurisprudencia del Tribunal Supremo de P. R. del año 2019


2019 DTS 82 IN RE: BENERO GARCIA, 2019TSPR082

 

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

 

In re: Hon. Jaime J. Benero García

2017 TSPR 82

202 DPR __, (2019)

202 D.P.R. ___, (2019)

2019 DTS 82, (2019)     

Número del Caso: AD-2016-0001

Fecha: 1ro de mayo de 2019

 

Véase Opinión del Tribunal

 

Opinión disidente emitida por la Juez Asociada señora Rodríguez Rodríguez

 

San Juan, Puerto Rico, a 1 de mayo de 2019.

Resulta inquietante la proclividad de la mayoría de mirar para un lado a la hora de sancionar a ciertos jueces. Véase In re González Rodríguez, 2018 TSPR 165; In re Hon. Colón Colón, 197 DPR 728 (2017); In re Hon. Carballo Nogueras, 198 DPR 739 (2017). En más de una ocasión, ante conducta claramente despreciable y reprochable que deshonra la toga, la mayoría opta por la “sanción” más indulgente y lenitiva.

            En esta ocasión, luego de relatar en media resma de papel innumerables actuaciones e incidentes del Juez Benero García que reflejan, como poco, su hiriente falta de sensibilidad para con los marginados, los pobres y las mujeres, la mayoría archiva la Querella. Ya no tan solo es insensible el juez, sino esta Curia, que parece tiene dos varas para medir la conducta de los jueces.  

Los jueces, todos los jueces -incluyendo a quienes nos sentamos en esta Curia- debemos recordar que nuestra fortaleza reside en nuestra autoridad moral. “Cuando en una profesión fallan los principios que deben inspirar la actuación de sus miembros, o cuando determinados profesionales no ajustan su conducta a tales cánones, sin que por otra parte, les sea llamada la atención en debida forma por los propios órganos rectores de la profesión a que pertenecen, el desprestigio de la profesión comienza. Si de la profesión judicial se trata, de tanta carga en su proyección social y humana, ese camino de deterioro puede hacer a la sociedad víctima de las más perjudiciales -trágicas- consecuencias”. Francisco Soto Nieto, Compromiso de Justicia, 1977, págs. 67-68.

Anabelle Rodríguez Rodríguez

              Juez Asociada

 

 

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