Ley Núm. 75 del año 2009


(P. de la C. 159), 2009, ley 75

 

Para denominar a la reserva agrícola del Municipio de Maunabo creada por virtud de la Ley Núm. 18 de 2006, con el nombre “Reserva Agrícola Don Amparo Guisao Figueroa”.

Ley Núm. 75 de 16 de agosto de 2009

 

Para denominar a la reserva agrícola del Municipio de Maunabo creada por virtud de la Ley Núm. 18 de 23 de enero de 2006, con el nombre “Reserva Agrícola Don Amparo Guisao Figueroa”.

 

EXPOSICION DE MOTIVOS

 

La agricultura representa un sector económico de importancia en Puerto Rico. En ella han laborado desde toda nuestra historia innumerables agricultores que han labrado la tierra puertorriqueña. Han pasado fenómenos atmosféricos, plagas, sequías, enfermedades y nuestros agricultores han perseverados cultivando la tierra día tras día.

 

En la agricultura maunabeña un insigne agricultor conocido como Don Amparo Guisao, contribuyó para su generación y futuras generaciones a ser ejemplo que la tierra debe trabajarse para obtener los alimentos necesarios y a protegerla y conservarla para la producción de alimentos para nuestro país.

 

Don Amparo Guisao Figueroa nació en el Barrio Lizas del Municipio de Maunabo en el año 1921 donde conoció los duros trabajos de la tierra desde pequeño. Con mucho esfuerzo completó la escuela primaria y secundaria, y tras culminar el servicio militar, regresó para completar los estudios necesarios para alcanzar su vocación de ser maestro.

 

Se destacó en la práctica docente por su habilidad de suministrar los cursos elementales, intermedios y superiores sin utilizar apuntes, puramente de memoria. En su tiempo libre, Don Amparo disfrutaba de su pasión por la agricultura, la cual trabajaba con gran calidad y natural habilidad gracias a la experiencia desarrollada en los rigores del campo desde su infancia.

 

Su amor por la tierra y el campo, lo llevó en múltiples ocasiones a alcanzar posiciones de alto liderazgo dentro de las organizaciones de agricultores, donde defendió incansablemente los derechos de estos y protegió incondicionalmente la agricultura que tanto ha sido afectada por las situaciones de la industrialización.

 

Este insigne agricultor se distinguió por muchos años como líder laico de la Iglesia Metodista de su pueblo. Don Amparo procreó una numerosa familia de 10 hijos a la cual ofreció su amor incansable e incondicional hasta su fallecimiento.

 

 

La Asamblea Legislativa de Puerto Rico, considera meritorio en reconocer la aportación de Don Amparo Guisao Figueroa a la agricultura puertorriqueña muy en especial su sacrificio, su laboriosidad y defensa a la agricultura maunabeña, al denominar con su nombre la reserva agrícola del Municipio de Maunabo.

 

La Ley Núm. 18 de 23 de enero de 2006 declaró como Reserva Agrícola los terrenos comprendidos dentro de las fincas La Carolina y Calimano en el Municipio de Maunabo. Esta reserva agrícola abarca una extensión territorial de quinientas once (511) cuerdas de terreno en la cual los agricultores maunabeños desarrollarán sus empresas agrícolas y así mejorar su calidad de vida.

 

DECRETASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

Artículo 1.-Se designa la reserva agrícola del Municipio de Maunabo creada por virtud de la Ley Núm. 18 de 23 de enero de 2006, con el nombre “Reserva Agrícola Don Amparo Guisao Figueroa”.

 

Artículo 2.-El Departamento de Agricultura de Puerto Rico y la Administración de Terrenos tomará las medidas necesarias para dar cumplimiento a esta ley y divulgará a la ciudadanía en general tal designación.

 

Artículo 3.-Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.

 

  

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                                                                                                     Presidenta de la Cámara

.................................................................

            Presidente del Senado

 

 

 

Notas Importantes:

1.  Esta ley es copia de la ley original cuando fue aprobada, no incluye enmiendas posteriores.

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