Ley Núm. 298 del año 2018


(P. de la C. 1172); 2018, ley 298

 

Para declarar el mes de septiembre como el “Mes de la Cultura Ponceña”.

Ley Núm. 298 de 29 de diciembre de 2018

 

Para declarar el mes de septiembre como el “Mes de la Cultura Ponceña”, en reconocimiento a la valiosa contribución de aquellas mujeres y hombres ponceños en el ámbito cultural, social, político, artístico, cívico y deportivo de nuestro pueblo, así como realzar las virtudes y bondades de Ponce en sus manifestaciones, tanto individuales como colectivas; y para otros fines relacionados.

 

EXPOSICION DE MOTIVOS

Ponce es el primer Municipio Autónomo de Puerto Rico y el segundo en extensión territorial, también conocida como la “Ciudad Señorial” o la “Perla del Sur”.  Ha sido cuna o lugar de crecimiento humanístico de múltiples personalidades que han contribuido al bienestar cultural, social, político, artístico, cívico y deportivo, no tan sólo de Ponce, sino de todo Puerto Rico.  Su sitial como “Ciudad Cultural” responde a un proceso histórico que evidencia la contribución de sus ciudadanos en su desarrollo integral, en especial en su cultura.

 

Ponce es cuna, residencia o lugar de crecimiento humanístico de un gran número de ilustres ciudadanos que enorgullecen, no sólo a los ponceños, sino también a todos los boricuas. Se destacan, entre muchos, Agüeybaná “El Bravo”, Juan Ponce de León II, Román Baldorioty de Castro, Federico Degetau, Manuel G. Tavárez, Juan Morell Campos, Rafael Cordero Santiago, Pedro Albizu Campos, Sor Isolina y Luis Ferré Aguayo, Rafael Hernández Colón, Roberto Sánchez Vilella, Ernesto Ramos Antonini, Teodoro Moscoso, el Almirante de cuatro estrellas Horacio Rivero, Antonio y Amalia Paoli, Graciela Rivera, Miriam Colón, Marta Romero, Ruth Fernández, Ednita Nazario, Denise Quiñones, Tommy Muñiz, Olga Albizu, Miguel Pou, José “Cheo” Feliciano, Héctor “Lavoe” Pérez, Luis Raúl Martínez, Pete “El Conde” Rodríguez, Ismael Quintana, Henry Hutchinson, Gilberto Valenzuela, Carlos Albizu, Dr. Manuel de la Pila Iglesias, Juan Viguié, Julio E. Monagas, Rafi Serrano, Roberto Alomar Velázquez, Orlando Cepeda, Francisco Coimbre, Juan “Pachín” Vicéns, José “Chegui” Torres, Carlos Ortiz, Alex “El Nene” Sánchez, Jesús Vassallo, Ricardo Busquets, Carlin Velázquez, Javier Culson, Reinaldo Oliver, entre otros más que se destacan.

 

Por otro lado, la localización geográfica del Municipio frente al Mar Caribe y aproximadamente en el centro de la costa sur de Puerto Rico, le ha dado a Ponce a lo largo de sus trescientos años de existencia una ventaja que lo ha mantenido como el segundo Municipio en importancia en la Isla.  Además, se considera un destino turístico, debido a sus múltiples atracciones, entre las que se encuentran su majestuosa Plaza las Delicias con su Parque de Bombas y la Catedral La Guadalupe, el Castillo Serrallés en el monte, El Vigía con su imponente Cruceta, el Centro Ceremonial Indígena de Tibes, el Museo de Arte de Ponce, el Museo Masacre de Ponce, el Museo de la Historia de Ponce, el Teatro la Perla, el Área Recreativa de La Guancha, La Hacienda Vives, sus calles con los cortes “Chaflán”, su arquitectura diversa y otras atracciones únicas.

 

Por todo lo anterior, esta Asamblea Legislativa entiende meritorio declarar cada mes de septiembre como “Mes de la Cultura Ponceña”, en reconocimiento a la valiosa contribución de aquellas mujeres y hombres ponceños en el ámbito cultural, social, político, artístico, cívico y deportivo de Puerto Rico, así como realzar las virtudes y bondades de Ponce en sus manifestaciones, tanto individuales como colectivas.

 

DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

Artículo 1.-Esta Ley se conocerá como “Mes de la Cultura Ponceña”.

 

Artículo 2.-Esta Asamblea Legislativa declara el mes de septiembre de cada año el “Mes de la Cultura Ponceña”, para reconocer así la valiosa contribución de aquellas mujeres y hombres ponceños en el ámbito cultural, social, político, artístico, cívico y deportivo de Puerto Rico, así como realzar las virtudes y bondades de Ponce en sus manifestaciones, tanto individuales como colectivas.

 

Artículo 3.-El Gobierno de Puerto Rico, en coordinación con el Municipio Autónomo de Ponce, tendrán la responsabilidad de la organización y patrocinio de las actividades propias del “Mes de la Cultura Ponceña”.  Se promoverá, igualmente, la participación de la ciudadanía y de las entidades privadas afines en estas actividades.

 

Artículo 4.-Esta Ley entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación

 

Notas Importantes:

1. Este documento es una copia de la ley original cuando fue aprobada, no incluye enmiendas posteriores.

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Este documento constituye una copia original de las Leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, esta sujeto a las enmiendas posteriores y a la integración de las enmiendas a la ley principal de las Leyes de Puerto Rico. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad. Siempre busque leyes posteriores para posibles enmiendas a esta ley y/o la ley principal, según enmendada y actualizada.  

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