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Resumen de la Jurisprudencia de P.R.


BERIO SUAREZ V. ROYAL INSURANCE CO., 2005 TSPR 71

       Mediante Opinión emitida por el Juez Presidente Hernández Denton, el Tribunal Supremo se expresa sobre la responsabilidad que impone el Art. 1810 del Código Civil de Puerto Rico, 31 LPRA 5149 (en adelante Art. 1810) por los daños causados por las cosas que se caen o son arrojadas de una vivienda.  Al expresarse, el más Alto Foro revoca a los foros inferiores-----los cuales habían desestimado la demanda porque no se probó la negligencia del demandado---puesto que para responder a base de dicho articulado no se tiene que establecer la negligencia del demandado.   El contexto del caso fue una inundación de un apartamento por agua proveniente de un apartamento inmediatamente superior.  La inundación alegadamente provocó la caída del demandante---dueño del apartamento de abajo---quien se desplomó mientras trataba de sacar el agua y limpiar su apartamento.  

      Así se expresó en parte el Tribunal Supremo:

    “Por lo tanto, cuando se configura la situación que está recogida en el Art. 1810 --que una cosa caiga o sea arrojada de una vivienda y ocasione daños-- la ley nombra un responsable, la “cabeza de familia” o persona que ostente el control de la vivienda, que deberá resarcir los daños independientemente de la diligencia que haya podido desplegar. Esa ausencia de requisito de negligencia, sin embargo, no releva al perjudicado que demanda al amparo de esta disposición de establecer el nexo causal entre la caída del objeto y sus daños y la realidad de los daños sufridos. En cuanto a esos elementos, al igual que en otras situaciones de responsabilidad civil extracontractual, el demandante carga con el peso de la prueba. Véase, Bacó v. Almacén Rosa Rosa, 2000 TSPR 111, res. 30 de junio de 2000.”  


Este resumen fue preparado por Enrique Silva Avilés y su contenido no
constituye una publicación oficial de la Rama Judicial, ni forma parte de la Opinión objeto del resumen, ni necesariamente refleja en su totalidad todos los temas abordados en la Opinión, que es la fuente normativa de Derecho.

El autor prepara este resumen como un servicio voluntario a la comunidad.

 

Advertencia: La colaboración de estos resumenes y opiniones son expresamente del autor de los mismos y se publican para el beneficio de nuestros visitantes y como un servicio voluntario a la comunidad. LexJuris.com no se responsabiliza por el contenido de las mismas.

 

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