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Resumen de la Jurisprudencia de P.R.


2005 DTS 086 Santana v. Gobernadora Calderón, 2005 TSPR 86  

   Mediante Opinión emitida por la Jueza Rodríguez Rodríguez, el Tribunal Supremo se expresa extensamente sobre la facultad del Gobernador(a) de destituir funcionarios de la Rama Ejecutiva que haya nombrado.                         

    En esencia se dispone que la facultad de destitución mencionada es prácticamente absoluta cuando las funciones de la persona a destituirse son puramente ejecutivas; esto es, entre otras cosas, que la persona tenía la responsabilidad de implantar y hacer cumplir la política pública del gobernante.  Esta facultad de destitución a ese tipo de funcionario---distinto a un funcionario ejecutivo que tenga atributos de la función legislativa o judicial---no puede incluso limitarse por disposiciones legales que dispongan que el funcionario tiene que ocupar el puesto por un término específico.  Es decir, cuando las funciones de la persona a destituirse son puramente ejecutivas, se puede destituir aunque no haya vencido el término del puesto que disponga la ley.

   En este caso se concluyó que la demandante tenía funciones puramente ejecutivas, y que no tenía un interés propietario en el puesto, por lo que había libre facultad de la Gobernadora para destituirla.

 


Este resumen fue preparado por Enrique Silva Avilés y su contenido no
constituye una publicación oficial de la Rama Judicial, ni forma parte de la Opinión objeto del resumen, ni necesariamente refleja en su totalidad todos los temas abordados en la Opinión, que es la fuente normativa de Derecho.

El autor prepara este resumen como un servicio voluntario a la comunidad.

 

Advertencia: La colaboración de estos resumenes y opiniones son expresamente del autor de los mismos y se publican para el beneficio de nuestros visitantes y como un servicio voluntario a la comunidad. LexJuris.com no se responsabiliza por el contenido de las mismas.

 

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