Resumen de la Jurisprudencia del Tribunal Supremo de P. R. del año 2008


2008 DTS 184 PUEBLO V. ADALINE TORRES SANTIAGO, 2008 TSPR 184

 

Mediante Opinión del Tribunal emitida por el Juez Asociado señor Hernández Denton, el Tribunal Supremo resuelve que el Panel del Fiscal Especial Independiente puede actuar válidamente con tan sólo dos miembros en propiedad tras surgir una vacante por la renuncia de uno de sus tres integrantes; entiéndase, fue valida la decisión del panel de designar al licenciado López Cintrón como Fiscal Especial Independiente (“F.E.I.”) para investigar la querella presentada en contra de la señora Torres Santiago, pues se cumplió con el requisito de mayoría establecido en la Ley Núm. 2 de 23 de febrero de 1988, conocida como la Ley del F.E.I., 3 L.P.R.A. sec. 99h et seq.

 

Explicó el Tribunal Supremo que la ley citada no establece un requisito de quórum para que el Panel pueda tomar sus determinaciones.  Por el contrario, el único requisito establecido en dicho estatuto es que las decisiones sean tomadas por mayoría.  Entiende el Tribunal Supremo que si el legislador hubiese querido establecer un requisito adicional al requisito de mayoría para las decisiones del Panel, como lo sería exigir un quórum mínimo, así lo pudo haber dispuesto al aprobar la Ley requerida. 

La Juez Asociada señora Rodríguez Rodríguez disiente con opinión escrita.

 

 


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