Resumen de la Jurisprudencia del Tribunal Supremo de P. R. del año 2009


 2009 DTS 188 Declet Ríos v. Departamento de Educación, 2009 TSPR 188

 

Mediante Opinión del Tribunal emitida por la Jueza Asociada señora Pabón Charneco el Tribunal Supremo resuelve que un Oficial Examinador del Departamento de Educación no tiene facultad para imponer honorarios de abogado al Estado tras culminar el proceso adjudicativo iniciado por una querella instada.

 

En el caso se trataba de una determinación administrativa que resultó de un procedimiento al amparo del Reglamento del Procedimiento para la Resolución de Querellas de Educación Especial Mediante Vistas Administrativas, Reglamento Núm. 4493, Departamento de Estado, 8 de julio de 1991.

 

Explicó el Tribunal Supremo que el Oficial Examinador no tiene autoridad bajo la Ley Federal de Educación Especial, ni bajo la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme para otorgar honorarios de abogado por el trabajo realizado durante una vista administrativa en virtud de ambos estatutos.  No obstante, el padre o madre de un niño o niña con impedimentos que es parte prevaleciente según la Ley Federal de Educación Especial podrá acudir tanto al Tribunal de Primera Instancia o al Tribunal de Distrito Federal para que se le otorguen los mismos.

 

 


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