Resumen de la Jurisprudencia del Tribunal Supremo de P. R. del año 2013


 2013 DTS 031 Oficina de Etica Gubernamental v. Santiago Guzmán, 2013 TSPR 031

Mediante Opinión del Tribunal emitida por el Juez Asociado señor Martínez Torres, el Tribunal Supremo atiende la siguiente controversia: determinar si un funcionario que no ejerció facultades de nombramientos, promoción o ascenso a un familiar dentro de los grados de afinidad y consanguinidad que proscribe la derogada Ley de Ética Gubernamental de 1985, ni ejerció influencia para que ello ocurriera, incurre en violaciones éticas al no solicitar dispensa antes de que la autoridad nominadora efectúe el reclutamiento.

El Tribunal contestó la interrogante en la negativa, y concluyó que la interpretación en contrario que ha dado la Oficina de Ética Gubernamental al Art. 3.2 (i) de la referida ley es ultra vires.  Algunas expresiones dispositivas del Tribunal Supremo son las siguientes:

… el reglamento que aprobó la Oficina de Ética Gubernamental rebasa los poderes que le confirió la Ley de Ética Gubernamental en su Art. 3.2 (i), supra. Ese artículo no delegó a la agencia administrativa imponer multas a los empleados o funcionarios que aunque tuvieran la capacidad de influenciar a la autoridad nominadora, no la ejercieran. Es obvio que el artículo de la ley exige algún tipo de participación en el nombramiento o ejercicio de influencia por parte de dicho funcionario o empleado en el proceso de nombrar, promover, ascender y contratar al familiar. De lo contrario podría penalizarse a un funcionario porque no solicitó una dispensa antes de la contratación de un familiar, aunque el funcionario ni siquiera supiera que la autoridad nominadora iba a contratar a un pariente y, por lo tanto, no se hubiera enterado de la contratación antes de que esta se hiciera. No podemos refrendar ese absurdo. En la medida en que la Oficina de Ética Gubernamental imponga una sanción a un funcionario que tenga el poder de influenciar a la autoridad nominadora, sin que haya evidencia de que ejerció esa influencia, la actuación de la agencia no está autorizada por la ley y, por consiguiente, es ultra vires.

 El Juez Asociado señor Estrella Martínez está inhibido.

 

 


Nota: Este resumen fue preparado por Enrique Silva Avilés y su contenido no constituye una publicación oficial de la Rama Judicial, ni forma parte de la Opinión objeto del resumen, ni necesariamente refleja en su totalidad todos los temas abordados en la Opinión, que es la fuente normativa de Derecho. El autor, que se reserva todos sus derechos, prepara este resumen en su carácter personal, como un servicio voluntario a la comunidad.

 

Advertencia: La colaboración de estos resúmenes y opiniones son expresamente del autor de los mismos y se publican para el beneficio de nuestros visitantes y como un servicio voluntario a la comunidad. LexJuris de Puerto Rico no se responsabiliza por el contenido de las mismas.

  

 

Presione Aquí para regresar al Menú anterior y seleccionar otro caso.

Ver índice por años hasta el presente.

Búsquedas Avanzadas desde el 1934 al presente y todas las leyes. (Solo socios)


ADVERTENCIA

Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad.

LexJuris de Puerto Rico siempre está bajo construcción.


|Home| Abogados | Aspirantes | Profesionales| Profesiones | Leyes y Jurisprudencia | Información | Agencias | Pueblos | Biografías | Historia | Servicios | Publicidad | Compras | Noticias | Entretenimiento |Publicaciones CD| Revista Jurídica | LexJuris.net |


La información, las imágenes, gráficas u otro contenido en todos los documentos preparados por LexJuris son propiedad de LexJuris. Otros documentos disponibles en nuestras conexiones son propiedad de sus respectivos dueños. Derechos Reservados. Copyright (c) 1996-2013 LexJuris de Puerto Rico.