2016 Jurisprudencia del Tribunal Supremo de P. R. del año 2016


 2016 DTS 229 IN RE JUAN MALDONADO TORRES, 2016 TSPR 229

Mediante Opinión per curiam el Tribunal Supremo censuró enérgicamente al querellado porque éste quebrantó los Cánones 18 y 19 del Código de Ética Profesional.

Esto en la medida que el querellado infringió su deber de diligencia al no defender los intereses de su cliente de una forma adecuada y responsable. Específicamente, este no subsanó unos defectos señalados mediante órdenes emitidas por el Tribunal de Primera Instancia en un caso civil que manejaba. Tampoco realizó trámite alguno para solicitar reconsideración o revisión de la sentencia.

De igual forma, éste no mantuvo informada a su cliente sobre el trámite de la acción civil. El letrado falló al dejar de notificar a la quejosa sobre la desestimación de la demanda e informar sobre las incidencias del caso, así como las gestiones profesionales que llevó a cabo como su representante legal.

 

 

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