Jurisprudencia del Tribunal Supremo de P. R. del año 2008


  2008 DTS 148 IN RE: NAZARIO DIAZ 2008TSPR148

 

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

 

In re: Carlos J. Nazario Díaz

 

2008 TSPR 148

175 DPR ____

Número del Caso: CP-2006-20                          

 

Fecha: 29 agosto 2008

 

Abogado de la Parte Querellada:         Lcdo. Guillermo Figueroa Prieto

                                                         

                                                         

Materia: Conducta Profesional, Se deja sin efecto la suspensión del ejercicio de la abogacía y reducimos el término de suspensión de la notaría de seis meses a tres meses en Reconsideración.

        

ADVERTENCIA

Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad.

 

 

RESOLUCIÓN

San Juan, Puerto Rico, a 29 de agosto de 2008.

Examinada la solicitud de reconsideración presentada por Sr. Carlos J. Nazario Díaz, reconsideramos la Opinión Per Curiam y Sentencia del 30 de junio de 2008. En vista de las circunstancias atenuantes del presente caso, incluyendo las gestiones hechas por Nazario Díaz para subsanar las faltas cometidas, y su historial profesional al momento de otorgar la escritura que origina la querella presentada, dejamos sin efecto la suspensión del ejercicio de la abogacía y reducimos el término de suspensión de la notaría de seis meses a tres meses.

 

Notifíquese por fax.

 

Publíquese.

 

Lo acordó el Tribunal y certifica la Secretaria del Tribunal Supremo.

 

Aida Ileana Oquendo Graulau

Secretaria del Tribunal Supremo

 

 

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