Ley Núm. 247 del año 2000


(P. del S. 2140), Ley 247, 2000

Para ordenar coordinar la planificación, diseño e implantación de un curso que tenga el objetivo de brindarle a todo el estudiantado del país

LEY NUM. 247 DEL 30 DE AGOSTO DE 2000

Para ordenar al Secretario del Departamento de Educación de Puerto Rico y al Director  de la Agencia Estatal para el Manejo de Emergencias y Administración de Desastres de Puerto Rico el coordinar la planificación, diseño e implantación de un curso que tenga el objetivo de brindarle a todo el estudiantado del país, tanto en las escuelas públicas como privadas, una orientación y adiestramiento sobre los pasos a seguir antes, de ser previsible, durante y después de ocurrir un desastre natural o una emergencia causada por razones humanas. Dicho curso se llevará a cabo una vez a la semana, por espacio de una hora, durante el semestre escolar comprendido entre los meses de enero a mayo de cada año.

EXPOSICION DE MOTIVOS

La Isla de Puerto Rico es vulnerable a una gran diversidad de fenómenos naturales debido a su localización geográfica en la zona tropical y al estar ubicada en una zona sísmicamente activa. Fenómenos naturales como vaguadas, depresiones, ondas, tormentas o huracanes pueden ser identificados y observados, lo cual ayuda a  la ciudadanía a prepararse y mitigar daños. Otros fenómenos, como los terremotos, no avisan y si no se tienen los conocimientos básicos de qué hacer durante y después del mismo, puede representar cuantiosas pérdidas de vidas. El gran crecimiento industrial, comercial y urbano que ha experimentado nuestro país ha incrementado la exposición a las consecuencias de estos eventos naturales, como también a una serie de riesgos creados por la tecnología y las actividades de los seres humanos. Eventos como el huracán Georges, el deslizamiento en Mameyes y la explosión en Río Piedras, son muestras claras de que somos vulnerables aún cuando nos podemos preparar, e indefensos cuando nos toman por sorpresa.

Es función principal de todo gobierno proteger la vida y propiedad de sus ciudadanos. Para poder mitigar el daño de los fenómenos naturales, como también los de la mano del hombre, es necesario tener conocimientos básicos de qué hacer en caso de ocurrir una emergencia. Actualmente, en Puerto Rico existe una dependencia gubernamental responsable de coordinar todas las actividades del sector gubernamental y el sector privado en cuanto a la preparación, mitigación, respuesta y recuperación cuando ocurre un desastre por causas naturales o causas humanas. Son muchos los sectores de la sociedad que deben tener guías o conocimientos básicos para enfrentar cualquier emergencia que ocurra. Los centros de trabajo y de estudio son los más que albergan personas durante todo el día y donde muchas de éstas pasan la mayor parte del tiempo. 

La escuela es el vehículo fundamental de integración de la comunidad en general, donde su propósito primario es el bienestar y preparación de la futura generación. Es un hecho irrefutable que los estudiantes pasan la mayor parte del tiempo en la escuela. Partiendo de la premisa que el estudiante es el centro de la gestión educativa y los demás componentes de la escuela son facilitadores, el Departamento de Educación es el primero en ser llamado en asegurarse que sus estudiantes podrán en proporción a sus capacidades, enfrentar efectivamente una situación de emergencia. Debido a lo anterior, se hace necesario e imprescindible que todos los estudiantes, dentro de sus capacidades, entiendan y sepan qué hacer si por algún motivo tienen que enfrentar una emergencia. No cabe la menor duda que sembrando estos conocimientos y destrezas en una edad temprana, se fomentará una sociedad futura mucho más consciente y preparada que podrá afrontar situaciones de emergencia.

La Asamblea Legislativa, consciente de la importancia que tiene el conocimiento por parte de la ciudadanía, en especial nuestros niños, sobre los pasos a seguir en caso de ocurrir una emergencia, ya sea natural o por causas humanas, entiende necesario que se ordene al Secretario del Departamento de Educación y al Director de  la Agencia Estatal para el manejo de Emergencias y Administración de Desastres en Puerto Rico la preparación y presentación , como parte del currículo académico escolar, de un curso de orientación y adiestramiento a todos los estudiantes de Puerto Rico sobre los pasos a seguir antes, de ser previsible, durante y después de ocurrir un desastre natural o una emergencia causada por razones humanas. La misma se llevará a cabo una vez a la semana, por espacio de una hora, dentro de los meses de enero a mayo de cada año.

DECRETASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

 

Artículo 1.- Se ordena al Secretario del Departamento de Educación de Puerto Rico y al Director de la Agencia Estatal para el Manejo de Emergencias y Administración de Desastres de Puerto Rico el coordinar la planificación, diseño e implantación  de un curso que tenga el objetivo de brindarle a todo el estudiantado del país, tanto en las escuelas públicas como privadas, una orientación y adiestramiento sobre los pasos a seguir antes, de ser previsible, durante y después de ocurrir un desastre natural o una emergencia causada por razones humanas. Dicho curso se llevará a cabo una vez a la semana, por espacio de una hora, durante el semestre escolar comprendido entre los meses de enero a mayo de cada año.

 

Artículo 2.- Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.

 

 

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