Ley Núm. 281 del año 2006


(P. de la C. 2708), 2006, ley 281

 

Para denominar el Centro de Salud de Aguas Buenas como Doña Emelina Galloza Pérez.

LEY NUM. 281 DE 22 DE DICIEMBRE DE 2006

           

Para denominar las facilidades médico-hospitalarias conocidas como el Centro de Salud ubicadas en la Calle Muñoz Rivera del Municipio de Aguas Buenas con el nombre de la distinguida dama “Doña Emelina Galloza Pérez”, en reconocimiento a su destacada labor  cívica, social y en el campo de la salud;  así como sus encomiables ejecutorias dirigidas a mejorar la calidad de vida de los puertorriqueños, particularmente de su comunidad.

 

EXPOSICION DE MOTIVOS

 

            Cada comunidad recuerda y honra con cariño y orgullo a sus más ilustres hijos.  Una manera de rendir homenaje a personas distinguidas y perpetuar su memoria es designar con sus nombres las obras públicas.

 

            Doña Emelina Galloza Pérez, quien hace setenta y siete (77) años nació en el pueblo de la  gente clara, es una leyenda viva que mantiene con brillantez el sentido de “vivir para los demás” y quien ostenta un honroso historial como ciudadana comprometida con su comunidad, es una digna representante de la mujer puertorriqueña. Es doña Emelina una mujer dedicada, dinámica, ejemplo de superación y esfuerzo en nuestra sociedad.  Su entusiasmo, esmero y capacidad creadora constituyen factores determinantes e indispensables en el logro de nuestras máximas aspiraciones para hacer llegar a sus conciudadanos los frutos del bienestar cívico, social, físico y espiritual. 

 

            Como miembro de varias organizaciones cívicas, sociales y profesionales realizó una labor extraordinaria en todas sus facetas que la hicieron merecedora de varios galardones, reconocimientos y lauros.

 

            Doña Emelina Galloza Pérez hizo una contribución significativa al establecimiento de programas y organizaciones efectivas y adecuadas; igualmente, al desarrollo de proyectos en su comunidad. Sus logros transmiten un mensaje vital a la sociedad puertorriqueña, especialmente en el Municipio de Aguas Buenas, en defensa de los menos afortunados y de la dignidad humana.

 

            La sensibilidad de esta mujer de cualidades extraordinarias la hicieron acreedora del cariño, respeto y admiración de todos los que han tenido el placer y el honor de conocerla y compartir con ella sus luchas y desvelos en pro del bienestar de sus vecinos y conciudadanos.

 

            Lo cierto es que para doña Emelina Galloza Pérez, servir a su prójimo es una extensión de sí misma, parte de su vida.  Como testimonio perpetuo de la deferencia y afección que siente su lar ante su nobleza, honradez y humildad como ser humano, la Asamblea Legislativa del Estado Libre Asociado de Puerto Rico procede designar las facilidades médico-hospitalarias conocidas como el Centro de Salud ubicadas en la Calle Muñoz Rivera del Municipio de Aguas Buenas, con el nombre de “Doña Emelina Galloza Pérez” en reconocimiento a esta ciudadana, quien a través de sus magníficas ejecutorias y vida ejemplar ha dado lustre a su pueblo y a su gente.

 

DECRETASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

 

            Artículo 1.-Se denominan las facilidades médico-hospitalarias conocidas como el Centro de Salud ubicadas en la Calle Muñoz Rivera  del Municipio de Aguas Buenas con el nombre de la distinguida dama “Doña Emelina Galloza Pérez”, en reconocimiento a su destacada labor  cívica, social y en el campo de la salud;  así como sus encomiables ejecutorias dirigidas a mejorar la calidad de vida de los puertorriqueños, particularmente de su comunidad.

 

            Artículo 2.-La Comisión Denominadora de Estructuras y Vías Públicas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico tomará las medidas necesarias para dar cumplimiento a las disposiciones de esta Ley, sin sujeción a lo dispuesto en la Ley Núm. 99 de 22 de junio de 1961, según enmendada.

 

            Artículo 3.-Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.

 

 

Notas Importantes:

1.  Esta ley es copia de la ley original cuando fue aprobada, no incluye enmiendas posteriores.

2.  Presione Aquí  para buscar enmiendas posteriores de tener alguna. Debe buscar desde la fecha de esta ley al presente.

3. Presione Aquí para ver la Ley Completa, con sus enmiendas integradas y Actualizada (Socios Solamente)

 

 

Presione Aquí para regresar al Menú anterior y seleccionar otra ley.

Ver índice por años hasta el presente

Búsquedas Avanzadas de todas las Leyes Actualizadas y Jurisprudencia (solo socios)


ADVERTENCIA

Este documento constituye un documento de las leyes del Estado Libre Asociado de P.R. que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las leyes de Puerto Rico. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad. Siempre busque leyes posteriores para posibles enmiendas a esta ley.

Visite nuestro Club de LexJuris de Puerto Rico.

LexJuris de Puerto Rico siempre está bajo construcción.


| Home| Leyes y Jurisprudencia | Información | Agencias | Profesionales | Biografías | Historia | Pueblos de Puerto Rico| Servicios |Publicidad | Directorios | Compras | Eventos | Noticias | Entretenimiento |Publicaciones CD| Ordenanzas | Revista Jurídica de LexJuris de Puerto Rico |

 

 

 

 

© 1996-2006 LexJuris de Puerto Rico - Derechos Reservados