Ley Núm. 90 del año 1998 Designar nombre a tramo de Carretera Miguel Hernández Rodríguez


 (P. del S. 1062), Ley 90, 1998

LEY NUM. 90 DEL 20 DE JUNIO DE 1998

 

Para ordenar a la Comisión Denominadora de Estructuras y Vías Públicas del Instituto de Cultura Puertorriqueña que designe el tramo de la Carretera PR 1, desde el Km. 26.2 - de Caguas a Río Piedras - hasta el Km. 48.3 - intersección de los municipios de Caguas, Cidra y Cayey, con el nombre de Miguel Hernández Rodríguez.

EXPOSICION DE MOTIVOS

            Don Miguel Hernández Rodríguez sirvió como Alcalde del Municipio de Caguas durante los términos de 1969-1972 y 1977-1980. Durante su fructífera carrera en el servicio público se desempeñó además como Asambleísta y Presidente de la Asamblea Municipal.

            La labor realizada durante su incumbencia en la poltrona municipal le ganó el nombre de "Creador del Caguas Moderno", ya que su gestión estuvo plasmada de grandes proyectos que convirtieron a Caguas en una ciudad.

            Este insigne puertorriqueño dedicó largos años de su vida al servicio público, especialmente a su Caguas querido. En ánimo de que su recuerdo perdure a través del tiempo, como ejemplo de servicio, honestidad y solidaridad con el menos afortunado, esta Asamblea Legislativa entiende meritotio y justo designar el tramo de la Carretera Estatal PR 1, desde el Km. 26.2 hasta el Km. 48.3, con su nombre.

Decrétase por la Asamblea Legislativa de Puerto Rico:

            Artículo 1.- Se ordena a la Comisión Denominadora de Estructuras y Vías Públicas del Instituto de Cultura Puertorriqueña que designe el tramo de la Carretera PR 1, desde el Km. 26.2 - de Caguas a Río Piedras - hasta el Km. 48.3 - intersección de los municipios de Caguas, Cidra y Cayey, con el nombre de Miguel Hernández Rodríguez.

            Artículo 2.- La Comisión Denominadora de Estructuras y Vías Públicas del Instituto de Cultura Puertorriqueña, tomará las medidas necesarias para dar cumplimiento a las disposiciones de esta Ley.

            Artículo 3.- Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.


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