Ley Núm. 122 del año 2002


(P. del S. 1295), 2002, ley 122

Para enmendar y adicionar a la Ley Núm. 223 de 2000: Programa de Telenovelas, Miniseries y Unitarios.

LEY NUM. 122 DE 8 DE AGOSTO DE 2002

 

Para enmendar el Título; adicionar un nuevo Artículo 1; enmendar y renumerar el Artículo 1 como Artículo 2; y renumerar los Artículos 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8 como Artículos 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9, respectivamente, de la Ley Núm. 223 del 29 de agosto de 2000, que crea el Programa de Producción de Telenovelas, Miniseries o Unitarios, en la Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública, a los fines de titularla “Ley del Fondo Lucy Boscana de Telenovelas, Miniseries y Unitarios” .

 

EXPOSICION DE MOTIVOS

      La vida de Lucy Boscana es la expresión más apasionada de lo que fue su gran vocación, el teatro.  Su personalidad única, como artista del escenario; fina, expresiva, dramática, quedó plasmada permanentemente en nuestro quehacer teatral.  Su amor y entrega al arte, al teatro y  a la clase artística, refleja la belleza que destiló su vida.  Es por ello que la clase artística y todo Puerto Rico la ha llamado, “La Primera Dama del Teatro Puertorriqueño”.

Hija de la ciudad de Mayagüez, desde temprana edad mostró pasión por las artes. Se destacó como pianista, compositora y especialmente como actriz, manifestando su arte en las veladas escolares.  Estudió idiomas y teatro en el Oberlin College en Ohio de  Estados Unidos, donde se graduó con altos honores.  Al retornar a su Patria se entregó a la actuación donde logró triunfos resonantes en numerosas novelas radiales y televisivas que llegaron a Latinoamérica, Centroamérica, Estado Unidos y numerosos países europeos.  Sus actuaciones interpretando los más importantes personajes femeninos de las obras de nuestros más reconocidos dramaturgos, entre ellos, René Marqués y Francisco Arriví, son memorables.  Por su interpretación del dramático personaje de  Doña Gabriela en la obra La Carreta de René Marqués, obtuvo un triunfo resonante en Puerto Rico y en Off Broadway en Nueva York. Su genio teatral la llevó a hacer teatro en Buenos Aires, Argentina, Estados Unidos y a otros países de América Latina. Interpretó, además, importantes personajes en la cinematografía puertorriqueña y del extranjero.

El amor por el teatro, por sus hermanos actores y por su pueblo la llevó a luchar por la creación de organizaciones de teatro que ofrecieran taller a nuestros actores y que a su vez, llevaran ese gran arte a  todos los contornos del país.  Ese gran amor, fue la fuerza que la trajo a esta Asamblea Legislativa a gestionar la creación de un programa teatral  en la  Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública.  Quiso desde el mismo, fomentar la creación teatral, que sirviera de taller para los artistas y actores de teatro y que fomentara la afición por el mismo en todo el país.  Así nació el Programa de Producción de Telenovelas, Miniseries o Unitarios en la Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública, que originalmente se nutría con asignaciones especiales que se concedían discrecionalmente mediante Resoluciones Conjuntas en los años de 1996 al 1999 y que luego fue establecido con carácter permanente por la Ley 223 de 29 de agosto de 2000.

Para reconocer las grandes aportaciones de Lucy Boscana a la cultura puertorriqueña y en especial al arte teatral, así como su importante lucha por la aprobación de esta Ley, esta  Asamblea Legislativa denomina el programa dramático contenido en ella, como Fondo “Lucy Boscana”  de Producción de Telenovelas, Miniseries y Unitarios de la Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública. 

DECRETASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

Sección 1.-  Se enmienda el título de la Ley Núm. 223 del 29 de agosto de 2000, para que se lea como sigue:

“Para crear el Fondo´Lucy Boscana´ de Producción de Telenovelas, Miniseries y Unitarios en la Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública; establecer una asignación especial recurrente de un millón (1,000,000) de dólares anuales, de fondos no comprometidos del Tesoro Estatal, para ser asignados a la Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública, con el fin de sufragar los gastos relacionados a la producción y programación de telenovelas o miniseries para la televisión con temática puertorriqueña; disponer las obligaciones de dicha Corporación para la continuidad y permanencia del programa; requerir informes anuales sobre la labor realizada; y para autorizar  el pareo de los fondos asignados”.

      Sección 2- Se adiciona un nuevo Artículo 1 a la Ley Núm. 223 del 29 de agosto de 2000, para que se lea:

            “Artículo 1.-  Esta Ley se conocerá como “Ley del Fondo ‘Lucy Boscana’ de Producción de Telenovelas, Miniseries y Unitarios de la Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública.”

      Sección 3.  Se enmienda y renumera el Artículo 1 como Artículo 2 de la Ley Núm. 223 del 29 de agosto de 2000, para que se lea:

            “Artículo 2.-  Se crea el  Fondo ´Lucy Boscana’ de Producción de Telenovelas, Miniseries  y Unitarios en la Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública, con el propósito único y exclusivo de promover, planificar y coordinar la producción de programas, telenovelas, miniseries o unitarios televisivos con la participación de artistas locales.”

      Sección 4.- Se renumeran los Artículos 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8 como Artículos 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9, respectivamente, de la Ley 223 del 29 de agosto de 2000.

Sección 5.- Esta Ley entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.

 

 

Nota Importante: Esta ley es copia de la ley original cuando fue aprobada, no incluye enmiendas posteriores a esta.

 

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ADVERTENCIA

Este documento constituye un documento de las leyes del Estado Libre Asociado de P.R. que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las leyes de Puerto Rico. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad. Siempre busque leyes posteriores para posibles enmiendas a esta ley.

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