Ordenanza Municipal Núm. 7 Serie 1998-99 de Lajas


ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

GOBIERNO MUNICIPAL DE LAJAS

ASAMBLEA MUNICIPAL

Apartado 910

Lajas, Puerto Rico 00667

 

ORDENANZA NUMERO 7

 

Presentada por el Hon. Robinson Rodríguez y Hon. Waldo D. Ortiz

 

SERIE. 1998 ‑ 1999

 

PARA ENMENDAR LA ORDENANZA NUMERO 27, SERIE: 1996‑97 QUE DISPONE: «PARA REGLAMENTAR LA DIRECCION DEL TRANSITO Y EL ESTACIONAMIENTO DE TODA CLASE DE VEHÍCULOS RODANTES MOTORIZADOS 0 NO POR LAS CALLES Y VAS PUBLICAS DEL MUNICIPIO DE LAJAS, PARA ESTABLECER SANCIONES PENALES POR INFRACCIONES A LA MISMA». ENTRE OTRAS; DEROGAR LA ORDENANZA NUMERO 10, SERIE: 1997‑98 Y PARA OTROS FINES.

 

POR CUANTO : El pasado 6 de mayo de 1997 la Asamblea Municipal de Lajas aprobó la Ordenanza Número 27, Serie: 1996‑97 que regula y reglamenta la dirección del tránsito en la municipalidad de Lajas.

 

POR CUANTO : Luego de la aprobación de dicha Ordenanza se han prestado varios casos que requieren atención inmediata para atender las necesidades planteadas en referencia a aspectos no cubiertos en la Ordenanza de referencia.

 

POR CUANTO : Todos los asuntos planteados habían sido discutidos en el estudio de la Ordenanza Número 27, Serie: 1996‑97, pero los mismos fueron dejados fuera del texto finalmente aprobado por la Asamblea, sin que esto representara el que los mismos hubiesen sido descartados.

 

POR CUANTO: Se hace necesario que el Gobierno Municipal de Lajas, atienda estas situaciones que han sido planteadas por ciudadanos particulares a través de los asambleístas.

 

POR TANTO: ORDENESE POR LA HONORABLE ASAMBLEA MUNICIPAL DE LAJAS, PUERTO RICO:

 

SECCION 1RA: Enmendar la Ordenanza Número 27, Serie: 1996‑97 en las siguientes partes:

 

1. Añadir en el Título III un Artículo Número XIV que lea:

 

Se prohíbe a toda persona natural o jurídica pintar de amarillo el encintado en las calles del Municipio de Lajas sin previa autorización en ley por ordenanza municipal cualquier violación a esta disposición llevará una multa de $50.00.

 

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CONTINUACION .................. . ........

ORDENANZA NUM. 7, SERIE: 1998‑99

PAGINA 2

 

2. Enmendar el Título IV, Artículo I, Sección A: Calle 65 Infantería y añadir un inciso #5 que lea:

 

Se crea un área de Zona de Carga y Descarga en la Calle 65 Inf. esquina Concordia frente a lo que era la Farmacia Figueroa. También se crea una zona de carga Y descarga doble frente a la Funeraria Pérez esquina Juan P. Avilés.

 

3. Enmendar en el Título IV Artículo I en la Sección B: Calle Unión el #2 para que lea:

 

Se prohíbe el estacionamiento entre la Calle 65 Inf. y la Calle San Blas en ambos lados.

 

A. Se crean dos zonas de Carga y Descarga: uno entre la Calle 65 In y la San Blas y otro entre la Calle San Blas y la Calle Salvador Ramírez, Jr. frente a Mueblería Martínez.

 

4. Se crea una Zona de "No Estacione" frente al Centro de Manejo de Emergencias.

 

5. Enmendar el Título IV, Artículo I, Sección D: Calle Candelaria:

 

Se elimina el inciso #2 y se mantiene el estacionamiento para impedidos entre la Calle losé M. Toro Basora y la Calle Juan C. Ortiz.

 

6. Eliminar en el Título IV, Artículo I, Sección K: Calle Juan P. Avilés el número 5 que indica:

 

Se provee un estacionamiento de impedidos en la Calle Juan P. Avilés, cerca de la intersección con la Calle Salvador Ramirez.

 

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CONTINUACION

ORDENANZA NUM. 7, SERIE: 1998‑99

PAGINA 3

 

7. Enmendar el Título IV, Artículo I, Sección N. Calle Victoria:

 

Se elimina el inciso 7.

 

8. Enmendar el Título IV, Artículo 1, Sección O: Calle San Blas para que lea:

 

I-C. Se establece zona de «NO ESTACIONE» al lado Oeste desde Intersección Carr 3101 Sector La Haya hasta la Calle Unión.

 

9. Enmendar el Título IV y añadir un Artículo Il que lea:

 

Artículo II: Estacionamiento Municipal al costado de la Casa Alcaldía

 

A. Se dispone que se rotulará y aislará, con brazo mecánico y verja, el área al fondo del Estacionamiento Municipal para ser dedicado única y exclusivamente para los empleados municipales y asambleístas municipales en gestiones oficiales. El número de estacionamientos a ser aislados serán determinados por la Administración Municipal tomando en consideración el número normal de vehículos de empleados que necesitan espacio de estacionamiento. No se permifirá la rotulación de estacionamientos para ningún funcionario o empleado particular, disponiéndose que los mismos serán usados según su disponibilidad.

 

B. Se identificarán los vehículos autorizados a estacionarse en el área exclusiva de empleados municipales y funcionarios, de forma que permita acceso al área designada. No se permitirá el estacionamiento de estos vehículos en las otras áreas del estacionamiento municipal.

 

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ORDENANZA NUM. 7, SERIE: 1998‑99

PAGINA 4

 

C. Se dispone que todo el restante del estacionamiento municipal estará disponible para ser usado por el público en general que asiste al comercio local y demás oficinas e instituciones en el área urbana del Municipio de Lajas.

 

10. Enmendar el Título V, Artículo A, añadir un número 7 que lea:

 

El tramo entre el Negocio Mar y Tierra y la entrada al callejón que da acceso al Hotel Casa Blanca se convertirá en paseo peatonal en ciertos horarios especiales. Durante los siguientes horarios se prohíbe el tránsito de vehículos motorizados y animales de arrastre o monta por el área antes mencionada. Esto incluye a la unidad montada de la Policía quienes tendrán acceso al área en caso de emergencias.

 

Viernes 6:00 p.m. a Sábado 1:00 a.m. Sábado 6:00 p.m. a Domingo 1:00 a.m. Domingo (cuando el lunes siguiente sea feriado) 4:00 p.m. a lunes 1:00 a.m. Días Feriados 6:00 p.m. a 12:00 p.m.

 

Se autoriza al Alcalde y al Comandante de la Policía de Lajas a implantar un horario diferente al aquí establecido siempre que las condiciones así lo ameriten por periodos menores de siete (7) días consecutivos.

 

Se ordena al Municipio a establecer un sistema de cadenas y/o vallas que sean de fácil operación por parte de las autoridades pertinentes.

 

11. Enmendar el Título V y añadir una Sección D que lea:

 

D. AVENIDA DR. PEDRO ALBIZU CAMPOS

 

Se prohíbe el estacionamiento en ambos lados de la avenida desde las 10:00 p.m. hasta las 7:00 a.m.

 

SECCION 2DA: Por la presente se deroga la Ordenanza Número 10, Serie: 1997‑98.

 

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ORDENANZA NUM. 7, SERIE: 1998‑99

PAGINA 5

 

SECCION 3RA: Esta Ordenanza entrará en vigor 10 días después de su publicación, según lo dispone el artículo 5.007 de la Ley de Municipios Autónomos de Puerto Rico.

 

SECCION 4TA: Que copia de esta Ordenanza sea entregada a las agencias estatales y municipales que corresponda.

 

Dada en Lajas, Puerto Rico, a los 1 días del mes de octubre de 1998, presentada en la Continuación de la Sesión Ordinaria y aprobada con los votos afirmativos de 12 Asambleístas.

 

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AIDA I. VARGAS HERNANDEZ                                MARIBEL MORALES ORTIZ  

VICE-PRESIDENTE                                                  SECRETARIA

ASAMBLEA MUNICIPAL                                           ASAMBLEA MUNICIPAL 

 

Aprobada por el Alcalde el día 5 de octubre de 1998.

 

----------------------------------------------------

                                 HON. MARCOS A. IRIZARRY PAGAN

                                                      ALCALDE

 

 

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ORDENANZA NUMERO 30

Presentada por el Hon. Lucas N. Avilés

SERIE: 1998 ‑ 1999

 

DE LA HONORABLE ASAMBLEA MUNICIPAL DE LAJAS, PUERTO RICO, PARA ENMENDAR LA ORDENANZA NUMERO 27, SERIE: 1996‑97 A LOS FINES DEESTABLECER UN SUB‑TERMINAL DE CARROS PUBLICOS EN EL CENTRO COMERCIAL MUNICIPAL DE LAJAS, PUERTO RICO.

 

POR CUANTO: La Ordenanza Número 27, Serie: 1996~97 establece el ordenamiento de tránsito en el Municipio de Lajas. Igualmente se establece un terminal de carros públicos en la Calle Juan Cancio Ortiz de Urbana de Lajas.

 

POR CUANTO: El Municipio de Lajas construyó un terminal de carros Públicos en la zona urbana de Lajas que en su momento respondía a la realidad comercial del Municipio.

 

POR CUANTO: El crecimiento de la zona urbana en la Municipalidad de Lajas hace necesario e! establecimiento de sub‑terminales para carros públicos en áreas de importancia, donde el flujo de pasajeros lo ameriten.

 

POR CUANTO: El flujo de ciudadanos en el Centro Comercial Municipal de Lajas amerita que se establezcan mecanismos para que se recojan y dejen pasajeros en dichas facilidades.

 

POR TANTO: ORDENESE POR LA HONORABLE ASAMBLEA MUNICIPAL DE LAJAS, PUERTO RICO:

 

SECCION 1RA: Enmendar la Ordenanza Número 27, Serie: 1996 ‑ 97 en el Título III, Artículo I, que establece un terminal de carros públicos en la zona urbana de Lajas.

 

Para crear un sub‑terminal de carros públicos en el Centro Comercial Municipal:

 

A. Se establecerá mediante rotulación al efecto, que seis (6) espacios de estacionamiento en la calle de acceso al Centro Comercial entre el edificio principal y la tarima del estacionamiento, se destinen como sub‑terminal de carros públicos.

 

B. Se prohíbe el estacionamiento de vehículos no autorizados como porteadores públicos en la zona antes mencionada.

 

C. Se establece que, para poder utilizar dicho subterminal, los porteadores públicos deberán rotar entre el terminal de carros públicos en la Calle Juan Cancio

 

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CONTINUACION ............................ ORDENANZA NUMERO 30, SERIE: 1998‑99 PAGINA NUMERO 2

 

Ortiz y el sub‑terminal del Centro Comercial. Se prohíbe la utilización de este sub‑terminal a los vehículos públicos que no utilicen el terminal de la Calle Juan C. Ortiz.

 

D. Se asignará por lo menos un espacio por rutas fijas a los sectores o barrios de Lajas. Los porteadores públicos de cada ruta coordinarán entre ellos los turnos y uso del sub‑terminal del Centro Comercial Municipal.

 

SECCION 2DA: Esta Ordenanza por ser de carácter urgente y necesaria comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación por el Honorable Alcalde.

 

SECCION 3RA: Que copia de esta Ordenanza sea enviada a todas las Agencias Estatales y Municipales que corresponda.

 

Dada en Lajas, Puerto Rico a los 11 días del mes de mayo de 1999, presentada en Continuación Sesión Ordinaria y aprobada con los rotos afirmativos de 9 Asambleístas­.

 

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AIDA I. VARGAS HERNANDEZ                                MARIBEL MORALES ORTIZ 

PRESIDENTE INTERINA                                          SECRETARIA

ASAMBLEA MUNICIPAL                                           ASAMBLEA MUNICIPAL

 

 

Aprobada por el Hon. Alcalde el día 19 de mayo de 1999.

 

 

--------------------------------------------------------

                                                         HON. MARCOS A. IRIZARRY PAGAN

                                                                                   ALCALDE

 

 

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CERTIFICACION

 

Yo, Maribel Morales Ortiz, Secretaria de la Honorable Asamblea Municipal de Lajas, Puerto Rico, por la presente CERTIFICO:

 

Que la que antecede es copia fiel y exacta de la Ordenanza Número 30, Serie: 1998‑99, presentada en Continuación de Sesión Ordinaria y aprobada por esta Honorable Asamblea Municipal el día martes, 11 de mayo de 1999 y por el Hon. Alcalde el día 19 de mayo de 1999.

 

Se certifica además, que dicha Ordenanza fue aprobada con los votos afirmativos de 9 asambleístas. A saber son:

 

Hon. Aida I. Vargas Hernández

Hon. Sergio Báez Flores

Hon. Rosa E. Collado Avilés

Hon. Robinson Rodríguez Medina

Hon. Hilda Jusino Rivera

Hon. Waldo D. Ortiz Ramírez

Hon. Ramonita Valle Ramos

Hon. Edwin R. Blanco Rivera

Hon . Ramón A. RodrígueZ

Hon. Gilberto Ramírez Cruz

Hon. Elizabeth Padovani Martínez

 

En contra: 0

Abstenido: 1 (Hon. Hirám López Irizarry)

Excusado: 2 (Hon. Lucas N. Avilés Rodríguez)

 

Y, para que así conste, firmo y expido la presente, bajo el SELLO OFICIAL de este Municipio, hoy martes, 18 de mayo de 1999.

 

                                                                ----------------------------------------------

                                                                MARIBEL MORALES ORTIZ

                                                                Secretaria

                                                                 Asamblea Municipal            

 

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Lajas, Puerto Rico 00667

Tel. 899‑1450 / 1899‑1550 o Fax 899‑4760

 

 

CONTINUACION……………………….

ORDENANZA NUMERO 30, SERIE: 1998-99

PAGINA NUMERO 2                       

 

Ortiz y el sub-terminal del Centro Comercial. Se prohíbe la utilización del este sub-terminal a los vehículos públicos que no utilicen el terminal de la Calle Juan C. Ortiz.

 

D. Se asignará por lo menos un espacio por rutas fijas a los sectores o barrios de Lajas. Los porteadores públicos de cada ruta coordinarán entre ellos los turnos y el uso del sub-terminal del Centro Comercial Municipal.

 

SECCION 2DA: Esta ordenanza por ser de carácter urgente y necesaria comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación por el Honorable Alcalde.

 

SECCION 3RA: Que copia de esta Ordenanza sea enviada a todas las Agencias Estatales y Municipales que corresponda.

 

Dada en Lajas, Puerto Rico a los 11 días del mes de mayo de 1999, presentada en Continuación Sesión Ordinaria y aprobada con los votos afirmativos de 9 Asambleístas.

 

 

-----------------------------------------                                               --------------------------------------------

AIDA I. VARGAS HERNANDEZ                         MARIBEL MORALES ORTIZ

PRESIDENTE INTERINA                                   SECRETARIA

ASAMBLEA MUNICIPAL                                     ASAMBLEA MUNICIPAL

 

 

Aprobada por el Hon. Alcalde el día 19 de mayo de 1999.

 

 

----------------------------------------------------

                                 HON. MARCOS A. IRIZARRY PAGAN

                                          ALCALDE

 

 

ORDENANZA NUMERO 30

 

Presentada por el Hon. Lucas N. Avilés

 

SERIE: 1998 ‑ 1999

 

DE LA HONORABLE ASAMBLEA MUNICIPAL DE LAJAS, PUERTO RICO, PARA ENMENDAR LA ORDENANZA NUMERO 27, SERIE: 1996-97 A LOS FINES DE ESTABLECER UN SUB-TERMINAL DE CARROS PUBLICOS EN EL CENTRO COMERCIAL MUNICIPAL DE LAJAS, PUERTO RICO.

 

POR CUANTO: La Ordenanza Número 27, Serie 1996-97 establece el ordenamiento de tránsito en el Municipio de Lajas. Igualmente se establece un terminal de carros públicos en la calle Juan cancio Ortiz de la Zona Urbana de Lajas.

 

POR CUANTO: El Municipio de Lajas construyó un terminal de carros públicos en la zona urbana de lajas que en su momento respondía a la realidad comercial del Municipio.

 

POR CUANTO: El crecimiento de la zona urbana en la Municipalidad de Lajas hace necesario el establecimiento de sub-terminales para carros públicos en áreas de importancia, donde el flujo de pasajeros lo ameriten.

 

POR CUANTO: El flujo de ciudadanos en el Centro Comercial Municipal de Lajas amerita que se establezcan mecanismos para que se recojan y dejen pasajeros en dichas facilidades.

 

POR TANTO: ORDENESE POR LA HONORABLE ASAMBLEA MUNICIPAL DE LAJAS, PUERTO RICO.

 

SECION 1RA: Enmendar la Ordenanza Número 27 Serie 1996-97 en el Título III, Artículo I, que establece un terminal de carros públicos en la zona urbana de Lajas.

 

Para crear un sub-terminal de carros públicos en el Centro Comercial Municipal:

 

A.     Se establecerá mediante rotulación al efecto, que seis (6) espacios de estacionamiento en la calle de acceso al centro Comercial entre el edificio principal y la tarima del estacionamiento se destinen con sub-terminal de carros públicos.

 

B.     Se prohíbe el estacionamiento de vehículos no autorizados como porteadores públicos en la zona antes mencionada.

 

C.     Se establece que, para poder utilizar dicho sub-terminal, los porteadores públicos deberán rotar entre el terminal de carros públicos en la Calle Juan Cancio Ortiz y el sub-terminal del Centro Comercial. Se prohíbe la utilización de este sub-terminal a los vehículos públicos que no utilicen el terminal de la Calle Juan C. Ortiz.

 

D.     Se asignará por lo menos un espacio por rutas fijas a los sectores o barrios de Lajas. Los porteadores públicos de cada ruta coordinará entre ellos los turnos y uso del sub-terminal del Centro Comercial Municipal.

 

SECCION 2DA: Esta ordenanza por ser de carácter urgente y necesaria comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación por el Honorable Alcalde.

 

SECION 3RA: Que copia de esta Ordenanza sea enviada a todas las Agencias Estatales y Municipales que corresponda.

 

Dada en Lajas, Puerto Rico a los 11 días del mes de mayo de 1999, presentada en Continuación Sesión Ordinaria y aprobada con los votos afirmativos de 9 Asambleístas.

 

 

---------------------------------------------                                 ---------------------------------

AIDA I. VARGAS HERNANDEZ                               MARIBEL MORALES ORTIZ

PRESIDENTA INTERINA                                         SECRETARIA

ASAMBLEA MUNICIPAL                                           ASAMBLEA MUNICIPAL

 

 

Aprobada por Hon. Alcalde, el día 19 de mayo de 1999.

 

-------------------------------------------------

                                    HON. MARCOS A. IRIZARRY PAGAN

                                         ALCALDE

 

 

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

GOBIERNO MUNICIPAL DE LAJAS

ASAMBLEA MUNICIPAL

Apartado 910

Lajas, Puerto Rico 00667

 

CERTIFICACION

 

Yo, Maribel Morales Ortíz, Secretaria de la Honorable Asamblea Municipal de Lajas, Puerto Rico, por la presente CERTIFICO:

 

Que la que antecede es copia fiel y exacta de la Ordenanza Número 32, Serie:1998-99, presentada en Sesión Ordinaria y aprobada por esta Honorable Asamblea Municipal el día lunes, 3 de mayo de 1999 y por el Honorable Alcalde el día 4 de mayo de 1999.

 

Se certifica además, que dicha Ordenanza fue aprobada con los votos afirmativos dde 10 asambleístas. A saber son:

 

Hon. Aida I. Vargas Hernández

Hon. Sergio Baéz Flores

Hon. Robinson Rodríguez Medina

Hon. Hilda Jusino Rivera

Hon. Raamonita Valle Ramos

Hon. Edwin R. Blanco Rivera

Hon. Ramón Rodríguez

Hon. Gilberto Ramírez Cruz

Hon. Ellizabeth Padovani Martínez

 

En contra: 0

Abstenido: 0

Excusdo: 3 (Hon. Waldo D. Ortíz Ramírez, Hon. Lucas N. Avilés Rodríguez y Hon. Hirám López Irizarry)

 

Y, para así conste, firmo y expido la presente, bajo el SELLO OFICIAL de este Municipio, hoy martes, 4 de mayo de 1999.

 

 

                                                                                    --------------------------------------------                                                                                         MARIBEL MORALES ORTIZ

                                                                                    Secretaria

                                                                                    Asamblea Municipal

 

 

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

GOBIERNO MUNICIPAL DE LAJAS

ASAMBLEA MUNICIPAL

Apartado 910

Lajas, Puerto Rico 00667

 

DE LA HONORABLE ASAMBLEA MUNICIPAL DE LAJAS, PUERTO RICO PARA ENMENDAR LA ORDENANZA NUMERO 27,SERIE: 1996‑97 QUE DISPONE: "PARA REGLAMENTAR LA DIRECCION DEL TRANSITO Y EL ESTACIONAMIENTO DE TODA CLASE DE VEHICULOS RODANTES MOTORIZADOS O NO POR LAS CALLES Y VIAS PUBLICAS DEL MUNICIPIO DE LAJAS" CON EL FIN DE CREAR DOS ESTACIONAMIENTOS PARA EL TAXI TURISTICO EN LA  MUNICIPALIDAD DE LAJAS Y PARA OTROS FINES.

 

POR CUANTO: Al hacer un análisis de la situación actual, la Asamblea Municipal determinó que estando en función un sistema de taxi en el pueblo de Lajas, se hace necesario crear espacio para que éstos puedan operar.

 

POR CUANTO: Esta Asamblea Municipal habiendo sido informada que existe en operación un sistema de taxi turístico en la municipalidad de Lajas, se hace necesario enmendar la Ordenanza núm. 27, Serie: 1996‑1997 de Tránsito para atemperar la misma a la realidad actual.

 

POR CUANTO: La Ciudadanía Lajeña y los turistas que visitan nuestros sectores  turísticos podrán beneficiarse de esta medida.

 

POR CUANTO: Se establece el apoyar esta medida y cumplir con las necesidades de nuestro pueblo.

 

POR TANTO: ORDENESE POR LA HONORABLE ASAMBLEA MUNICIPAL DE

LAJAS, PUERTO RICO:

 

SECCION 1RA: Se establecerá las siguientes áreas como estacionamientos fijos del Taxi Turistico en nuestra Municipalidad:

 

1. Frente a la de la Línea Lajeña en el sur de la Calle Juan Cancio Ortiz, esquina de la Calle San Blas (un espacio).

 

2. Frente al Hotel Villa Parguera en el Bo. La Parguera de Lajas, al sur de la Calle antes del estacionamiento para impedidos (un espacio).

 

SECCION 2DA: Estos espacios de estacionamiento estarán activados y en efecto por un año desde su aprobación.

 

SECCION 3RA: Añadir un Inciso Número 15 en la Página 18 de la Ordenanza Número 27, Serie: 1996‑97 que lea de la siguiente manera:

 

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

GOBIERNO MUNICIPAL DE LAJAS

ASAMBLEA MUNICIPAL

Apartado 910

Lajas, Puerto Rico 00667

 

CONTINUACION.....................

ORDENANZA NUMERO 32, SERIE: 1998‑99

PAGINA 2

 

Violación por obstruir el estacionamiento designado para el taxi turístico $25.00.

 

SECCION 4TA: Cualquier persona que se estacione en el área designada para Taxis en la Municipalidad de Lajas, pagará una infracción de $25.00.

 

SECCION 5TA: Añadir un inciso Número 4 en la Página 9, Artículo G ‑ Calle Juan Cancio Ortiz para que lea de la siguiente manera:

 

Se establece un estacionamiento frente a la Oficina de la Línea Lajeña designado para el taxi turístico.

 

SECCION 6TA: Será responsabilidad del Gobierno Municipal crear la rotulación pertinente para estos lugares y pintar de anaranjado el encintado que demarca estos estacionamientos como un distintivo especial para el Taxi.

 

SECCION 7MA: Esta Ordenanza por ser de carácter urgente y necesaria comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.

 

SECCION 8VA: Que copia de esta Ordenanza sea entregada a las agencias estatales y municipales que corresponda.

 

Dada en Lajas, Puerto Rico, a los 3 días del mes de mayo de 1999, presentada en Sesión Ordinaria y aprobada con los votos afirmativos de 10 Asambleístas.

 

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AIDA VARGAS HERNANDEZ                                   MARIBEL MORALES ORTIZ

PRESIDENTE INTERINA                                          SECRETARIA

ASAMBLEA MUNICIPAL                                           ASAMBLEA MUNICIPAL

 

Aprobada por el Alcalde el día 4 de mayo de 1999.

 

-----------------------------------------------

MARCOS A. IRIZARRY PAGAN

ALCALDE

 

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

GOBIERNO MUNICIPAL DE LAJAS

ASAMBLEA MUNICIPAL

Apartado 910

Lajas, Puerto Rico 00667

 

ORDENANZA NUMERO 19

Presentada por el Hon. Ramón Rodríguez

SERIE: 1999 ‑ 2000

 

PARA ENMENDAR LA ORDENANZA NUMERO 27, SERIE: 1996‑97 QUE DISPONE: «PARA REGLAMENTAR LA DIRECCION DEL TRANSITO Y EL ESTACIONAMIENTO DE TODA CLASE DE VEHICULOS RODANTES MOTORIZADOS O NO POR LAS CALLES Y VIAS PUBLICAS DEL MUNICIPIO DE LAJAS, PARA ESTABLECER SANCIONES PENALES POR INFRACCIONES A LA MISMA », Y PARA OTROS FINES.

 

POR CUANTO: El Gobierno Municipal de Lajas, puede ejercer su poder legislativo y ejecutivo sobre todo asunto de naturaleza municipal que redunde en beneficio de la comunidad, según lo establece la Ley de Municipios Autónomos de Puerto Rico.

 

POR CUANTO: La Familia Martínez Montalvo están reclamando un rótulo "NO ESTACIONE” en la Calle Unión, Esquina San Luis #5 Interior debido a la extrema necesidad de dejar libre el camino para así poder brindarle un servicio de transportación a Jahaira Torres Martínez de 22 años, quien padece de perlesía cerebral, retardo mental y está impedida físicamente.

 

POR CUANTO: La Asamblea Municipal y su poder legislativo en el Municipio tendrá facultad y deber sobre los asuntos locales, tal y como lo otorga la Ley de Municipios Autónomos.

 

POR CUANTO: Se hace indispensable enmendar la Ordenanza Número 27, Serie: 1996­-97, para así poder atender las necesidades de nuestros compueblanos impedidos físicamente.

 

POR TANTO: ORDENESE POR LA HONORABLE ASAMBLEA MUNICIPAL DE LAJAS, PUERTO RICO:

 

SECCION 1RA: Enmendar en la Ordenanza Número 27, Serie. 1996‑97, la Sección 2da, Título IV, Artículo I‑B (Calle Unión) para añadir un número 3 que prohiba el estacionamiento en la Calle Unión, Esquina San Luis Interior. Se  establecerá un rótulo "NO ESTACIONE”.

 

SECCION 2DA: Esta Ordenanza tendrá vigencia inmediatamente y copia de la misma será enviada a las agencias estatale y municipales que corresponda.

 

Dada en Lajas, Puerto Rico, a los 24 días del mes de enero de 2000, presentada en Sesión Ordinaria y aprobada con los votos afirmativos de 11 Asambleístas.

 

 

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AIDA I. VARGAS HERNANDEZ                         MARIBEL MORALES ORTIZ

PRESIDENTE                                                     SECRETARIA

ASAMBLEA MUNICIPAL                                     ASAMBLEA MUNICIPAL

 

 

Aprobada por el Alcalde el día 14 de febrero del 2000.

 

-------------------------------------------------------

HON. MARCOS A. IRIZARRY PAGAN

ALCALDE

 

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

GOBIERNO MUNICIPAL DE LAJAS

ASAMBLEA MUNICIPAL

Apartado 9 10

Lajas, Puerto Rico 00667

 

CERTIFICACION

 

Yo, Maribel Morales Ortiz, Secretaria de la Honorable Asamblea Municipal de Lajas, Puerto Rico, por la presente CERTIFICO.

 

Que la que antecede es copia fiel y exacta de la Ordenanza Número 19, Serie. 1999‑2000, presentada en principio en la Continuación de la Sesión Ordinaria y aprobada por esta Honorable Asamblea Municipal el día lunes, 24 de enero del 2000 y por el Hón. Alcalde el día 14 de febrero del 2000.

 

Se certifica además, que dicha Ordenanza fue aprobada con los votos afirmativos de 11 asambleístas. A saber son:

 

Hon. Aida L Vargas Hernández

Hon. Elizabeth Padovani Martínez

Hon. Hirán López Irizarry

Hon. Ramón A. Rodríguez

Hon. Ramonita Valle Ramos

Hon. Gilberto Ramírez Cruz

Hon. Hilda Jusino Rivera

Hon. Rosa E. Collado A vilés

Hon. Sergio Baez Flores

Hon. Edwin R. Blanco Rivera

Hon. Waldo D. Ortíz Ramírez

 

En contra: 0

Abstenidos: 0

Excusados: 3 (Hon. Jorge Montalvo Cruz, Hon. Robinson Rodríguez Medina y  Hon. Wilson Sánchez Casiano)

 

Y, para que así conste, firmo y expido la presente, bajo el SELLO OFICIAL de este Municipio, hoy 14 de febrero del 2000.

 

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                                                                                    MARIBEL MORALES ORTIZ

                                                                                    Secretaria Asamblea Municipal

 


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