Revista Jurídica de LexJuris

Volumen 1 Primavera 2000 Núm. 1


La historia del Internet en las leyes de Puerto Rico

Cortesía de la Legislatura de Puerto Rico


            El Internet, también conocido como la “Red” es la red informática más grande del mundo.  Su historia se remonta al año 1969 cuando el Departamento de Defensa de los Estados Unidos comenzó un proyecto conocido como ARPANET.  El mismo consistía en un experimento con el propósito de unir el Departamento con todos los contratistas de investigaciones militares, incluyendo a las universidades que realizaban investigaciones militares.  Este experimento fue financiado por la “Defense Advanced Research Projects Administration” (D.A.R.P.A.).

 

            Originalmente la ARPANET conectó tres computadoras en California con una en Utah.  Esto se desarrolló y se expandió rápidamente por toda la nación.  Gracias al éxito obtenido, todas las universidades se quisieron unir.  Por su gran demanda fue difícil su administración y se dividió en dos: MSLNET que cubría todos los lugares militares; y ARPANET que cubría los demás.  No obstante, ambos se unían a través de un esquema técnico conocido como “Internet Protocol” (I.P.).  El I.P. se expandió muchísimo teniendo un gran éxito.

 

            Mientras tanto, las computadoras en las universidades crecieron, dando servicios a cientos de usuarios simultáneamente a un gran número de estaciones de trabajo para los usuarios.  La Universidad de Berkeley, California, junto con AT&T desarrollaron una máquina conocida como UNIX.  En Berkeley, como había tantos usuarios y fanáticos se estableció una red.  Posteriormente, los fabricantes de las estaciones de redes comenzaron a unirse a esta red.  Esto logró que cientos de máquinas computadoras se unieran a la ARPANET.

 

            Por otro lado, el “National Science Foundation” (N.S.F.) estableció cinco centros de super computadoras para permitir que todos los usuarios de la nación se unieran a través de centros regionales a los supercentros de ARPANET.  Estos centros no tuvieron éxito dado el alto costo de mantenimiento y problemas en las máquinas.  En 1990, la mayor parte de los negocios dejaron a ARPANET y se transfirieron a N.S.F.NET (National Science Foundation Net).  Posteriormente, en 1994, antes de quedar obsoletos los cinco centros establecidos, varias redes gigantes comerciales como I.B.M., Sprint y P.S.I. (Performance System International) se unieron a N.S.F.NET comercializando la línea que anteriormente sólo servía a interesados en utilizar la red con fines educativos o para realizar investigaciones.  Las grandes compañías comerciales se conectaron a los centros regionales proveyendo acceso directo a los clientes, utilizando el esquema técnico I.P.  A través de los años el I.P. se ha extendido por todo el mundo mediante proveedores nacionales y regionales.

 

            Puerto Rico no es la excepción.  Hace años muchos puertorriqueños están conectados a la Internet que se ha convertido en el desarrollo más avanzado del siglo 20.  Muchos gobiernos se han visto en la necesidad de reglamentar estos servicios  que afectan la vida de todos, entrando ya en el siglo 21.  Algunas de estas reglamentaciones giran en torno a las contribuciones, la privacidad, la protección de menores y la protección a los consumidores.

 

            Como es de conocimiento general, el Internet es utilizado por un sinnúmero de compañías a través de todo el mundo para mercadear sus productos.  Esto permite que las compañías locales promuevan un producto que no necesariamente cumpla con las descripciones provistas, creando una diferencia entre lo presentado y la realidad.

 

      A fin de evitar esta mala práctica comercial, la Asamblea Legislativa de Puerto Rico mediante la aprobación de la Ley Núm. 5 de 23 de abril de 1973, le trazó jurisdicción al Departamento de Asuntos al Consumidor sobre este asunto. Hoy, entendemos necesario enmendar dicha legislación para reglamentar y prohibir, de igual manera, el uso de la red para promover los anuncios engañosos, falsos, o una falsa representación, sobre la marca, precio, cantidad, turismo, etc.

 

            Esta Asamblea Legislativa estima que es necesario enmendar la Ley Núm. 62 de 29 de mayo de 1968 para incluir el Internet expresamente dentro del concepto de las telecomunicaciones para evitar el fraude.

 

            De esta manera, al igual que en otros estados como California, New Jersey y Georgia, nuestra Isla se pone a la vanguardia en legislación del futuro.  Siendo ésta necesaria para entrar al nuevo milenio que se acerca preparados para enfrentar la nueva era cibernética.

 

Nota:

 

Cortesía de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico

Ley Núm. 311 del 5 de octubre de 1999

Para otras leyes aprobadas sobre el internet, vea la sección de Derecho Cibernético de LexJuris de Puerto Rico.  Preparado por: Lcdo. Juan M. Díaz, Adm http://www.lexjuris.com

 


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