Jurisprudencia del Tribunal Supremo de P. R. del año 2003


2003 DTS 154 IN RE: PRORROGA PARA EL PROYECTO DE EDUCACION JURIDICA 2003TSPR154

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

 

In re: Solicitud del Colegio de Abogados en torno a Prórroga

para Presentar Comentarios al Proyecto de Educación Jurídica

Continua

 

2003 TSPR 154

160 DPR ____

Número del Caso: MC-2003-16

Fecha: 27 de octubre de 2003

 

Colegio de Abogados de Puerto Rico: Hon. Arturo Luis Dávila Toro

                                                            Presidente

Materia: Se le concede (6) seis meses al Colegio de Abogados para presentar los comentarios al Proyecto de Educación Jurídica continua.

 

ADVERTENCIA

Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad.

 

RESOLUCION

 

San Juan, Puerto Rico, a 27 de octubre de 2003

 

Mediante la Resolución Número 6 de la Asamblea General del Colegio de Abogados celebrada el 6 de septiembre de 2003 se solicitó a este Tribunal un término adicional de doce (12) meses para presentar recomendaciones en torno a un Proyecto de Reglamento publicado por la Junta de Educación Jurídica Continua.

 

La creación de un programa de educación jurídica continua tiene su origen en el esfuerzo desplegado por el Colegio de Abogados de Puerto Rico que en su Asamblea Anual de 1992 aprobó la Resolución Número 1 de aquel año para:  “Adoptar el Principio de Educación Jurídica Continua para el Ejercicio de la Profesión”.  Ese mismo año, su Junta de Gobierno encomendó a la Comisión de Educación Legal Continuada y Mejoramiento Profesional del Colegio que diseñara un mecanismo formal de educación jurídica con el fin de promover la excelencia profesional y mejorar la imagen pública de la clase togada.

 

En 1994 la referida Comisión presentó a la Junta de Gobierno un documento titulado:

 

“Segundo Informe Final Enmendado de la Subcomisión para la Reglamentación de la Educación Jurídica Continua Obligatoria de Abogados(as) para ser Sometido ante la Consideración del Tribunal Supremo de Puerto Rico”.  El Tribunal acogió el Informe y el 24 de marzo de 1995 creó el Comité de Educación Jurídica Continua.  Dicho cuerpo oyó los distintos sectores de la Profesión y celebró vistas en los Centros Judiciales del País.  El Colegio de Abogados compareció y presentó recomendaciones.  El día 25 de marzo de 1997 el referido Comité rindió un Informe Final y Proyecto de Reglamento que fue aprobado por el Tribunal el día 30 de junio de 1998.  En el año 2002 se constituyó la Junta de Educación Jurídica Continua y se le encomendó presentar al Tribunal Supremo un Proyecto de Reglas conforme a la Regla 8 (d) 7 del Reglamento de Educación Jurídica Continua de 1998.  La Junta volvió a oír los distintos sectores de la profesión legal del País, al Colegio de Abogados inclusive, y preparó un proyecto de Reglamento que fue publicado en los distintos Centros Judiciales en julio de 2003.  En dicha publicación se pidió a los interesados que sometieran sus recomendaciones a más tardar el día 15 de agosto de 2003.  El Colegio de Abogados solicitó un término de sesenta (60) días para someterlas y posteriormente, luego de celebrada la Asamblea Anual del Colegio de Abogados, amplió su solicitud al término de un (1) año.

 

Toda vez que del Proyecto de Reglamento publicado por la Junta de Educación Jurídica Continua se desprende que el mismo estará sujeto a evaluación constante por parte de ese cuerpo y que el Colegio, como cualquier otra entidad interesada, tendrá oportunidad de presentar en todo momento sus sugerencias y recomendaciones, se concede a la Junta de Gobierno del Colegio de Abogados de Puerto Rico el término de seis meses, contado el mismo a partir de la notificación de esta Resolución, para someter las que a bien tenga.

 

Publíquese.

 

Lo acordó el Tribunal y certifica la Secretaria del Tribunal Supremo. El Juez Asociado señor Hernández Denton no intervino.

 

 

Patricia Otón Olivieri

Secretaria del Tribunal Supremo

 

 

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