Ley Núm. 262 del año 1999


(P. del S. 1450) Ley 262,1999

Para declarar el 7 de septiembre la conmemoración a Roberto Cole

LEY NUM. 262 DEL 17 DE AGOSTO DE 1999

 

Para declarar y disponer la conmemoración, el 7 de septiembre de cada año, en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, de la obra artística musical del compositor Roberto Cole.

 

EXPOSICION DE MOTIVOS

 

      Roberto Lafayette Cole Vázquez, conocido artísticamente como Roberto Cole, nace en Mayagüez, Puerto Rico, el 7 de septiembre de 1915 y muere el 8 de marzo de 1983, en Houston, Texas.

 

      Hijo del señor Frank Cole y de la señora Belisa Vázquez, recibe su educación elemental y secundaria en su ciudad natal.

 

      Respecto a su educación musical,  su propia madre le enseña cuatro y  guitarra.  Asimismo, recibe lecciones de los maestros José Antonio Gaudier y Alfredo Romero.  Se casa con la señora Carmen Sánchez, con quien procrea tres hijos.

 

      Ejerce la profesión de músico y también, se desempeña en el arte de la fotografía, ocupando durante muchos años el cargo de director del Departamento de Fotografía de la Compañía de Fomento Económico.

 

      Es merecedor en 1966 de un premio en el Festival de la Canción Puertorriqueña, auspiciado por el Instituto de Cultura Puertorriqueña.

 

      Su disposición y talento musical en la composición comienza desde temprana edad.  Ingresa en la Orquesta de Frank Madera como contrabajista.  A los 16 años ya llevaba a cabo arreglos orquestales.  Posteriormente, forma parte de otras orquestas en Mayagüez y en el año 1934, se integra como contrabajista y arreglista de la Orquesta de Rafael Muñoz.

 

      En 1930 aparece su primer bolero "Sigue tu camino", para continuar la manifestación de su creación musical con "Lirio Blanco", "Romance del campesino", "Olvídame", "Penumbra", "Mensajes", "Tarde gris", "Lo nuestro es amor", "A Mayagüez", "Querida mía", "Será mejor", "Mi sufrimiento","Ven óyeme", "Mi loca fantasía", "En luna llena" y "Lamento del Campesino",  entre otras composiciones.

 

      Roberto Cole describe su estilo musical en términos de que la melodía y la letra deben contener un mensaje fácil de captar por el público.  Su fiel cumplimiento con este principio artístico, así como su exaltación del sentimiento puertorriqueño, convierten a Roberto Cole en otro de nuestros compositores que trasciende el tiempo y las costas de nuestros país, para orgullo del pueblo de Puerto Rico.

 

      Por tanto, se aprueba esta Ley en justo homenaje al compositor Roberto Cole mediante la recordación de su obra artística musical.

 

Decrétase por la Asamblea Legislativa de Puerto Rico:

 

      Artículo 1.- Se declara y dispone la conmemoración, el 7 de septiembre de cada año, en  el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, de la obra artística musical del compositor Roberto Cole.

       

      Artículo 2.- El Gobernador del Estado Libre Asociado de Puerto Rico emitirá la proclama alusiva a tal fecha y exhortará a la participación de las entidades públicas, municipales y privadas, así como del pueblo de Puerto Rico, en la coordinación de  esfuerzos y actividades para la conmemoración dispuesta en esta Ley.

 

      Se autoriza, particularmente, a la Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública, a la Universidad de Puerto Rico, al Departamento de Educación, al Instituto de Cultura Puertorriqueña,  al  Municipio  de  Mayagüez,  al  igual  que  a otras entidades públicas y municipales para que coordinen y lleven a cabo actividades conforme al mandato establecido en esta Ley.

 

      Artículo 3.- Esta Ley tendrá vigencia inmediata después de su aprobación.

 

 

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ADVERTENCIA

Este documento constituye un documento de las leyes del Estado Libre Asociado de P.R. que está sujeto a los cambios y correciones del proceso de compilación y publicación oficial de las leyes de Puerto Rico. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad.

 

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