Resumen de la Jurisprudencia del Tribunal Supremo de P. R. del año 2008


2008 DTS 045 IN RE:  JOSE F. IRIZARRY PEREZ Y MANUEL REYES DAVILA, 2008 T.S.P.R. 45

 

Mediante Opinión per curiam del Tribunal Supremo resuelve que los querellados no incurrieron en violación de los Cánones 35 y 38 de Ética Profesional, por lo que se ordenó el archivo de este asunto.

La base fáctica del proceso disciplinario tenía que ver con una anotación hecha a mano en los autos originales de un caso civil, de conformidad a la Regla 65.3(d) de Procedimiento Civil, la cual permite que cualquier parte pueda darse por notificada de cualquier orden resolución o sentencia firmando en el original del documento y haciendo constar la fecha en que se ha dado por notificada.  La anotación era pertinente para adjudicar planteamientos sobre si procedía la desestimación de una apelación ante el Tribunal de Apelaciones.

La Juez Asociada señora Rodríguez Rodríguez no intervino. 

 

 


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