Ley Núm. 109 del año 2020


(P. del S. 615); 2020, ley 109

 

Para designar con el nombre de Ángel René “Yino” Antongiorgi Quiñones, el tramo de la Carretera PR-122 del Municipio de San Germán.

Ley Núm. 109 de 14 de agosto de 2020

 

Para designar con el nombre de Ángel René “Yino” Antongiorgi Quiñones, el tramo de la Carretera PR-122 desde la intersección con la Avenida Universidad Interamericana PR-102 hasta la intersección con la Avenida Jorge Alberto Ramos Comas PR-166, jurisdicción del Municipio de San Germán

 

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Ángel René “Yino” Antongiorgi Quiñones nació el 20 de octubre de 1921 en el Barrio Ancones de San Germán.  Fueron sus padres don David Antongiorgi Córdova y doña Esther Quiñones Salazar.  Yino, como cariñosamente se le conoce, dedicó su vida al servicio al prójimo y mejorar lo que ahora disfrutamos para el beneficio de futuras generaciones.

 

Se graduó en el 1944 de Ingeniería Civil del Colegio de Agricultura y Artes Mecánicas, hoy Recinto Universitario de Mayagüez.  Aportó su talento al servicio público laborando como Ingeniero Civil en la Antigua Extinta CRUV, en la Compañía de Fomento Industrial y en el Colegio de Agricultura y Artes Mecánicas.  En el 1996 fue electo legislador municipal de San Germán, y posteriormente ocupó el puesto de Director del Departamento de Obras Públicas Municipal y, además, fue miembro de la Junta de Planificación de Puerto Rico.

 

Se distinguió como profesional en el diseño y desarrollo de varios proyectos, tales como la cárcel municipal de San Germán, el Hotel Parador Villa Parguera y varios edificios industriales de la región Oeste.  Planificó y desarrolló la primera urbanización de San Germán, El Retiro, y el primer centro comercial de la ciudad, proyectos que sentaron las bases para la futura expansión y desarrollo del entorno urbano de San Germán.

 

Su compromiso social y comunitario es extraordinario.  En el campo deportivo, participó en equipos de baloncesto de categorías menores, donde además de ser jugador, fue dirigente y apoderado de varios equipos de segunda y tercera categoría.  Fue apoderado del equipo Farmacia Martín, equipo de Los Atléticos de San Germán y ganadores de un título nacional.  Con el equipo de Los Atléticos de San Germán, fue co-apoderado, gerente general y apoderado.  Para los años 1983-1984, perteneció como co-apoderado del equipo al grupo que logró la hazaña de obtener 24 clasificaciones consecutivas a las series post-temporada en nuestro Baloncesto Superior Nacional. 

 

Fue miembro de los Pequeños Gigantes de San Germán, donde presidió el Comité que tuvo a cargo completar el Monumento al baloncelista Arquelio Torres Ramírez. Ocupó varias posiciones en la Junta de Directores de dicha organización y dirigió el Comité organizador del Carnaval de San Germán.

 

Perteneció al Club Rotario de San Germán por más de 40 años, ocupando diversos puestos directivos.  Colaboró activamente en el proyecto y expansión y mejoras a la planta física de la Casa Club.  Además, fue socio del Círculo de Recreo de San Germán durante muchos años y un gran cooperador para el establecimiento y crecimiento del Museo de Arte Alfredo Ramírez de Arellano y Rossell de San Germán.

 

Se destacó también en el campo de la música.  Perteneció al coro Brahms de la Universidad Interamericana y, además, compuso sobre 40 canciones que permanecen inéditas. También, participó en muchas funciones teatrales en el Teatro Sol de San Germán, representando al personaje principal de Mikado en la ópera “El Mikado” de Gilbert y Sullivan.  Le correspondió el orgullo de haber sido el primer sangermeño en representar el rol principal de la obra.  Por muchos años escribió para el Periódico IMPACTO una columna titulada “Agri-Dulce”.   De ahí nació la inspiración para redactar y publicar un libro, también titulado “Agri-Dulce”.

 

Su compromiso social comunitario lo llevó a colaborar en múltiples obras benéficas, la mayoría de las cuales ejercía anónimamente, con un gran espíritu de generosidad y desprendimiento. Recibió un reconocimiento del “National Geographic Society” por sus aportaciones a esta prestigiosa entidad.

 

En reconocimiento a su extraordinaria aportación, la Legislatura Municipal de San Germán aprobó la Ordenanza Núm. 47, Serie 2010-2011 con el propósito de recomendar a la Comisión Denominadora de Estructuras y Vías Públicas de Puerto Rico se designe con el nombre de Ángel René “Yino” Antongiorgi Quiñones el tramo que comprende desde la intersección con la Avenida Universidad Interamericana PR-2 hasta la intersección con la Avenida Jorge Alberto Ramos Comas PR-166.

 

Por todo lo anterior, esta Asamblea Legislativa entiende meritorio que se denomine con el nombre de Ángel René “Yino” Antongiorgi Quiñones, el tramo de la Carretera PR-122 desde la intersección con la Avenida Universidad Interamericana PR-102 hasta la intersección con la Avenida Jorge Alberto Ramos Comas PR-166, como digno reconocimiento, por su ejemplo de  servicio, generosidad, bondad y rectitud en todos los ámbitos  que han sido parte de su vida; así como también por sus aportaciones como persona y en su calidad profesional en el quehacer y desarrollo del pueblo de San Germán.

 

DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

 

Artículo 1.- Para designar con el nombre de Ángel René “Yino” Antongiorgi Quiñones, el tramo de la Carretera PR-122 desde la intersección con la Avenida Universidad Interamericana PR-102 hasta la intersección con la Avenida Jorge Alberto Ramos Comas PR-166, jurisdicción del Municipio de San Germán.

 

Artículo 2.- La Comisión Denominadora de Estructuras y Vías Públicas de Puerto Rico tomará las medidas necesarias para dar cumplimiento a las disposiciones de esta Ley, sin sujeción a lo dispuesto en la Ley Núm. 99 de 22 de junio de 1961, según enmendada.

 

Artículo 3.- Una vez aprobada esta Ley, el Departamento de Transportación y Obras Públicas, en conjunto con el Municipio de San Germán, procederá con la nueva identificación y la rotulación del tramo aquí designado, conforme dispone esta Ley. 

 

Notas Importantes:

1. Este documento es una copia de la ley original cuando fue aprobada, no incluye enmiendas posteriores.

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