Resumen de la Jurisprudencia del Tribunal Supremo de P. R. del año 2008


2008 DTS 4 AUTORIDAD DE CARRETERAS V. ADQUISICION DE 8554.741 METROS CUADRADOS,  2008 T.S.P.R. 4

 

Mediante Opinión per curiam, y de conformidad a lo resuelto en Autoridad de Carreteras v. Adquisición de 8,554.741 metros cuadrados, et als., 2007 T.S.P.R 178, 2007 J.T.S 184 (2007), el Tribunal Supremo resuelve que en los casos de expropiaciones forzosas, donde el período entre la incautación y el pago total del Estado excede un semestre, el Tribunal de Primera Instancia tiene que considerar las variaciones en las tasas de interés durante los distintos semestres, según del Reglamento 78-1 de la OCIF.

 

Explica el Tribunal Supremo que:

El Tribunal debe tomar la diferencia entre la incautación inicial y el valor final y añadirle al mismo la cantidad que resulte de aplicarle a dicho valor la tasa de interés anual prevaleciente en el correspondiente semestre, según se establece en el documento que emite la OCIF (Reglamento 78-1), por los correspondientes meses hasta el final del semestre.  Al valor que resulte se le aplica la  tasa de interés anual prevaleciente en el siguiente semestre, según se establece en el documento que emite la OCIF (Reglamento 78-1, por los correspondientes meses del semestre.  Este proceso se repite hasta la consignación final del valor de la propiedad expropiada que así resulte.

La Jueza Asociada señora Rodríguez Rodríguez concurre sin opinión escrita.  La Juez Asociada señora Fiol Matta no intervino.

 

 


Nota: Este resumen fue preparado por Enrique Silva Avilés y su contenido no constituye una publicación oficial de la Rama Judicial, ni forma parte de la Opinión objeto del resumen, ni necesariamente refleja en su totalidad todos los temas abordados en la Opinión, que es la fuente normativa de Derecho. El autor, que se reserva todos sus derechos, prepara este resumen en su carácter personal, como un servicio voluntario a la comunidad.

 

Advertencia: La colaboración de estos resúmenes y opiniones son expresamente del autor de los mismos y se publican para el beneficio de nuestros visitantes y como un servicio voluntario a la comunidad. LexJuris.com no se responsabiliza por el contenido de las mismas.

  

 

Presione Aquí para regresar al Menú anterior y seleccionar otro caso.

Ver índice por años hasta el presente.

Búsquedas Avanzadas desde el 1942 al presente y todas las leyes. (Solo socios)


ADVERTENCIA

Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad.

LexJuris de Puerto Rico siempre está bajo construcción.


|Home| Abogados | Aspirantes | Profesionales| Profesiones | Leyes y Jurisprudencia | Información | Agencias | Pueblos | Biografías | Historia | Servicios | Publicidad | Compras | Noticias | Entretenimiento |Publicaciones CD| Revista Jurídica | LexJuris.net |


La información, las imágenes, gráficas u otro contenido en todos los documentos preparados por LexJuris son propiedad de LexJuris. Otros documentos disponibles en nuestras conexiones son propiedad de sus respectivos dueños. Derechos Reservados. Copyright (c) 1996-2008 LexJuris de Puerto Rico.