Resumen de la Jurisprudencia del Tribunal Supremo de P. R. del año 2012


 2012 DTS 031 Andréu Fuentes v. Popular Leasing, Inc. y Otros, 2012 TSPR 31

Mediante Opinión del Tribunal emitida por el Juez Asociado señor Feliberti Cintrón, el Tribunal Supremo resuelve principalmente que en caso de incumplimiento de un contrato de arrendamiento financiero, la entrega del bien objeto del contrato por parte del arrendatario al arrendador financiero debido a desperfectos mecánicos  ─  de los cuales el arrendador ha quedado totalmente relevado, y que además se han transferido al arrendatario todas las garantías que el arrendador tuviese con el suplidor respecto al funcionamiento adecuado del vehículo  ─  no compensa adecuadamente al arrendador de su riesgo e inversión en relación a la responsabilidad del arrendatario por el incumplimiento o resolución unilateral del contrato.

Explicó el Tribunal Supremo que en este caso el arrendatario incumplió el contrato de arrendamiento financiero al dejar de pagar las mensualidades del arrendamiento vencidas con la expresada intención de liberarse del término aún pendiente bajo el referido contrato.

Además indicó el más Alto Foro que, a pesar de los defectos del bien arrendado, el arrendador puede reclamar al arrendatario la totalidad de la deuda restante conforme lo pactado en el lease; y ese arrendador no viene obligado a instar una acción de rescisión de compraventa en contra de la entidad responsable de honrar la garantía del bien arrendado, para así entonces poder recuperar el monto adeudado.

La Jueza Asociada señora Fiol Matta y la Juez Asociada Rodríguez Rodríguez concurren sin opinión escrita y el Juez Presidente señor Hernández Denton inhibido.

 

 


Nota: Este resumen fue preparado por Enrique Silva Avilés y su contenido no constituye una publicación oficial de la Rama Judicial, ni forma parte de la Opinión objeto del resumen, ni necesariamente refleja en su totalidad todos los temas abordados en la Opinión, que es la fuente normativa de Derecho. El autor, que se reserva todos sus derechos, prepara este resumen en su carácter personal, como un servicio voluntario a la comunidad.

 

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