Jurisprudencia del Tribunal Supremo de P. R. del año 2003


2004 DTS 004 COLEGIO DE ABOGADO V. ALMODOVAR MARCHANY 2004TSPR004

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

 

Colegio de Abogados de Puerto Rico

Querellante

v.

César Juan Almodóvar Marchany

Querellado

 

2004 TSPR 4

160 DPR ____

Número del Caso: TS-5572
Fecha: 16 de enero de 2004

Colegio de Abogados de Puerto Rico: Lcdo. José M. Montalvo Trías

                                                           Director Ejecutivo                                            

Abogado de la Parte Querellada:         Por Derecho Propio

 

 

ADVERTENCIA

Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad.

 

 

RESOLUCIÓN

 

 

San Juan, Puerto Rico, a 16 de enero de 2004

 

 

El 23 de diciembre de 2003, emitimos una extensa resolución donde hicimos un detallado recuento del reiterado incumplimiento del Lcdo. César Juan Almodóvar Marchany con su deber de pagar la cuota de colegiación al Colegio de Abogados.  Le concedimos al licenciado Almodóvar Marchany término para mostrar causa por la cual no debía ser suspendido de la práctica de la abogacía.  Éste compareció, ofreció excusas y nos indicó que “reconoce que con anterioridad ha efectuado sus cuotas de colegiación del Colegio de Abogados en forma tardía, o luego de recordatorios al efecto u órdenes del Tribunal”. Solicita “indulgencia y lenidad” y “empeña su palabra que en forma alguna habrá de permitir que una situación como ésta vuelva a repetirse”.

Tomando en consideración lo antes expuesto, el Tribunal amonesta y apercibe al licenciado Almodóvar Marchany que en el futuro habrá de ser más severo en las sanciones que imponga si éste incurre en la práctica antes descrita.

Se ordena el archivo de este asunto.[1]

 

Publíquese.

 

Lo acordó el Tribunal y certifica la Secretaria del Tribunal Supremo.  Los Jueces Asociados señores Rebollo López y Hernández Denton no intervinieron.

 

 

                                                              Patricia Otón Olivieri

                                                   Secretaria del Tribunal Supremo

 

 

Presione Aquí para regresar al Menú anterior y seleccionar otro caso.


ADVERTENCIA

Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad.

LexJuris de Puerto Rico siempre está bajo construcción.


|Home| Abogados | Aspirantes | Profesionales| Profesiones | Leyes y Jurisprudencia | Información | Agencias | Pueblos | Biografías | Historia | Servicios | Publicidad | Directorios | Compras | Eventos | Noticias | Entretenimiento |Publicaciones CD| Revista Jurídica |


La información, las imágenes, gráficas u otro contenido en todos los documentos preparados por LexJuris son propiedad de LexJuris. Otros documentos disponibles en nuestras conexiones son propiedad de sus respectivos dueños. Derechos Reservados. Copyright (c) 1996-2004 LexJuris de Puerto Rico y Publicaciones CD, Inc.




Nota al calce

 

[1] En el día de hoy el Colegio de Abogados presentó una moción de desistimiento en la cual nos indica que el Lcdo. César J. Almodóvar Marchany pagó la cuota de colegiación.