2019 Jurisprudencia del Tribunal Supremo de P. R. del año 2019


2019 DTS 103 IN RE: REGLAMENTO PARA LA DESIGNACION DE JUECES Y JUECES PRESIDENTES DE COMISIONES ELECTORALES 2019TSPR103

 

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

 

In Re: Reglamento para la Designación de Jueces y Juezas Presidentes,

y Presidentes Alternos de Comisiones Locales de Elecciones y otros asuntos electorales

 

 

2019 TSPR 103

202 DPR ___, (2019)

202 D.P.R. ___, (2019)

Número del Caso:  ER-2019-04

Fecha: 31 de mayo de 2019

 

Materia: Reglamentos del Tribunal- Derecho Electoral-

Resumen: Reglamento para la Designación de Jueces y Juezas Presidentes y Presidentes Alternos de Comisiones Locales de Elecciones y otros asuntos.

 

ADVERTENCIA

Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad.

 

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 31 de mayo de 2019.

En In re Enmdas. Reglamento TA, 199 DPR 850 (2018), hicimos alusión a que la Asamblea Legislativa de Puerto Rico, a través de la promulgación de la Ley Núm. 120-2017, afirmó nuestro poder constitucional para reglamentar. Véanse: Art. V Sec. 7 de la Constitución de PR., LPRA Tomo 1; 4 Diario de Sesiones de la Convención Constituyente de Puerto Rico 2613 (Ed. 1961). De hecho, en In re Enmdas. Reglamento TA, supra, ejecutamos esta facultad al erigir la manera en que se seleccionan los integrantes de los Paneles del Tribunal de Apelaciones. De igual modo, anteriormente hemos reafirmado nuestra autoridad constitucional de reglamentar en In re Reglamento Evaluación Js. TPI, 199 DPR 904 (2018), In re Aprob. Regl. Subastas RJ, 197 DPR 557 (2017); In re Aprobación Rs. Y Com. Esp. Ind., 184 DPR 575, 582 (2012); In re Disposiciones Cód. Electoral, 184 DPR 369 (2012).

     Por otro lado, el Art. 17 de la Ley Núm. 120, supra, enmendó el Art. 5.002 del Código Electoral de Puerto Rico para el Siglo XXI, 16 LPRA sec. 4042. Este dispuso que compete a este Tribunal, según las reglas de administración que adoptemos para ello, designar los presidentes de las Comisiones Locales de Elecciones.

El legislador utilizó igual lenguaje al referirse al proceso de selección de los paneles de tres jueces del Tribunal de Primera Instancia que requieren el Art. 3.008 del Código Electoral de Puerto Rico para el Siglo XXI, 16 LPRA sec. 4018, y el Art. 10.005 de la Ley para la Fiscalización del Financiamiento de Campañas Políticas en Puerto Rico, Ley Núm. 222-2011, 16 LPRA sec. 630e.

Cónsono con nuestra facultad constitucional, por la presente aprobamos el Reglamento para la designación de Jueces o Juezas Presidentes, y Presidentes Alternos de Comisiones Locales de Elecciones, y otros asuntos electorales. Mediante éste, por estimar que propende a la transparencia y la objetividad que el asunto amerita, instauramos el método de selección aleatoria simple con reposición. Cabe resaltar que este método es el mismo que este Tribunal aprobó y utilizó en las elecciones generales de 2012. Véase, In re Disposiciones Cód. Electoral, supra. El Reglamento se acompaña y su contenido se hace formar parte de esta Resolución. Entrará en vigor en noventa días.

Notifíquese al Director Administrativo de los Tribunales, al Presidente de la Comisión Estatal de Elecciones y al Contralor Electoral de Puerto Rico.

Publíquese.

Lo acordó y manda el Tribunal y lo certifica el Secretario del Tribunal Supremo. La Juez Asociada señora Rodríguez Rodríguez disintió por los fundamentos que expresó en In re: Disposiciones del Código electoral de Puerto Rico para el Siglo XXI 184 DPR 369, 374 (2012).

El Juez Asociado señor Colón Pérez disiente y hace constar la siguiente expresión:

El Juez Asociado señor Colón Pérez disiente del curso de acción seguido por una mayoría de este Tribunal en el asunto de referencia. Ello, por considerar que -- de conformidad con lo dispuesto en el Art. V, Sec. 7, de la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico -- la facultad de designar a aquellos jueces y juezas que se desempeñarán como Presidentes y Presidentas Alternos de las Comisiones Locales de Elecciones es una tarea inherentemente administrativa que históricamente le ha correspondido al Juez Presidente o Jueza Presidenta de esta Curia, en este caso la Hon. Maite D. Oronoz Rodríguez, quien como tal debe ser la llamada a realizar los referidos nombramientos.

La Jueza Presidenta Oronoz Rodríguez no intervino.

 

José Ignacio Campos Pérez   

Secretario del Tribunal Supremo

 

Véase Reglamento Aprobado.

  

 

---------------------------------------- 

1. Presione Aquí para regresar al Menú anterior y seleccionar otro caso.

2. Presione Aquí para ver Índice por años hasta el presente.

3. Búsquedas Avanzadas de la Jurisprudencia desde el 1899 al presente y todas las Leyes de Puerto Rico Actualizadas. (Solo socios)

4. Visite la página de nuestro Club de LexJuris de Puerto Rico www.LexJuris.net para ver los beneficios y precios de las membresías y/o tiendita para ordenar su membresía en www.LexJurisStore.com o llame al tel. (787) 269-6475 LexJuris de Puerto Rico.


ADVERTENCIA

Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad.


|Home| Abogados | Aspirantes | Profesionales| Profesiones | Leyes y Jurisprudencia | Información | Agencias | Pueblos | Biografías | Historia | Servicios | Publicidad | Compras | Noticias | Entretenimiento |Publicaciones CD| Revista Jurídica | LexJuris.net |


La información, las imágenes, gráficas u otro contenido en todos los documentos preparados por LexJuris son propiedad de LexJuris. Otros documentos disponibles en nuestras conexiones son propiedad de sus respectivos dueños. Derechos Reservados. Copyright (c) 1996-al presente LexJuris de Puerto Rico.