Ley Núm. 372 del año 2004


(P. de la C. 4591), 2004, ley 372

Ley para enmendar la Ley Núm. 157 de 1968: Ley Sobre el Control de la Contaminación del Aire

Ley Núm. 372 de 16 de septiembre de 2004

 

Para enmendar los incisos (a) y (b) del Artículo 17 de la Ley Núm. 157 de 28 de junio de 1968, conocida como "Ley Sobre el Control de la Contaminación del Aire", para atemperarla al nuevo Código Penal del Estado Libre Asociado de Puerto Rico de 2004.


EXPOSICION DE MOTIVOS

La presente es una de varias enmiendas a las leyes que se afectan con la aprobación del nuevo Código Penal del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, que a su vez, deroga el vigente aprobado mediante la Ley Núm. 115 de 22 de julio de 1974.

Resulta imperativo ajustar todo el ordenamiento penal, de forma tal que al introducirse el nuevo Código Penal exista uniformidad en dicho ordenamiento.

DECRETASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

Artículo 1.-Se enmiendan los incisos (a) y (b) del Artículo 17 de la Ley Núm. 157 de 28 de junio de 1968, para que se lean como sigue:

"Artículo 17.-Penalidades


(a) Cualquier persona que viole las disposiciones de esta Ley, o de los reglamentos adoptados en virtud de la misma, con excepción de los Artículos 15 y 16 incurrirá en delito menos grave. Cada día que se cometa dicha violación, constituirá un delito distinto y separado.


(b) Cualquier persona que voluntaria y maliciosamente viole lo dispuesto en el Artículo 15 incurrirá en delito grave en gravación de cuarto grado."


Artículo 2.-Vigencia

Esta Ley comenzará a regir cuando entre en vigor el Código Penal del Estado Libre Asociado de Puerto Rico de 2004.  

 

Notas Importantes:

1. Esta ley es copia de la ley original cuando fue aprobada, no incluye enmiendas posteriores.

2. Presione Aquí para ver la Ley Completa y Actualizada (Socios Solamente)

 

 

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ADVERTENCIA

Este documento constituye un documento de las leyes del Estado Libre Asociado de P.R. que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las leyes de Puerto Rico. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad. Siempre busque leyes posteriores para posibles enmiendas a esta ley.

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