Ley Núm. 46 del año 2006


 (P. de la C. 1660), 2006, ley 56

Ley de Tratamiento de Estudiantes que Padecen Asma

LEY NUM. 56 DE 1 DE FEBRERO DE 2006

 

 

Para reconocer el derecho de los estudiantes que padezcan de asma o alguna condición relacionada a que puedan administrarse por cuenta propia los medicamentos en las escuelas, previo consentimiento de los padres, tutor o encargados.

 

EXPOSICION DE MOTIVOS

           

El Congreso de los Estados Unidos aprobó la “Public Law 108–377—OCT. 30, 2004”, conocida como “Asthmatic School Childrens Treatment and Health Management Act of 2004”.  Esta Ley faculta al Secretario de Salud de los Estados Unidos a conceder ayuda económica a los estados y territorios que adopten legislación dirigida a permitir a los estudiantes administrarse por cuenta propia los medicamentos para el tratamiento de alguna condición relacionada con el asma.

 

En la exposición de motivos de la referida Ley se expresa que el asma es una condición crónica que requiere tratamiento de por vida.  Además se señala que sobre veinte millones de personas en los Estados Unidos sufren de esta condición.  Esta situación conlleva miles de visitas a médicos y hospitales, ausencias en las escuelas y pérdidas económicas por ausencias en los trabajos.

 

En el caso de los estudiantes la situación es más grave ya que en muchas ocasiones estos se tienen que ausentar de las escuelas debido a que no les permiten administrase por cuenta propia los medicamentos.  Esto provoca que el estudiante tenga que quedarse en la casa bajo la supervisión de una adulto que se ve imposibilitado de realizar sus labores diarias lo que representa una pérdida económica para la persona y para la empresa en la que trabaja.  En el caso del estudiante esto representa en muchos casos un atraso en sus labores estudiantiles y hasta la  las posible pérdida del semestre escolar.

 

El asma bronquial es una enfermedad pulmonar caracterizada por ataques periódicos de sibilancias alternados con períodos de respiración relativamente normal.  El asma bronquial generalmente es intrínseco (no se puede demostrar la causa), pero en algunas ocasiones es producida por una alergia específica (como alergia al moho, la caspa y el polvo). Aunque la mayoría de las personas con asma dan positivo en algunos exámenes para la alergia, esto no representa necesariamente la causa de los síntomas de esta enfermedad.

Los síntomas pueden surgir espontáneamente o pueden ser provocados por infecciones respiratorias, ejercicio, aire frío, humo de tabaco u otros contaminantes, estrés o ansiedad, alergias a los alimentos o alergias a medicamentos. Los músculos del árbol bronquial se cierran y el epitelio que recubre las vías respiratorias se inflama, reduciendo de esta manera el flujo de aire y produciendo un sonido sibilante. Así mismo, se incrementa la producción de moco.

La persona respira relativamente normal con ataques periódicos de sibilancias. Los ataques de asma pueden durar minutos o días y pueden volverse peligrosos si el flujo de aire se restringe en forma severa. Esta enfermedad afecta a 1 de cada 20 personas de la población total, pero la incidencia es de 1 en cada 10 niños. Asimismo, puede desarrollarse en cualquier período de la vida y parece que algunos niños se curan con la edad. Los factores de riesgo son: antecedentes familiares o personales de eczema y alergias o historia familiar de asma.

A los fines de fomentar el que se les permita a los estudiantes administras por cuenta propia los medicamentos para el tratamiento del asma se aprobó la “Public Law 108–377—OCT. 30, 2004”, conocida como “Asthmatic School Childrens Treatment and Health Management Act of 2004”.  Hasta el momento alrededor de treinta estados han aprobado legislación dirigida a atender el problema de los estudiantes asmáticos a los que no se les permite administrarse por cuenta propia los medicamentos para el tratamiento de la condición.

 

Esta Ley tiene como finalidad reconocer el derecho de los estudiantes a administrarse por cuenta propia en los planteles escolares los medicamentos necesarios para el tratamiento de su condición asmática.  Además se dispone que toda persona que interfiera con el ejercicio de este derecho incurra en una falta administrativa y estará sujeta a la imposición de una multa.

 

DECRETASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:


Artículo 1.-Esta Ley se conocerá como “Ley de Tratamiento de Estudiantes que Padecen Asma”.

 

Artículo 2.-Todo estudiante de escuela pública o privada tendrá derecho a administrarse por cuenta propia los medicamentos para el tratamiento de su condición asmática previo consentimiento de su padre, madre, tutor o encargado.

 

Artículo 3.-Se faculta al Secretario de Salud, para que en coordinación con el Secretario de Educación, adopten la reglamentación necesaria para el cumplimiento de esta Ley y que al hacerlo tome en consideración la seguridad y salud de los estudiantes asmáticos.  En la reglamentación que el Departamento de Salud adopte deberá requerir que:

 

a.                    La edad mínima para que se  permita a un estudiante automedicarse para asma en la escuela.

 

b.                  Requerir que se certifique que el estudiante con asma recibió el adiestramiento adecuado por parte de un profesional de la salud cualificado sobre el uso correcto y responsable del medicamento que incluya: tipo de medicamento, rutas y procedimientos a seguir para su auto administración,  dosis a auto administrarse, momento y frecuencia de la auto administración, instrucciones para manejar y formas seguras de almacenar el medicamento.

 

c.                   Requerir que el padre o tutor del estudiante haya autorizado por escrito que el estudiante posea y utilice el medicamento mientras está en la escuela o en una actividad auspiciada por la escuela.

 

d.                  Requerir que todo estudiante que padezca de asma tenga un Plan de Acción para el manejo de asma por escrito preparado por su médico primario y para el uso del medicamento necesario en horario escolar.

 

Artículo 4.-Para que un estudiante pueda administrarse por cuenta propia los medicamentos para el tratamiento de su condición de asma, será requisito presentar una certificación médica en la que se acreditará que padece la condición, el medicamento que utiliza para el tratamiento de la misma y que ha sido debidamente entrenado para administrarse por cuenta propia el medicamento.

 

Esta certificación será de aplicación en la escuela en la que el estudiante esté matriculado y durante el año escolar para el cual fue expedida.  Si el estudiante es transferido a otra escuela, deberá presentar copia de la documentación en la nueva escuela en la que sea matriculado.  Además, al comienzo de cada año escolar, será responsabilidad del padre, encargado o tutor, presentar los documentos actualizados para que el estudiante pueda hacer uso de este derecho.

 

Artículo 5.-Ninguna escuela o persona podrá interferir con el derecho de los estudiantes a utilizar en los planteles escolares los medicamentos necesarios para el tratamiento de su condición asmática.  Toda persona que actué de conformidad a lo dispuesto en esta ley no incurrirá en responsabilidad civil en caso de que surja alguna complicación por el uso del medicamento que el estudiante se administre por cuenta propia. 

 

Artículo 6.-Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.

 

 

Notas Importantes:

1. Esta ley es copia de la ley original cuando fue aprobada, no incluye enmiendas posteriores.

2.  Presione Aquí para buscar enmiendas posteriores de tener alguna.

3. Presione Aquí para ver la Ley Completa y Actualizada (Socios Solamente)

 

 

Presione Aquí para regresar al Menú anterior y seleccionar otra ley.


ADVERTENCIA

Este documento constituye un documento de las leyes del Estado Libre Asociado de P.R. que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las leyes de Puerto Rico. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad. Siempre busque leyes posteriores para posibles enmiendas a esta ley. Visite nuestro Club de LexJuris de Puerto Rico.

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