Ley Núm. 205 del año 2007


(P. de la C. 3525), 2007, ley 205                                    

 

Para designar el Parque de Bombas de Santa Isabel con el nombre de Vicente Meléndez Borges

Ley Núm. 205 de 14 de diciembre de 2007

 

Para disponer que el Parque de Bombas del Municipio de Santa Isabel se designe con el nombre del insigne funcionario público, Vicente Meléndez Borges.

 

EXPOSICION DE MOTIVOS

 

El Señor Vicente Meléndez Borges nació en el Municipio de Coamo en el año 1918 producto del amor del matrimonio del Sr. Monserrate Meléndez y de la Sra. Isabel Borges quienes procrearon tres hermanos de Vicente, llamados Jorge L., Juan y Aida. Don Vicente se trasladó al Municipio de Santa Isabel donde obtuvo su formación académica y disfrutó de su crecimiento personal y profesional; falleciendo el 3 de julio del 1982 en la tierra santa isabelina de campeones.

 

Este distinguido puertorriqueño comenzó su gesta laboral como bombero auxiliar en el año 1950 para escalonar los rangos de bombero estatal, Cabo de los bomberos estatales y Sargento del honroso Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico. Don Vicente Meléndez Borges formó parte de la gran familia de los Bomberos de Puerto Rico por más de tres (3) décadas. Su valiente y gigante hoja de servicio público representa dignamente los ejemplos dignos de emular para servir bien a toda la ciudadanía.

 

Don Vicente Meléndez fue fundador de la local 1490 afiliada a la A.F.L.C.I.O. Internacional en busca de mejores condiciones de trabajo y sueldo para el Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico. Durante su larga trayectoria en el servicio público tuvo la oportunidad de organizar y dirigir el Gremio Bomberil de Puerto Rico en el año 1970 estableciendo su primera oficina en la Calle Betances del Municipio de Santa Isabel.

 

Este incansable gladiador en defensa del bienestar laboral de los Bomberos de Puerto Rico protagonizó distintos movimientos con éxito que permiten hoy el disfrute de mayores derechos y privilegios por parte del ejemplar grupo de servidores públicos que integran el Cuerpo de Bomberos de la Isla y contribuyó a establecer el futuro de progreso que anhelamos para todos en Puerto Rico.

 

A tenor con lo expresado, la Cámara de Representantes de Puerto Rico, estima procedente legislar para nombrar la estación de bomberos del Municipio de Santa Isabel con el nombre de Vicente Meléndez Borges como un homenaje póstumo a su enorme legado para mejorar las condiciones de trabajo de los bomberos de Puerto Rico y afianzar la seguridad y bienestar de todos los puertorriqueños.

 

DECRETASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

           

Sección 1.-Para disponer que el Parque de Bombas del Municipio de Santa Isabel se designe con el nombre del insigne funcionario público, Vicente Meléndez Borges.

 

Sección 2.-Una vez aprobada, el Departamento de Estado notificará de la misma a la Comisión Denominadora de Estructuras y Vías Públicas del Gobierno de Puerto Rico, para la realización de los procedimientos administrativos que sean pertinentes.

 

Sección 3.-Esta Ley entrará en vigencia inmediatamente después de su aprobación.

 

 

                                                                                         .................................................................

                                                                                                     Presidente de la Cámara

.................................................................

Presidente del Senado

 

 

 

Notas Importantes:

1.  Esta ley es copia de la ley original cuando fue aprobada, no incluye enmiendas posteriores.

2.  Presione Aquí  para buscar enmiendas posteriores de tener alguna. Debe buscar desde la fecha de esta ley al presente.

3. Presione Aquí para ver la Ley Completa, con sus enmiendas integradas y Actualizada (Socios Solamente)

 


Presione Aquí para regresar al Menú anterior y seleccionar otra ley.

Ver índice por años hasta el presente

Búsquedas Avanzadas de todas las Leyes Actualizadas y Jurisprudencia (solo socios)


ADVERTENCIA

Este documento constituye un documento de las leyes del Estado Libre Asociado de P.R. que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las leyes de Puerto Rico. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad. Siempre busque leyes posteriores para posibles enmiendas a esta ley.

Visite nuestro Club de LexJuris de Puerto Rico.

LexJuris de Puerto Rico siempre está bajo construcción.


| Home| Leyes y Jurisprudencia | Información | Agencias | AbogadoPR.com | ProfesionalesPR.com | Biografías | Historia | Pueblos de Puerto Rico| Servicios |Publicidad | Directorios | Compras | Eventos | Noticias | Entretenimiento |Publicaciones CD| LexJurisBooks | Revista Jurídica |

 

© 1996-2007 LexJuris de Puerto Rico - Derechos Reservados