Ley Núm. 65 del año 2011


(P. de la C. 3340); 2011, ley 65

 

Para enmendar el Artículo 23 de la Ley Núm. 41 de 2009: Ley para el Manejo Adecuado de Neumáticos de Puerto Rico

LEY NUM. 65 DE 28 DE ABRIL DE 2011

 

Para enmendar el Artículo 23 de la Ley Núm. 41 de 22 de julio de 2009, según enmendada, conocida como “Ley para el Manejo Adecuado de Neumáticos de Puerto Rico”, a los fines de posponer la vigencia de la Ley.  

 

EXPOSICION DE MOTIVOS

La Ley Núm. 41 de 22 de julio de 2009, según enmendada, conocida como “Ley para el Manejo Adecuado de  Neumáticos de Puerto Rico”, es una ley de vanguardia que se aprobó para atender el problema de manejo de neumáticos desechados que ha venido aquejando la Isla durante los pasados años.  La misma atiende las dificultades y obstáculos presentados bajo la ley anterior de neumáticos, Ley Núm. 171 de 31 de agosto de 1996, según enmendada.

 

Con esta nueva Ley Núm. 41, supra, se delega a la Autoridad de Desperdicios Sólidos la implantación y operación de la misma, deberes que bajo la Ley Núm. 171, supra, realizaba el Departamento de Hacienda prácticamente en su totalidad. 

 

No obstante, nuestra administración ha identificado unas áreas donde se puede reforzar la Ley Núm. 41, supra, por lo que se presentó legislación a esos fines.

 

Entre los cambios más significativos cabe destacar que la agencia responsable de coordinar la implantación de esta ley será la Junta de Calidad Ambiental. Entendemos que dicha agencia tiene la capacidad para regir exitosamente los mecanismos esbozados en la Ley Núm. 41, supra, no sólo en cuanto a proceso de manejo, sino a la fiscalización del Fondo para el Manejo Adecuado de Neumáticos Desechados.  Por otro lado, enfatizamos que es un interés público apremiante el lograr la libre competencia en los mercados de transporte, procesamiento y reciclaje de los neumáticos desechados en Puerto Rico.  También, estimamos necesario minimizar la dependencia de algunos sectores involucrados en esta industria en el Gobierno, más aún en tiempos en que es necesaria la austeridad económica.  Con este norte, se revisó el esquema de pagos a las distintas partidas en la cadena del proceso de manejo de neumáticos. 

 

Asimismo, hacemos hincapié en la necesidad de mantener actualizada la información con relación al uso final de los neumáticos desechados.  De esta manera, fomentaremos la manera más eficiente de utilizar los recursos disponibles de acuerdo con la política pública de reducir el volumen de residuos sólidos que se disponen finalmente en las instalaciones de disposición de desperdicios sólidos autorizadas, con alternativas como el reciclaje y/o darle uso final como materia prima que contenga un valor económico en el mercado

 

Es poco probable que las enmiendas presentadas a la Ley Núm. 41, supra, sean aprobadas antes del 1 de mayo de 2011, fecha donde entra en vigor la referida Ley. Por tal motivo, esta Asamblea Legislativa entiende pertinente posponer la vigencia de dicha ley por un periodo de seis meses de manera que se atiendan con detenimiento las enmiendas presentadas.

   

DECRETASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

 

Artículo 1.-Se enmienda el Artículo 23 de la Ley Núm. 41 de 22 de julio de 2009, según enmendada, para que lea como sigue:

 

“Artículo  23.-Vigencia

 

Esta Ley entrará en vigor el  30 de octubre de 2011.”

 

Artículo 2.-Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.                               

 

                                                                                         .................................................................

                                                                                                     Presidente en Funciones

.................................................................

Presidente del Senado

 

 

 

Notas Importantes:

1.  Esta ley es copia de la ley original cuando fue aprobada, no incluye enmiendas posteriores.

2.  Presione Aquí  para buscar enmiendas posteriores de tener alguna. Debe buscar desde la fecha de esta ley al presente.

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Este documento constituye un documento de las leyes del Estado Libre Asociado de P.R. que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las leyes de Puerto Rico. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad. Siempre busque leyes posteriores para posibles enmiendas a esta ley.

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