Ley Núm. 52 del año 2015


(P. del S. 542); 2015, ley 52

 

Para añadir el Artículo 33 a la Ley Núm. 98 de 2007, Ley de Gallos de Puerto Rico del Nuevo Milenio.

Ley Núm. 52 de 17 de abril de 2015

 

Para añadir el Artículo 33 a la Ley 98-2007, conocida como “Ley de Gallos de Puerto Rico del Nuevo Milenio”; a los fines de establecer el Torneo Gallístico Rafael Martínez Nadal; renumerar los Artículos vigentes; y para otros fines.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Don Rafael Martínez Nadal fue uno de los líderes más destacados en la historia de Puerto Rico, Abogado litigante, líder indiscutible del Partido Unión Republicana, fundador de la Coalición Republicano-Socialista, Presidente del Senado de 1933 a 1940; Don Rafael contribuyó a forjar nuestro país.

Nacido en Mayagüez el 27 de abril de 1877, quedó huérfano de madre a los 6 días de nacer y huérfano de padre a los 5 años. A esa edad pasó a vivir en el pueblo de Maricao junto a su abuelo, don Esteban Nadal Freyre. Luego de completar sus estudios en Maricao y San Juan, comenzó a estudiar Derecho en Barcelona a los 16 años de edad junto a personalidades de la talla del insigne poeta y abogado don Luis Llorens Torres. Luego de una colorida mocedad viajando por Europa y emprendiendo varios negocios, agotó la fortuna que heredó y regresó a su ciudad de Mayagüez. Allí por primera vez incursionó en la política, afiliándose al Partido Republicano. En 1912 culminó sus estudios de Derecho e inició una larga e ilustre carrera como abogado criminalista. Sus logros como abogado le merecieron un sitial destacado en la cultura popular, al inspirar aquella famosa copla: “Temblaba la Corte, temblaba el fiscal; temblaban los jueces, cuando subía Martínez Nadal.” En 1914 inicia su servicio legislativo como miembro de la Cámara de Delegados representando a la ciudad de Ponce. En 1920, comienza su incumbencia como Senador.

En 1924 el Partido Republicano se divide y Martínez Nadal comienza su liderato político a la cabeza del Partido Republicano Puro, que participa electoralmente con el Partido Socialista dirigido por Santiago Iglesias Pantín. Para las elecciones de 1932, el Partido Republicano se reunifica, convirtiéndose en el Partido Unión Republicana, que entra en coalición con el Partido Socialista. En las elecciones de ese año, la Coalición derrota al Partido Liberal Puertorriqueño. Martínez Nadal se convierte así en Presidente del Senado, puesto que ocupa hasta 1941.

En 1935, como Presidente del Senado, fue líder al legislar para que se concediera el sufragio a la mujer puertorriqueña e instituye el voto por insignia en las papeletas electorales.

Una de las contribuciones más recordadas de Martínez Nadal fue la Ley de Gallos de 1933. Con dicha Ley, se legalizó ese deporte, que había sido prohibido con la invasión de los Estados Unidos a Puerto Rico en 1898. De hecho, Martínez Nadal establece la gallera “La Borinqueña”, que fue la mejor de Puerto Rico en su tiempo, y estaba ubicada en el pueblo de Guaynabo.

El 6 de julio de 1941 falleció en su hogar de Guaynabo.

Esta Asamblea Legislativa considera necesario establecer con carácter de Ley un torneo gallístico en honor a Rafael Martínez Nadal. Para conmemorar su contribución y fomentar el deporte gallístico en Puerto Rico, se crea el Torneo Gallístico Rafael Martínez Nadal como parte de la Ley de Gallos vigente. El ganador de dicho Torneo recibirá la Copa Rafael Martínez Nadal. De esa manera se hace justicia a la memoria de ese ilustre puertorriqueño, padre del deporte gallístico en la isla y se exalta este deporte tan característico de nuestra cultura hispana.

DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:


Artículo 1.- Se añade un nuevo Artículo 33 a la Ley 98-2007, conocida como "Ley de Gallos de Puerto Rico del Nuevo Milenio”, para que lea como sigue:

“Artículo 33.- Torneo Gallístico Rafael Martínez Nadal

El Departamento de Recreación y Deportes auspiciará un torneo estatal en el mes de abril en honor a Rafael Martínez Nadal, conocido como Torneo Gallístico Rafael Martínez Nadal. El ganador del torneo recibirá la Copa Rafael Martínez Nadal. El Departamento podrá recibir fondos de la empresa privada para auspiciar dicho torneo.”

Artículo 2.- Se reenumeran los Artículos 33, 34, 35, 36 y 37 de la Ley 98-2007, conocida como "Ley de Gallos de Puerto Rico del Nuevo Milenio”, como los Artículos 34, 35, 36, 37 y 38, respectivamente.

Artículo 3.- Separabilidad

Si cualquier disposición de esta Ley fuere declarada inconstitucional, ilegal o nula por un tribunal competente y con jurisdicción, dicha determinación no afectará o invalidará las disposiciones restantes de esta Ley y el efecto de tal declaración se limitará únicamente al Artículo, Párrafo, Apartado, Subapartado, Cláusula o Subcláusula declarada inconstitucional, ilegal o nula.

Artículo 4.- Esta Ley entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.

 

 

Notas Importantes:

1.  Esta ley es copia de la ley original cuando fue aprobada, no incluye enmiendas posteriores.

2.  Presione Aquí  para buscar enmiendas posteriores de tener alguna. Debe buscar desde la fecha de esta ley al presente.

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ADVERTENCIA

Este documento constituye un documento de las leyes del Estado Libre Asociado de P.R. que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las leyes de Puerto Rico. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad. Siempre busque leyes posteriores para posibles enmiendas a esta ley. Véase las Notas Importantes.

 

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