Ley Núm. 82 del año 1998 Declarar la Semana de los Transcripcionistas Médicos


 (P. del S. 1042), Ley 82, 1998

LEY NUM. 82 DEL 11 DE JUNIO DE 1998

 

Para declarar la tercera semana del mes de mayo como la "Semana de los Transcripcionistas Médicos."

EXPOSICION DE MOTIVOS

            El mantener récords constituye una función vital de una sociedad civilizada. Los expedientes médicos constituyen uno de los récords más importantes, toda vez que recopilan la historia permanente del tratamiento médico de un paciente según es dictada por su médico.

            Hace un siglo, los médicos conocían desde el nacimiento a casi la totalidad de sus pacientes y sus padecimientos, y ello era suficiente para brindarle tratamiento médico. Hoy en día, debido a los altos grados de especificidad en múltiples y variadas especialidades y a la gran movilidad poblacional que existe, son muchos los médicos que atienden a determinado paciente durante el transcurso de su vida. Los récords médicos permiten que un médico se familiarice con la historia clínica del paciente aún cuando no lo haya atendido antes. Debido al trabajo que realizan las transcripcionistas, los pacientes pueden asegurarse que la historia médica de ellos sea debidamente recogida en una forma clara y legible.

            Los transcripcionistas médicos son, sin duda, un eslabón indispensable entre el paciente y su médico. Por tal motivo, es apropiado que esta Asamblea Legislativa reconozca la valiosa aportación que realizan éstos profesionales declarando la tercera semana del mes de mayo como su semana.

Decrétase por la Asamblea Legislativa de Puerto Rico:

            Artículo 1.- Se declara la tercera semana del mes de mayo como "La Semana de los Transcripcionistas Médicos."

            Artículo 2.- Se autoriza al Secretario del Departamento de Salud a recabar la cooperación de los diversos departamentos, agencias e instrumentalidades del gobierno para la celebración de dicha semana conmemorativa.

            Artículo 3.- Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.


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