Ley Núm. 23 del año 2019


(P. del S. 856); 2019, ley 23

 

Para designar el nombre de Carlota Alfaro el tramo de la Calle Loíza, en el Municipio de San Juan.

Ley Núm. 23 de 15 de mayo de 2019

 

Para designar el nombre de Carlota Alfaro el tramo de la Calle Loíza, en el Municipio Autónomo de San Juan, que transcurre desde la intersección de la Calle Loíza con la Avenida José de Diego hasta la intersección de la Calle Loíza con la Calle Jefferson del Municipio Autónomo de San Juan y eximir tal designación de las disposiciones de la Ley Núm. 99 de 22 de junio de 1961, según enmendada, mejor conocida como “Ley de la Comisión Denominadora de Estructuras y Vías Públicas”.

 

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Doña Carlota Alfaro nació el 4 de junio de 1933 en San Juan, Puerto Rico. Desde muy temprana edad demostró interés y evidenció aptitud para la costura, confeccionando en principio, bajo la dirección de su tía, ropa para sus familiares, uniformes escolares, uniformes deportivos para el equipo de voleibol al que pertenecía, y hasta vestidos para que sus compañeras los vistieran en la fiesta de graduación de su clase graduanda.

A los 17 años estableció su primer taller de costura en un almacén en la parte posterior de la residencia de su tía en la Calle del Parque en Santurce. Además de su gran talento, Carlota Alfaro mostró ser una educadora innata, al fundar el Carlota Alfaro College a principios de los años 60 en la Calle Loíza. Todavía allí enseña su innovador método de costura: el Sistema Carlota Alfaro. Sus técnicas creativas facilitan la construcción de patrones y la interpretación de cualquier modelo para lograr un entalle perfecto. No era de sorprender que, tanto el Atelier de Carlota Alfaro como el Carlota Alfaro College han evolucionado desde su instauración. No obstante, su misión inalterada: “hacer lucir a la mujer elegante y distinguida, al transmitir a todo alumno los conocimientos y las experiencias adquiridas durante años, dándole la gloria y las gracias siempre a Dios por este don.”[1]

Sin lugar a dudas, Carlota Alfaro es una experta de la moda que ha viajado a todos los rincones de la isla y a la República Dominicana para impartir sus lecciones de costura y diseño.  Sus enseñanzas han permitido que muchas y muchos de sus alumnos se hayan convertido en empresarios profesionales y diseñadores reconocidos en Puerto Rico y en el exterior.

La maestra de la costura puertorriqueña también ha fungido como profesora en el Liceo de Puerto Rico y columnista en un periódico de circulación general. Además, Carlota Alfaro fue ovacionada por el público en el Concurso Anual de Modas Dorothy Gray; en el año 1970, obtuvo 4 de los 5 galardones de la pasarela Destellos de la Moda; y en el 1988, obtuvo el Lifetime Achievement Award de la mano de la entonces primera dama estadounidense, Nancy Reagan.

A lo largo de su exitosa carrera profesional en los campos del diseño de modas y la alta costura y educadora en este campo, doña Carlota ha conquistado, mediante la presentación de sus diseños en prestigiosas pasarelas, tanto en Puerto Rico como en varios estados en los Estados Unidos. Igualmente, con sus diseños ha conquistado la atención y mercado internacional. El trabajo de doña Carlota ha sido reseñado de forma excepcional y galardonado de manera consistente. Sus colecciones han sido vendidas de forma exclusiva en Puerto Rico y en Estados Unidos continentales en tiendas de prestigio como Neiman Marcus, Bloomingdales y Saks Fith Avenue. Asimismo, sus creaciones de diseño han engalanado las mejores galas y eventos sociales de Puerto Rico y fueron vestidos por las más destacadas reinas de belleza, celebridades y figuras públicas.

En el año 2013, se le dedicó la primera edición del evento de moda más importante de Puerto Rico, San Juan Moda, y desde entonces doña Carlota se mantiene activa en estas pasarelas. Además, participa como mentora de los participantes del programa de moda de la televisión puertorriqueña, Revelación Moda.

Doña Carlota ha sido por más de 50 años educadora de modas en su espacio en la Calle Loíza. Durante este tiempo ha sido ferviente y fiel comerciante de la zona, independientemente de los cambios sociales y económicos que ha sufrido el área. Con su institución educativa ha aportado significativamente y de manera consistente al desarrollo económico de esta calle, no tan solo inyectando valor económico a la zona, sino dando vida y corazón con el tránsito de cientos de estudiantes y embelleciendo el entorno urbano con su elegancia, telas, costuras, colores y las obras de arte que representan sus diseños de moda.

A sus 84 años, la moda de doña Carlota Alfaro continúa siendo sinónimo de la elegancia y el buen vestir de la mujer puertorriqueña. Mediante su industria de la moda sigue aportando a la economía puertorriqueña, se mantiene activa como empresaria, educadora de la moda y el diseño, participa en programas de televisión como mentora de las nuevas generaciones y las luces de las mejores pasarelas de moda en San Juan, aún se prenden para sorprenderse con su creatividad, clase y diseño.

Doña Carlota Alfaro es el referente en la historia puertorriqueña de la alta costura, el buen vestir, el diseño y la moda. Mediante esta Ley garantizamos que las aportaciones de este ícono de la industria del diseño, costura y la moda en Puerto Rico sean reconocidas en vida y quede perpetuada como una ilustre figura de nuestra historia para futuras generaciones.

DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

Artículo 1.- Se designa con el nombre de Carlota Alfaro, el tramo de la Calle Loíza del Municipio Autónomo de San Juan que transcurre desde la intersección de la Calle Loíza con la Avenida José de Diego hasta la intersección de la Calle Loíza con la Calle Jefferson.

Artículo 2.- La Comisión Denominadora de Estructuras y Vías Públicas del Gobierno de Puerto Rico, junto con el Departamento de Transportación y Obras Públicas y el Municipio Autónomo de San Juan, tomarán las acciones necesarias para dar cumplimiento a las disposiciones de esta Ley, sin sujeción a los dispuesto en la Sección 3 de la Ley Núm. 99 de 22 de junio de 1961, según enmendada.  El Secretario de Transportación y Obras Públicas deberá rotular la carretera descrita en el Artículo 1, de conformidad con las disposiciones de esta Ley.

Artículo 3.- A fin de lograr la rotulación del tramo aquí designado, se autoriza a las entidades mencionadas en el Artículo 2 de esta Ley, a peticionar, aceptar, recibir, preparar y someter propuestas para aportaciones y donativos de recursos de fuentes públicas y privadas; parear cualesquiera fondos disponibles con aportaciones federales, estatales, municipales o del sector privado; así como a entrar en acuerdos colaborativos con cualquier ente, público o privado, dispuesto a participar en el financiamiento de esta rotulación.

Artículo 4.- Si cualquier cláusula, párrafo, subpárrafo, artículo, disposición, sección, subsección, capítulo, subcapítulo o parte de esta Ley fuera anulada o declarada inconstitucional por un tribunal competente, la sentencia a tal efecto dictada no afectará, perjudicará, ni invalidará el resto de esta Ley.  El efecto de dicha sentencia quedará limitado a la cláusula, párrafo, subpárrafo, artículo, disposición, sección, subsección, capítulo, subcapítulo o parte de la misma que así hubiere sido anulada o declarada inconstitucional.

Artículo 5.- Esta Ley entrará en vigor inmediatamente. 


Nota al calce

 

[1] http://www.carlota-alfaro.com/historia/

 

Notas Importantes:

1. Este documento es una copia de la ley original cuando fue aprobada, no incluye enmiendas posteriores.

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ADVERTENCIA

Este documento constituye una copia original de las Leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, esta sujeto a las enmiendas posteriores y a la integración de las enmiendas a la ley principal de las Leyes de Puerto Rico. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad. Siempre busque leyes posteriores para posibles enmiendas a esta ley y/o la ley principal, según enmendada y actualizada.  

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