Ley Núm. 153 del año 2019


(P. del S. 1094); 2019, ley 153

 

Para designar la última semana de septiembre de cada año como la “Semana Educativa Pro Turismo en Puerto Rico” y designar el día 27 de septiembre de cada año, como el “Día Mundial del Turismo”.

Ley Núm. 153 de 17 de octubre de 2019

 

Para designar la última semana de septiembre de cada año como la “Semana Educativa Pro Turismo en Puerto Rico” y designar el día 27 de septiembre de cada año, como el “Día Mundial del Turismo”; derogar la Ley Núm. 174 de 11 de mayo de 1938, según enmendada; y para otros fines relacionados.

 

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Organización Mundial del Turismo (OMT), agencia especializada de las Naciones Unidas, encargada de promover el turismo, decidió instituir el Día Mundial del Turismo, con el propósito de concienciar a la comunidad internacional sobre la importancia del turismo.

Cabe señalar, que el turismo se ha convertido en uno de los sectores de mayor crecimiento en el mundo. Este es la principal fuente de ingreso de muchísimos países. Según el Reporte Anual 2017 de la OMT, el turismo incluso ha superado económicamente las exportaciones de petróleo, los productos alimentarios y automóviles. Las llegadas de turistas internacionales el pasado año, registraron un notable aumento del siete por ciento (7%), lo que se traduce en aproximadamente, mil trecientos veintidós (1,322) millones de personas a nivel global. En el caso del Caribe, el aumento fue de un cuatro por ciento (4%), esto a pesar de los embates de los huracanes Irma y María, cifra que, aunque pareciera pequeña, representa millones de dólares en ganancias.

El turismo a nivel mundial es el responsable de trescientos trece (313) millones de empleos y cuya aportación directa al Producto Mundial Bruto o GDP, por  sus siglas en inglés, asciende a un diez punto cuatro por ciento (10.4%), según las estadísticas del año 2017. Por ejemplo, el turismo internacional generó en el año 2014, cuatrocientos cuarenta y ocho (448) billones de dólares.

 Estas cifras son muestra de la importancia que representa el turismo a nivel mundial, y en Puerto Rico no es la excepción. La Industria turística en Puerto Rico ha sido una de gran crecimiento en los últimos años, aunque sabemos que aún nos queda mucho por hacer.

A estos fines, el Gobierno de Puerto Rico aprobó la Ley 17-2017, la cual establece el DMO de Puerto Rico, el cual servirá como el punto de referencia oficial para planificadores, guías turísticos y visitantes, y promoverá el que tanto viajeros de negocios como otros visitantes visiten lugares históricos, culturales y recreacionales. Esta organización contará con una participación abarcadora y representativa de sectores, tanto públicos como privados de la comunidad, la industria local y otras partes interesadas, a fin de generar beneficios, al atraer no solo visitantes, sino también inversionistas. Además, el DMO profesionalizará y brindará consistencia a nuestra marca como destino para convertir a Puerto Rico en el principal destino turístico del Caribe y ser reconocido como un destino de primer orden.

Ante estos cambios significativos en el sector turístico, es importante que toda la ciudadanía conozca la importancia de este sector en nuestra economía y principalmente los estudiantes del sistema público. Por consiguiente, se atempera nuestro ordenamiento jurídico, a los fines de derogar la Ley Núm. 174 de 11 de mayo de 1938, la cual tiene como propósito el establecer una campaña educativa hacia la observación de un trato justo, ecuánime y cortés hacia los turistas. Como parte de estas actividades, que se celebraba durante la primera semana después del último domingo del mes de enero de cada año, se fomentaba el que el Director de Turismo en conjunto con otros jefes de dependencias y la antigua Instrucción Pública, realizaban actividades de orientación. Esta legislación, aunque es de suma importancia, debe atemperarse a la realidad jurídica y a las necesidades de una economía globalizada. Por consiguiente, es de suma importancia que nuestros estudiantes del sistema público conozcan la importancia del sector turístico en nuestra economía más aun cuando el Gobierno de Puerto Rico aspira a promover la isla como un solo destino.

      Con la aprobación de esta Ley, la Asamblea Legislativa promueve y fomenta las actividades turísticas en Puerto Rico.  Somos conscientes que, para conseguir crecer aún más nuestra industria de Turismo, y de esa manera mejorar nuestro progreso colectivo y económico, social y cultural, se requiere el más alto grado de cooperación consciente y efectiva de todos y cada uno de los habitantes de Puerto Rico, prestando apoyo y respaldo moral y cívico a los planes del Gobierno. Del trato que reciban en Puerto Rico los turistas o visitantes extranjeros, no solo de parte de los oficiales del Gobierno, sino también del pueblo en general, ha de depender la opinión en los Estados Unidos y países extranjeros en cuanto a la cultura de nuestra isla, y lo que es más, la disposición de otras personas a visitar nuestra tierra. En el pasado, había una tendencia mal fundada por parte de personas poco escrupulosas de especular o cobrar a los extranjeros visitantes precios exagerados por servicios prestados o efectos vendidos, o de crearles dificultades innecesarias, disgustando de esta manera a dichos visitantes, especialmente a aquellos que nos visitan en viaje de recreo o descanso. Eso ha cambiado mucho con la educación y por eso es importante que esos esfuerzos se amplíen.

      Esta Asamblea Legislativa entiende que es la Compañía de Turismo quien debe celebrar una campaña educativa hacia la continuación de la observancia de un trato justo, ecuánime y cortés hacia los turistas y extranjeros visitantes en Puerto Rico. Esa campaña debe centrarse en  lo que respecta a la enseñanza, persuasión, celo y vigilancia en cuanto a que los turistas y extranjeros que visitan a Puerto Rico en viaje de recreo o descanso reciban un trato justo, ecuánime, respetuoso, afable, cortés y de espontánea simpatía por parte de empleados públicos, dueños y empleados de hoteles y de empresas de transporte, y conductores de vehículos públicos, dueños y empleados de establecimientos comerciales, vendedores ambulantes, portadores, agentes de tráfico, y público en general. Igualmente, debemos procurar que la juventud puertorriqueña participe de estas actividades.

Es por tal motivo, y entendiendo la importancia de fomentar una cultura y economía basada en el turismo, que esta Asamblea Legislativa, entiende necesario el que se conmemore en Puerto Rico, el 27 de septiembre, como el “Día Mundial del Turismo”. De esta manera se promoverá el que se realicen actividades con el fin de dar a conocer a Puerto Rico como destino internacional, al igual que reforzar el turismo local, que tan importante es para nuestra economía. Por otro lado, se conmemora la semana que comprende el 27 de septiembre de cada año como la “Semana Educativa Pro Turismo en Puerto Rico”, la cual tienen el propósito de que los estudiantes del sistema público conozcan sobre el sector del turismo y la importancia de la misma en nuestra economía.

DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

Sección 1.- Se designa la última semana de septiembre de cada año como la “Semana Educativa Pro Turismo en Puerto Rico” y se designa el día 27 de septiembre de cada año como el “Día Mundial del Turismo”, a los fines de concienciar sobre la importancia del Turismo tanto a nivel local como mundial.   

Sección 2.- Cada año el Secretario de Estado de Puerto Rico emitirá una proclama a esos efectos y exhortará a todas las entidades públicas, municipales y privadas, así como a la ciudadanía, a organizar actividades, a tenor con el propósito de esta Ley.

Sección 3.- El Director(a) Ejecutivo(a) de la Compañía de Turismo, deberá adoptar las medidas que sean necesarias para la consecución de los objetivos de esta Ley, mediante la organización y celebración de actividades para la conmemoración y promoción del “Día Mundial del Turismo”. También, se promoverá la participación de la ciudadanía y de las entidades públicas y privadas en las actividades a llevarse a cabo en dicho día.

Sección 4.- El Director(a) Ejecutivo(a) de la Compañía de Turismo, en conjunto con el Secretario(a) del Departamento de Educación, durante la “Semana Educativa Pro Turismo en Puerto Rico” realizarán actividades en escuelas del sistema público a los fines de enseñar y estimular entre el estudiantado la importancia de la industria turística y como ofrecer mejor servicio a todos los visitantes.

Sección 5.- Se deroga la Ley Núm. 174 de 11 de mayo de 1938, según enmendada.

Sección 6.- Esta Ley entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación. 

 

Notas Importantes:

1. Este documento es una copia de la ley original cuando fue aprobada, no incluye enmiendas posteriores.

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ADVERTENCIA

Este documento constituye una copia original de las Leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, esta sujeto a las enmiendas posteriores y a la integración de las enmiendas a la ley principal de las Leyes de Puerto Rico. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad. Siempre busque leyes posteriores para posibles enmiendas a esta ley y/o la ley principal, según enmendada y actualizada.  

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