Ley Núm. 178 del año 2019


(P. del S. 1104); 2019, ley 178

 

Para declarar el día 7 de octubre de cada año como el “Día de la Recordación por las Victimas del Derrumbe del Sector Mameyes de Ponce”.

Ley Núm. 178 de 18 de diciembre de 2019

 

Para declarar el día 7 de octubre de cada año como el “Día de la Recordación por las Victimas del Derrumbe del Sector Mameyes de Ponce“, con el fin de rendirle homenaje póstumo a las víctimas fatales producto del fenómeno atmosférico que afectó a Puerto Rico en el 1985; y para otros fines relacionados.

  

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El derrumbe de tierra en el Sector Mameyes de Ponce, Puerto Rico, ocurrió el 7 de octubre de 1985. Una onda tropical estacionaria, que luego fue clasificada como la Tormenta Tropical Isabel, produjo cerca de veinticuatro pulgadas de lluvia en veinticuatro horas y establecieron el récord de lluvias máximas en Puerto Rico en este periodo de tiempo. Gran cantidad de agua se infiltró en los estratos de rocas calizas en la zona.

 

 Entre las tres y cuatro de la mañana, mientras la mayoría de los residentes dormían, en el Sector Mameyes se deslizaron unas doscientas sesenta mil yardas cúbicas de material del cerro arrastrando y destruyendo unas ciento veinte casas y donde alrededor de ciento veintinueve personas perecieron. Al finalizar la búsqueda, aún quedaban varias personas desaparecidas y se entiende que todavía están sepultadas debajo del lodo y escombros, siendo este uno de los peores derrumbes en la historia de Puerto Rico. 

 

El recuerdo de esta noche de horror, muerte y lluvia tormentosa, en la que cientos de casas de madera y zinc colapsaron al derrumbarse el cerro Mameyes, estremece a quienes vivieron esa tragedia.

 

 Por lo que, ciertamente, el dolor y desasosiego causados por este derrumbe, permanecen en la memoria y en el corazón de los puertorriqueños que se solidarizaron con las familias afectadas. La cantidad de personas fallecidas como resultado de este evento atmosférico debe quedar en la memoria colectiva como sinónimo de una comunidad que, a pesar de las terribles circunstancias que vivieron, se levantó y  superó la adversidad. Esta comunidad nunca olvidará a sus seres queridos perdidos en esta tragedia.  Por lo cual, esta Asamblea Legislativa entiende meritorio recordar a las víctimas de esta devastadora tragedia, como símbolo de nuestra solidaridad y superación como pueblo.

 

DECRéTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

 

Articulo 1.- Se declara el 7 de octubre de cada año como el “Día de la Recordación por las Víctimas del Derrumbe  del Sector Mameyes de Ponce”, con el fin de rendirle homenaje póstumo y recordar las víctimas fatales producto del fenómeno atmosférico que afectó a Puerto Rico en el 1985.

 

Artículo 2.- Cada año el Gobernador de Puerto Rico emitirá una proclama a esos efectos y exhortará a todas las entidades, públicas y privadas, así como a la ciudadanía en general, a organizar actividades a tenor con el propósito de esta Ley.

 

Artículo 3.- El 7 de octubre de cada año, las banderas de los Estados Unidos de América y de Puerto Rico ondearán a media asta en todos los edificios públicos del Gobierno de Puerto Rico, incluyendo los municipios. 

 

Artículo 4.- Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.  

 

Notas Importantes:

1. Este documento es una copia de la ley original cuando fue aprobada, no incluye enmiendas posteriores.

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ADVERTENCIA

Este documento constituye una copia original de las Leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, esta sujeto a las enmiendas posteriores y a la integración de las enmiendas a la ley principal de las Leyes de Puerto Rico. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad. Siempre busque leyes posteriores para posibles enmiendas a esta ley y/o la ley principal, según enmendada y actualizada.  

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