Ley Núm. 30 del año 2020


(P. del S. 305); 2020, ley 30

Para designar la Carretera PR-526 en los sectores Tanamá y Portillo de Adjuntas, con el nombre de “Antonio Portalatín Betancourt”.

Ley Num. 30 de 17 de marzo de 2020

 

Para designar la Carretera PR-526 en la jurisdicción de los sectores Tanamá y Portillo en los límites territoriales del Municipio de Adjuntas, con el nombre de Antonio Portalatín Betancourt o mejor conocido como Don Toño.

 

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Antonio Portalatín Betancourt es un dedicado agricultor y porteador público, cuyo trabajo en su natal pueblo de Adjuntas es reconocido y valorado por toda la comunidad. Antonio nació un 24 de abril de 1924, en el Barrio Tanamá de Adjuntas, donde tuvo una infancia tranquila junto a sus padres, el señor Tomás Portalatín y la señora Agripina Betancourt. Es el noveno de los veinte hermanos que procrearon sus padres. Antonio se casó con Claudia Ramos Padua (Q.E.P.D.) en el 1946 y de esa unión nacieron cuatro hijos: María Nélida, Juan Antonio, Isabel y Aníbal.

 

Antonio se destacó como porteador público proveyendo transportación pública a los jóvenes estudiantes de su barrio Tanamá hasta el pueblo de Adjuntas, para recibir el pan de la enseñanza. Además, durante tres décadas también ofreció transportación a los residentes del barrio. A partir de la década de 1980, Antonio dedica todo su tiempo al desarrollo de la agricultura en sus terrenos.

 

Antonio Portalatín Betancourt siempre ha sido un líder comunitario innato, que ha estado presente para colaborar en todos los asuntos que surgen día a día en su barrio Tanamá y buscando las soluciones a los problemas que aquejan a su comunidad. Por estas razones, esta Asamblea Legislativa entiende que las cualidades de servicio y ejecutorias en favor de su comunidad del barrio Tanamá, Antonio Portalatín Betancourt merece ser recordado y reconocido por las nuevas generaciones de residentes del barrio Tanamá de Adjuntas.

 

DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

         

Artículo 1.- Se designa la Carretera PR-526, en la jurisdicción de los sectores Tanamá y Portillo, en los límites territoriales del Municipio de Adjuntas, con el nombre de Antonio Portalatín Betancourt.

 

Artículo 2.- La Comisión Denominadora de Estructuras y Vías Públicas del Gobierno de Puerto Rico, junto al Departamento de Transportación y Obras Públicas y el Gobierno Municipal de Adjuntas, tomará las medidas necesarias para dar cumplimiento a las disposiciones de esta Ley, sin sujeción a lo dispuesto en la Ley Núm. 99 del 22 de junio de 1961, según enmendada.

 

A fin de lograr la rotulación que aquí procede, se autoriza al Municipio de Adjuntas a peticionar, aceptar, recibir, preparar y someter propuestas para aportaciones y donativos de recursos de fuentes públicas y privadas; parear cualesquiera fondos disponibles con aportaciones federales, estatales, municipales o del sector privado; así como a entrar en acuerdos colaborativos con cualquier ente, público o privado, dispuesto a participar en el financiamiento de esta rotulación.

 

Artículo 3.- Vigencia.

Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación. 

 

Notas Importantes:

1. Este documento es una copia de la ley original cuando fue aprobada, no incluye enmiendas posteriores.

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ADVERTENCIA

Este documento constituye una copia original de las Leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, esta sujeto a las enmiendas posteriores y a la integración de las enmiendas a la ley principal de las Leyes de Puerto Rico. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad. Siempre busque leyes posteriores para posibles enmiendas a esta ley y/o la ley principal, según enmendada y actualizada.  

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