2023 Jurisprudencia del Tribunal Supremo de Puerto Rico 2023

2023 DTS 062 REYES SORTO Y OTROS V. E.L.A. Y COLEGIO DE INGENIEROS 2023TSPR062

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Fredy I. Reyes Sorto, Gerardo Cerra Ortiz, Luis S. Berríos Montes, Luis Sousa Gallardo, Antonio Sanes Rosario,

Edgardo Camacho García, José T. Santiago Díaz y Daniel Gómez Marrero

Apelados

v.

Estado Libre Asociado de Puerto Rico por conducto de su Secretaria de Justicia,

Honorable Wanda Vázquez Garced

Apelados

 

Colegio de Ingenieros y Agrimensores de Puerto Rico,

por conducto de su Presidente, Ing. Pablo Vázquez Ruiz

Apelantes

 

Apelación

2023 TSPR 62

211 DPR ___, (2023)

211 D.P.R. ___, (2023)

2023 DTS 62, (2023)

Número del Caso:  AC-2021-0072

Fecha:  4 de mayo de 2023

 

Tribunal de Apelaciones: Panel VIII

             

Abogados de la parte apelante:

Lcdo. William Vázquez Irizarry

Lcdo. Alberto Omar Jiménez Santiago

Lcdo. Carlos E. Cardona Fernández

 

Abogado de la parte apelada:

Lcdo. Armando Del Valle Muñoz

 

Oficina del Procurador General:

Hon. Fernando Figueroa Santiago

Procurador General

 

Lcdo. Omar Andino Figueroa

Subprocurador General

 

Abogados del Amicus Curiae:

Lcdo. Ramón L. Rosario Cortés

Lcdo. Ferdinand Ocasio

Lcdo. Miguel A. Rodríguez Ramos

      

Materia: Derecho Constitucional- Colegiación compulsoria.

Resumen: Sentencia- Por falta de la mayoría de los jueces se declara constitucional la Sec. 3 de la Ley Núm. 319 de 15 de mayo de 1938, Ley del Colegio de Ingenieros y Agrimensores de Puerto Rico, 20 LPRA sec. 733, que exige la colegiación compulsoria de los ingenieros y agrimensores para que estos puedan ejercer su profesión en Puerto Rico. Se revoca al TA y desestima la demanda. Tiene Opiniones de conformidad y Opinión disidente.

 

ADVERTENCIA

Este documento está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal Supremo. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad.

   

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 4 de mayo de 2023.

 

       Visto el Art. V, Sec. 4 de la Constitución de Puerto Rico, que dispone que ninguna ley se declarará inconstitucional a no ser por una mayoría del número total de los jueces o juezas de que esté compuesto el Tribunal, nos encontramos igualmente divididos.

 

En consecuencia, se revoca la Sentencia dictada por el Tribunal de Apelaciones que declaró inconstitucional la Sec. 3 de la Ley Núm. 319 de 15 de mayo de 1938, Ley del Colegio de Ingenieros y Agrimensores de Puerto Rico, 20 LPRA sec. 733, que exige la colegiación compulsoria de los ingenieros y agrimensores para que estos puedan ejercer su profesion en Puerto Rico. Véase también, Sánchez Rodríguez v. López Jiménez, 116 DPR 392 (1985). En vista de ello, se desestima la demanda instada en el recurso de epígrafe. 

 

       Lo acordó el Tribunal y certifica el Secretario del Tribunal Supremo. El Juez Asociado señor Rivera García emitió una Opinión de conformidad a la cual se le une la Jueza Presidenta Oronoz Rodríguez y el Juez Asociado señor Estrella Martínez.  El Juez Asociado señor Colón Pérez emitió una Opinión de conformidad.  El Juez Asociado señor Martínez Torres emitió una Opinión disidente a la cual se le une la Jueza Asociada señora Pabón Charneco, el Juez Asociado señor Kolthoff Caraballo y el Juez Asociado señor Feliberti Cintrón.

 

Javier O. Sepúlveda Rodríguez

Secretario del Tribunal Supremo

 

Véase Otras Opiniones del caso.

1. Opinión de conformidad emitida por el Juez Asociado señor Rivera García a la cual se une la Jueza Presidenta Oronoz Rodríguez y el Juez Asociado señor Estrella Martínez.

2. Opinión de Conformidad emitida por el Juez Asociado señor COLÓN PÉREZ.

3. Opinión disidente emitida por el Juez Asociado señor MARTÍNEZ TORRES, a la que se unieron la Jueza Asociada señora PABÓN CHARNECO y los Jueces Asociados señor KOLTHOFF CARABALLO y señor FELIBERTI CINTRÓN.

------------------------------------------------------------

1. Regresar al Índice y Seleccionar otro Caso.

2. Ver Índice por Años hasta el Presente.

3. Búsquedas Avanzadas de la Jurisprudencia desde el 1899 al presente y las Leyes Actualizadas. (Solo Socios o Suscriptores)

4. Club de LexJuris de Puerto Rico www.LexJuris.net para ver los beneficios y precios de las membresías y/o tiendita para ordenar membresía, libros y otros productos, visite  www.LexJurisStore.com o llame al tel. (787) 269-6475 LexJuris de Puerto Rico.

 

La información, imágenes, gráficas u otro contenido en todos los documentos preparados por LexJuris de Puerto Rico son propiedad de LexJuris de Puerto Rico. Otros documentos disponibles en nuestras conexiones son propiedad de sus respectivos dueños.  

-------------------------------------------------------------

Derechos Reservados.

Copyrights © 1996-presente.

LexJuris de Puerto Rico.