2022 Leyes de Puerto Rico 2022 

 Ley Núm. 28 del año 2022

(P. del S. 518); 2022, ley 28

Para enmendar el inciso (j) del Artículo 2.25 de la Ley Núm. 22 de 2000, Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico. Aumentar a 10 años los rótulos removibles de estacionamiento para personas con impedimentos y otras.

Ley Núm. 28 de 27 de mayo de 2022

Para enmendar el inciso (j) del Artículo 2.25 de la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”, a los fines de cambiar el término de vigencia y renovación de seis (6) a diez (10) años, del rótulo removible que autoriza a las personas a estacionar en áreas designadas para personas con impedimentos, personas con condiciones de salud incapacitantes permanentemente o de duración indefinida; y para otros fines relacionados.     

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Ley 22-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”, en su exposición de motivos, comienza indicando que “[e]ntre las obligaciones más importantes del Estado moderno se incluyen las de promover y velar por la seguridad pública en todas sus variantes, simplificar y agilizar las gestiones de los ciudadanos en su contacto diario con los organismos gubernamentales, y mantener al día con los últimos adelantos científicos y tecnológicos aquellas leyes y reglamentos que tienen mayor impacto sobre las actividades cotidianas del pueblo”.

En el esfuerzo recurrente de esta Asamblea Legislativa por ayudar a los ciudadanos de Puerto Rico y en aras de poder facilitar los procesos que estos realizan antes las agencias gubernamentales es que proponemos aumentar el periodo de tiempo de la validez de los permisos de estacionamiento removible a personas con impedimentos físicos permanentes o de larga duración. Actualmente, el Artículo 2.25 de la Ley 22-2000, supra, indica que:

El Secretario expedirá permisos para estacionar en áreas designadas para personas con impedimentos en forma de rótulos removibles, a toda persona cuyo impedimento permanente o de duración indefinida le dificulte el acceso a lugares o edificios por estar limitada sustancialmente en su capacidad de movimiento, con sujeción a las siguientes normas:

            (a) …

            …

(j) El permiso de estacionamiento en forma de rótulo removible aquí dispuesto será expedido por un término de seis (6) años, renovable por periodos sucesivos de seis (6) años de manera escalonada de acuerdo a la fecha de nacimiento de la persona autorizada.

[1]

No obstante, coexiste el Artículo 2.26 que regula el mismo asunto, pero para personas cuya condición médica sea de duración temporera. Al presente, ambos artículos tienen la misma redacción. Como consecuencia, para todas las personas que solicitan este permiso, independientemente tengan una condición permanente o temporera, el término de vigencia y, por tanto, renovación del permiso, es cada seis (6) años.

Dado que la condición de algunas personas es permanente o de larga duración, entendemos que será de beneficio para estos el que no tengan que renovar estos permisos cada seis (6) años como lo dispone actualmente la ley, ofreciéndoles un poco más de tiempo.

DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

Sección 1.- Se enmienda el inciso (j) del Artículo 2.25 de la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”, para que lea como sigue:

“Artículo 2.25- Expedición de permisos autorizando estacionar en áreas designadas para personas con impedimentos.

El Secretario expedirá permisos para estacionar en áreas designadas para personas con impedimentos en forma de rótulos removibles, a toda persona cuyo impedimento permanente o de duración indefinida le dificulte el acceso a lugares o edificios por estar limitada sustancialmente en su capacidad de movimiento, con sujeción a las siguientes normas:

(a) …

(i) El Secretario dispondrá mediante reglamento todo lo concerniente al diseño, tramitación, procesamiento y certificación del permiso de estacionamiento en forma de rótulo removible, incluyendo su contenido, tamaño, colores, expedición, renovación y cancelación.

(j) El permiso de estacionamiento en forma de rótulo removible aquí dispuesto será expedido por un término de diez (10) años, renovable por periodos sucesivos de diez (10) años, de manera escalonada, de acuerdo con la fecha de nacimiento de la persona autorizada.

…”

Sección 2.- Se instruye el Departamento de Transportación y Obras Públicas a enmendar, modificar, derogar o adoptar la reglamentación necesaria para cumplir con el propósito de esta Ley.

Sección 3.- Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.


Nota al calce

[1] Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico, Ley 22-2000, art. 2.25(j), 9 LPRA 5026 (2013 & Supl. 2021).

 

----------------------------------------------------------------------------------

ADVERTENCIA

-Este documento es una copia de la Ley original de Puerto Rico cuando fue aprobada, no incluye enmiendas posteriores. Está sujeto a las enmiendas posteriores y a la integración de las enmiendas a la ley principal de las Leyes de Puerto Rico. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad. Siempre busque leyes posteriores para posibles enmiendas a esta ley y/o la ley principal, según enmendada y actualizada en www.LexJuris.net

---------------------------------------- 

1. Presione Aquí para ver la Ley Completa, con sus Enmiendas integradas y Actualizada. (Solo socios y Suscriptores)

2. Presione Aquí para Regresar al Índice y Seleccionar otra ley.

3. Presione Aquí para ver Índice por Años desde el 1997 al presente.

4. Búsquedas Avanzadas de todas las Leyes de Puerto Rico Actualizadas y la Jurisprudencia desde el 1899 al presente. (Solo socios y Suscriptores)

5. Visite la página de nuestro Club de LexJuris de Puerto Rico www.LexJuris.net para ver los beneficios y precios de las membresías y/o tiendita para ordenar su membresía en www.LexJurisStore.com o llame al tel. (787) 269-6475 LexJuris de Puerto Rico.

-----------------------------------------------------

La información, las imágenes, gráficas u otro contenido en todos los documentos preparados por LexJuris son propiedad de LexJuris. Otros documentos disponibles en nuestras conexiones son propiedad de sus respectivos dueños. Derechos Reservados. Copyright (c) 1996-al presente LexJuris de Puerto Rico.