2022 LEYES DE PUERTO RICO 2022

 Ley Núm. 55 del año 2022

(P. de la C. 410); 2022, ley 55

Para decretar la última semana del mes de enero de cada año como la “Semana de la Prevención del Consumo de Sustancias Controladas en Menores de Edad”.

Ley Num. 55 de 18 de julio de 2022 

Para decretar en Puerto Rico, la última semana del mes de enero de cada año como la “Semana de la Prevención del Consumo de Sustancias Controladas en Menores de Edad”, con el propósito de orientar, educar, crear conciencia y afianzar en la población la importancia de la prevención del consumo de sustancias controladas en los menores de edad. 

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El consumo, uso y abuso de sustancias controladas es un problema serio que abarca a todo Puerto Rico y, lamentablemente, nuestros niños y jóvenes no están exentos de esto. Con frecuencia, pueden recibir acercamientos de personas que intenten inducirlos a probar tabaco, alcohol o drogas. Es por esto que es necesario educar a nuestros niños y jóvenes para que conozcan qué hacer y cómo enfrentarse sin miedo a este tipo de propuesta indeseable, independientemente provenga de un familiar, en su entorno escolar o de algún desconocido. 

Como parte de los esfuerzos para combatir este problema a nivel mundial, a través del Anti-Drug Abuse Act of 1988 fue creada la Oficina Nacional de Política para el Control de Drogas. Esta última a su vez administra dos programas: (1) the High Intensity Drug Trafficking Areas (HIDTA) y (2) los Drug-Free Communities (DFC).  

El programa HIDTA asiste a las autoridades federales, estatales, locales y tribales que operan en áreas identificadas como regiones críticas para el tráfico de drogas en los Estados Unidos. HIDTA apoya los esfuerzos de legislación en contra de las drogas en los 50 estados, el Distrito de Columbia, Puerto Rico y las Islas Vírgenes de los Estados Unidos. Por otro lado, el programa DFC proporciona subvenciones a coaliciones comunitarias para fortalecer la infraestructura entre los colaboradores locales para crear y mantener una reducción en el abuso de sustancias entre los jóvenes. Actualmente, hay 731 coaliciones financiadas por DFC en todo el País[1]

      Desde el año 1990, la Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción (ASSMCA) administra una encuesta titulada Consulta Juvenil. Esta encuesta es un estudio transversal realizado en las escuelas públicas y privadas de Puerto Rico. Fue diseñada con el propósito de monitorear la prevalencia del uso de sustancias entre los estudiantes de séptimo a duodécimo grado. Los objetivos de este estudio incluyen: describir el patrón de uso de drogas entre los estudiantes, analizar las tendencias en el uso de substancias desde el 1990 al presente, identificar los factores de riesgo y protección asociados al uso de substancias en el individuo, familia, pares, escuela y comunidad, y describir las conductas de riesgo (violencia, suicidio, relaciones sexuales) a las que se exponen los estudiantes. 

La más reciente Consulta Juvenil comprende los años académicos 2018-2019 y 2019-2020. En esta consulta podemos apreciar que la substancia más utilizada por los estudiantes alguna vez en su vida fue el alcohol (42.9%), seguido por la marihuana (13.0%) y los inhalantes (6.3%). Además, vemos que el 8.7% de los adolescentes indicó haber usado tabaco y el 4.9% reportó el uso de pastillas no recetadas para “coger una nota”. Con excepción de alcohol, los varones informaron haber utilizado todas las sustancias con mayor frecuencia que las féminas. (ver tabla B.2.a Uso de substancias por sexo y nivel escolar, Consulta Juvenil 2018-2020)

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 Señalamos que en esta Consulta se exploró por primera vez el uso de vaporizadores o cigarrillos electrónicos por parte de los adolescentes. Aproximadamente 1 de cada 5 estudiantes (22.7%) ha usado vaporizadores alguna vez en su vida. De estos, la mayoría reportó haberlos usado con nicotina (32.7%) o marihuana (16.1%)(ver tabla B.2.d Uso de vaporizadores por sexo y nivel escolar, Consulta Juvenil 2018-2020).

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 Es de conocimiento que los factores de riesgo son características o atributos del individuo, grupo o ambiente que aumentan la probabilidad de que un individuo lleve a cabo la conducta problemática. Los principales factores de riesgo reportados por los estudiantes fueron el uso de alcohol en la familia (56.6%) y entre los amigos (43.7%). Además, entre 2 y 3 de cada 10 estudiantes reportaron percepción de fácil acceso al alcohol (28.6%) y al tabaco (19.2%), ambiente familiar conflictivo (24.2%), uso de drogas en los amigos (20.7%) y el uso de tabaco en la familia (19.4%) y en los amigos (20.1%). Menos del 20% de los estudiantes reportaron como factores de riesgo el fácil acceso a las drogas, el ausentismo escolar, el uso de drogas en la familia o historial familiar de problemas con alcohol o drogas (ver tabla B.4 Factores de Riesgo y protección de uso de substancias por sexo y nivel escolar, Consulta Juvenil 2018-2020).

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 Asimismo, el 41.2% de los adolescentes indicó haber participado durante el último año en actividades de prevención de uso de substancias (tabaco, alcohol, pastillas no recetadas, marihuana y drogas) dentro o fuera de la escuela. La mayoría de los estudiantes (70.5%) indicaron que en alguna de sus clases les habían enseñado sobre los peligros de usar cualquier substancia. Casi todos los estudiantes (96.8%) indicaron que sus padres o tutores les habían hablado sobre los peligros de usar cualquier substancia y la mayoría (64.8%) ha visto o escuchado por televisión, Internet, radio o revistas mensajes que promueven el no usarlas.

 

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 Por consiguiente, es responsabilidad de esta Asamblea Legislativa el promulgar medidas preventivas para salvaguardar el bienestar y desarrollo de nuestros niños y jóvenes. Entendemos prudente decretar anualmente en Puerto Rico una semana para orientar y educar a los menores de edad sobre la importancia de no consumir sustancias controladas y los peligros que esto representa en la salud.

DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

Artículo 1.- Se declara la última semana del mes de enero de cada año como la “Semana de la Prevención del Consumo de Sustancias Controladas en Menores de Edad”, con el propósito de orientar, educar, crear conciencia y afianzar en la población la importancia de la prevención del consumo de sustancias controladas en menores de edad.

Artículo 2.- El Departamento de Salud, la Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción (ASSMCA), el Departamento de Educación, junto a las agencias estatales pertinentes, municipios y cualesquiera otras organizaciones sin fines de lucro, tendrán a su cargo el adoptar las medidas necesarias para dar cumplimiento a los propósitos de esta Ley realizando, pero sin limitarse a actividades dentro y fuera de las escuelas públicas del país.  Asimismo, se promoverá la participación de la ciudadanía y de las entidades privadas en las actividades propias de la Semana de la Prevención del Consumo de Sustancias Controladas en Menores de Edad. A su vez, las agencias pertinentes podrán utilizar como medio de difusión con el propósito de concienciar sobre el consumo de sustancias controladas en menores las redes sociales, medios escritos, radiales y televisivos.  

Artículo 3.- El Gobernador de Puerto Rico dará cumplimiento a los propósitos de esta Ley y mediante proclama al afecto exhortará anualmente a todo el pueblo puertorriqueño a realizar en esta semana actividades conducentes a celebrar y educar a la ciudadanía sobre el consumo de sustancias controladas en menores de edad y exhortará a todas las entidades públicas y privadas, así como a la ciudadanía en general, a organizar actividades a tenor con el propósito de esta ley.

Artículo 4.-Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación. 


Nota al calce

[1] https://www.whitehouse.gov/ondcp/

 

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ADVERTENCIA

-Este documento es una copia de la Ley original de Puerto Rico cuando fue aprobada, no incluye enmiendas posteriores. Está sujeto a las enmiendas posteriores y a la integración de las enmiendas a la ley principal de las Leyes de Puerto Rico. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad. Siempre busque leyes posteriores para posibles

 

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