2026 LEYES DE PUERTO RICO 2026
Ley Núm. 18 del año 2026
P. del S. 923; 2026, ley 18
Para enmendar el Artículo 92 de la Ley Núm. 146-2012, Código Penal de Puerto Rico.
Ley Núm. 18 de 12 de febrero de 2026
Para enmendar el Artículo 92 de la Ley 146-2012, según enmendada, conocida como “Código Penal de Puerto Rico”, a los fines de establecer que para propósito de lo dispuesto en los incisos (g) y (h) del Artículo 93 de dicha Ley, se considerará ser humano al concebido en cualquier etapa de gestación dentro del útero materno; y para otros fines relacionados.
EXPOSICION DE MOTIVOS
La Ley 166-2025, conocida como la Ley Keyshla Madlane, entre otras disposiciones, tipifica como asesinato en primer grado cuando se da muerte a propósito y con conocimiento a una mujer embarazada, resultando, además, en la muerte del concebido en cualquier etapa de gestación dentro del útero materno.
Por su parte, la Ley 183-2025, entre otras cosas, enmendó el Artículo 67 Código Civil para reconocer al concebido en cualquier etapa de gestación dentro del útero materno como ser humano y persona natural.
En ánimos de mantener coherencia entre las disposiciones civiles y penales, es necesario hacer constar y definir en el Código Penal vigente que el asesinato contra un ser humano, según se tipifica en los incisos (g) y (h) del Artículo 93, incluye al concebido en cualquier etapa de gestación dentro del útero materno.
DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
Sección 1. – Se enmienda el Artículo 92 de la Ley 146-2012, según enmendada, para que se lea como sigue:
“Artículo 92. — Asesinato.
Asesinato es dar muerte a un ser humano a propósito, con conocimiento o temerariamente.
Para propósito de los incisos (g) y (h) del Artículo 93, ser humano incluirá al concebido en cualquier etapa de gestación dentro del útero materno.”
Sección 2. – Vigencia.
Esta Ley entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.
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ADVERTENCIA
-Este documento es una copia de la Ley original de Puerto Rico cuando fue aprobada, no incluye enmiendas posteriores. Está sujeto a las enmiendas posteriores y a la integración de las enmiendas a la ley principal de las Leyes de Puerto Rico. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad. Siempre busque leyes posteriores para posibles enmiendas a esta ley y/o la ley principal, según enmendada y actualizada en www.LexJuris.net
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