2026 LEYES DE PUERTO RICO 2026
Ley Núm. 24 del año 2026
(P. de la C. 913); 2026, ley 24
Para demarcar la extensión del Frente Marítimo del Municipio Autónomo de Cataño, incluyendo el Malecón Edwin Rivera Sierra, como “Zona de Turismo Gastronómico”.
Ley Núm. 24 de 17 de febrero de 2026
Para demarcar la extensión del Frente Marítimo del Municipio Autónomo de Cataño, incluyendo el Malecón Edwin Rivera Sierra, como “Zona de Turismo Gastronómico”, comprendiendo la Avenida Las Nereidas, desde la Calle Destino hasta la Avenida Barbosa, y la Avenida Barbosa, desde la Calle José I. Correa hasta La Puntilla de Cataño; establecer un Comité de Trabajo de la Compañía de Turismo de Puerto Rico, para que pueda identificar, tomar acción afirmativa y dar debido cumplimiento a todos los requerimientos dispuestos en esta Ley; incluyendo el establecimiento de acuerdos colaborativos con el Municipio de Cataño y/o cualquier otra entidad pública o privada; desarrollar los planes de mercadeo y promoción que se estime necesario; someter un Informe Anual ante la Asamblea Legislativa pormenorizando su cumplimiento con los requerimientos y exigencias de esta Ley; coordinar con otras agencias; y para otros fines relacionados.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El Frente Marítimo de Cataño, incluyendo el Malecón Edwin Rivera Sierra, se ha consolidado como un eje central del desarrollo cultural, turístico y económico del municipio, atrayendo tanto a residentes como a visitantes de toda la isla y del extranjero. Su privilegiada ubicación frente a la Bahía de San Juan, combinada con su rica oferta gastronómica y su vibrante vida cultural, lo posiciona como un espacio único para el disfrute y la convivencia.
El turismo gastronómico ha evolucionado como un componente esencial del desarrollo turístico global. De acuerdo con la Organización Mundial del Turismo (OMT), hasta el 40% del gasto turístico a nivel mundial está relacionado con experiencias gastronómicas, lo que demuestra su capacidad para generar crecimiento económico y promover la identidad cultural de los destinos. En Puerto Rico, el turismo gastronómico ha sido clave en el desarrollo de municipios como Cabo Rojo, Caguas, Arecibo y Toa Baja, donde la designación de Zonas Gastronómicas ha impulsado el comercio local, aumentado el flujo de visitantes y generado nuevas oportunidades para pequeños y medianos empresarios.
Cataño es reconocido por ser un municipio con una identidad cultural profundamente ligada a su litoral. A lo largo del Frente Marítimo, y en particular en el Malecón Edwin Rivera Sierra, los visitantes pueden disfrutar de vistas espectaculares del Castillo San Felipe del Morro y de la Bahía de San Juan, además de una variada oferta gastronómica en restaurantes, quioscos y establecimientos especializados en platos típicos puertorriqueños, especialmente aquellos elaborados con mariscos frescos y productos locales.
Un componente esencial de esta oferta es la Villa Pesquera de Cataño, ubicada en la Avenida Las Nereidas. Este centro es un pilar de la economía local, donde pescadores de la comunidad ofrecen pescados y mariscos frescos como chillo, carrucho, langosta, pulpo y dorado, dependiendo de la temporada. Además de proveer productos frescos, algunos establecimientos en la villa preparan recetas tradicionales y contemporáneas, permitiendo a los visitantes disfrutar del auténtico sabor del mar directamente en el corazón de Cataño.
Otro elemento clave es el Terminal de Lanchas de Cataño, conocido como la “Lancha de Cataño”. Este servicio, que opera desde 1853, conecta de manera eficiente a Cataño con el Viejo San Juan. Durante este recorrido, los pasajeros disfrutan de vistas panorámicas de la Bahía de San Juan y monumentos históricos como el Castillo San Felipe del Morro. El ferry no solo facilita el transporte diario de residentes y turistas, sino que también genera un flujo constante de visitantes a la zona, beneficiando a los comercios locales y fortaleciendo la economía del municipio.
Además, el Frente Marítimo de Cataño es sede de la reconocida Feria en Cataño, un evento anual que celebra la cultura, tradición y gastronomía puertorriqueña. En su más reciente edición, realizada durante el pasado mes de diciembre de 2024, se esperaba la asistencia de más de 200,000 personas. Este evento se destaca por la participación de más de 240 artesanos de diversas disciplinas, música en vivo con reconocidos exponentes de géneros populares, trovadores y una amplia oferta gastronómica. La feria no solo fomenta el desarrollo cultural, sino que también ofrece una plataforma esencial para la exposición y venta de artesanías locales, promoviendo la economía de la región y el sentido de comunidad.
La designación del Frente Marítimo de Cataño como Zona Gastronómica busca ampliar y fortalecer la oferta gastronómica y cultural del municipio, alineándose con la estructura comercial y turística ya existente. Esta zona estará delimitada por las mismas áreas establecidas en la Ordenanza Núm. 16, Serie 2024-2025, que regulan el horario de cierre de comercios en la región. La delimitación comprende la Avenida Las Nereidas, desde la Calle Destino hasta la Avenida Barbosa, y la Avenida Barbosa, desde la Calle José I. Correa hasta La Puntilla de Cataño. Este espacio integra la mayor parte de los restaurantes, quioscos, establecimientos gastronómicos y áreas culturales del municipio, consolidando su identidad como un punto de referencia culinario y turístico.
Para garantizar el éxito de esta iniciativa, se implementarán diversas estrategias enfocadas en la promoción, desarrollo de infraestructura y eventos gastronómicos. La primera de estas estrategias incluye un plan integral de mercadeo y promoción, el cual incluirá la colaboración de la Compañía de Turismo de Puerto Rico (CTPR). Como parte de este esfuerzo, se incorporará a Cataño en campañas como "1 Isla, 78 Destinos" y "Isla Aventura", maximizando su visibilidad como destino gastronómico. Además, se coordinarán esfuerzos con Discover Puerto Rico para fortalecer la presencia digital de los restaurantes y negocios de la zona, potenciando su alcance en plataformas como TripAdvisor, Yelp y Google Reviews.
Además, se establecerá un itinerario gastronómico y turístico que conecte puntos clave como el Malecón Edwin Rivera Sierra, la Villa Pesquera y el Terminal de Lanchas de Cataño. Este itinerario ofrecerá experiencias como degustaciones, recorridos culinarios y festivales gastronómicos, siguiendo modelos exitosos implementados en destinos reconocidos como Boquerón y Joyuda. Se fomentará también la integración de productores locales y pescadores en la cadena de valor de la oferta gastronómica, asegurando que los ingredientes utilizados en la cocina local provengan de fuentes frescas y sostenibles.
El desarrollo de la zona también incluirá la creación de incentivos y mejoras de infraestructura, con el respaldo de la Compañía de Turismo de Puerto Rico y el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio. Se gestionará además la asignación de incentivos a empresarios gastronómicos establecidos en la zona, promoviendo la inversión en nuevos negocios y el fortalecimiento de los existentes. Asimismo, se evaluará la posibilidad de mejoras en infraestructura urbana, tales como ensanches de aceras, optimización de la iluminación y rotulación turística, con el fin de mejorar la experiencia de los visitantes.
Finalmente, la designación de la Zona Gastronómica permitirá la ampliación del calendario de eventos y festivales gastronómicos en la zona. La ya reconocida Feria en Cataño se expandirá para incluir nuevas actividades como rutas nocturnas, mercados agrícolas y festivales temáticos de mariscos y coctelería local. Asimismo, se fomentará la creación de eventos culinarios en el Malecón Edwin Rivera Sierra, siguiendo el modelo de actividades exitosas en otras zonas gastronómicas de Toa Baja, Arecibo y Cabo Rojo.
Con esta designación, se impulsará un modelo de desarrollo sostenible que beneficiará a los comerciantes locales, ampliará la oferta culinaria y fomentará la integración comunitaria. Además, esta iniciativa consolidará al Frente Marítimo de Cataño como un eje de desarrollo económico y cultural en Puerto Rico, asegurando su permanencia y evolución como destino gastronómico de primer nivel. La declaración de esta zona gastronómica no solo reconoce su valor actual, sino que garantiza su crecimiento y posicionamiento en el panorama turístico y culinario de la isla.
DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
Artículo 1.-Designación Oficial.
Se designa el Frente Marítimo del Municipio de Cataño, incluyendo el Malecón Edwin Rivera Sierra, como “Zona de Turismo Gastronómico”; esta zona comprenderá todas las estructuras actuales y las que se establezcan en el futuro en la Avenida Las Nereidas, desde la Calle Destino hasta la Avenida Barbosa, y la Avenida Barbosa, desde la Calle José I. Correa hasta La Puntilla de Cataño.
Artículo 2.- Facultades y Deberes de la Compañía de Turismo de Puerto Rico.
Se le ordena a la Compañía de Turismo de Puerto Rico a:
(a) Establecer un Comité de Trabajo, que de así entenderlo pertinente, contará con composición interagencial, para que pueda identificar, tomar acción afirmativa y dar debido cumplimiento a todos los requerimientos aquí dispuestos. Este Comité de Trabajo deberá establecer los acuerdos colaborativos que sean necesarios con el Municipio de Cataño y/o cualquier otra entidad pública o privada para poder allegarse los recursos o presupuesto que sean necesarios para cumplir y hacer cumplir los propósitos de esta Ley. No obstante, si el Comité de Trabajo identifica que alguno de los requerimientos no puede ser atendido con el presupuesto y los recursos existentes del Municipio de Cataño, éste tendrá que asegurarse que los mismos estén específicamente consignados en los presupuestos subsiguientes.
(b) Incluir esta Zona dentro de su plan estratégico regional correspondiente para así maximizar su potencial como promotor de desarrollo económico.
(c) Desarrollar los planes de mercadeo y promoción que se estimen necesario, incluyendo el adiestramiento y apoyo a los comerciantes de la Zona, como al personal pertinente del Municipio de Cataño.
(d) Coordinar con el Municipio de Cataño todo lo relacionado a la designación y establecimiento de esta Zona; incluyendo, pero sin limitarse a, aspectos tales como (1) toda legislación municipal que se estime necesaria y pertinente, (2) toda interacción con las disposiciones del Código de Orden Público, (3) la seguridad y vigilancia por parte de la Policía Municipal, (4) colaboración con asociaciones de comerciantes, residentes y asociaciones sin fines de lucro, (5) agilidad en los procesos de permisología requeridos a nivel municipal y (6) el diseño y utilización del logo distintivo de la Zona.
(e) Coordinar con la Organización de Mercadeo de Destino, mejor conocida como el DMO por su acrónimo en inglés, todo lo relacionado a (1) la integración de la Zona en sus esfuerzos y campañas de mercadeo de nuestro destino, incluyendo aquellas que se llevan a cabo por medio de redes sociales, plataformas virtuales o por conducto de “influencers” y (2) ofrecer todo tipo de orientación y apoyo a los comerciantes de la Zona, conforme ya vienen realizando con diversos componentes del sector turístico.
(f) Coordinar con el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio todo lo relacionado a (1) la integración del mandato de política pública dispuesto por esta Ley, con los planes estratégicos de desarrollo económico del Departamento, (2) la identificación de todo tipo de fondos federales y/o estatales que puedan estar disponibles, particularmente para los comerciantes que operen en esta Zona y (3) la agilidad en los procesos de permisología requeridos por la Oficina de Gerencia de Permisos.
(g) Coordinar con la Junta de Planificación en torno a la posible designación de esta Zona como una “Zona de Interés Turístico”, conforme a la Ley Núm. 374 de 14 de mayo de 1949, según enmendada.
(h) Coordinar con el Departamento de Transportación y Obras Públicas y la Autoridad de Carreteras y Transportación todo lo relacionado al mantenimiento y la rotulación de las calles y carreteras en la Zona.
(i) Coordinar con el Instituto de Cultura Puertorriqueña todo lo relacionado con la promoción de la Zona por su vínculo con el quehacer cultural de nuestra Isla.
(j) Consultar con la Oficina de Gerencia y Presupuesto todo lo relacionado a las necesidades presupuestarias que pudiera requerir la implementación de esta Ley.
Artículo 3.- Reglamentación.
La Compañía de Turismo de Puerto Rico y el Municipio de Cataño aprobarán la reglamentación necesaria para cumplir con los propósitos de esta Ley dentro de los ciento ochenta (180) días calendario luego de la aprobación de la misma.
Artículo 4.- Informe Anual.
No más tarde del 1 de octubre de cada año, la Compañía de Turismo de Puerto Rico someterá ante la secretaría de ambos cuerpos legislativos un Informe Anual pormenorizando su cumplimiento con los requerimientos y exigencias de esta Ley.
Artículo 5.- Vigencia.
Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
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ADVERTENCIA
-Este documento es una copia de la Ley original de Puerto Rico cuando fue aprobada, no incluye enmiendas posteriores. Está sujeto a las enmiendas posteriores y a la integración de las enmiendas a la ley principal de las Leyes de Puerto Rico. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad. Siempre busque leyes posteriores para posibles enmiendas a esta ley y/o la ley principal, según enmendada y actualizada en www.LexJuris.net
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