2023 LEYES DE PUERTO RICO 2023

Ley Núm. 84 del año 2023

(P. de la C. 1677); 2023, ley 84

Para declarar el 7 de mayo de cada año como el “Día del Diseñador de Moda en Puerto Rico.”

Ley Núm. 84 de 8 de agosto de 2023

Para declarar el 7 de mayo de cada año como el “Día del Diseñador de Moda en Puerto Rico” en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El historiador Joseph Da’Ponte, creador de Puerto Rican Fashion History Council, explica que el recorrido histórico hacia la moda puertorriqueña nos permite conocer sus raíces y descubrir su estética a través de la historia. Según datos históricos, a principio del siglo XX, Puerto Rico vivió de la industria de la aguja. De la misma manera que tuvo su auge la industria del azúcar, del café o del tabaco, también estuvo la industria de la aguja. A principios de siglo, llegaron a contabilizarse sobre 44,000 costureras en todo el país. Nuestra moda tiene sus raíces en esa mezcla caribeña, cultural y urbana que es lo que hace rica la indumentaria puertorriqueña actual.

En términos económicos, Silvia Aguiló, historiadora y gestora de la Incubadora de Empresas e Industrias Creativas (IEIC) de Mayagüez, aboga que la alta costura en Puerto Rico está a la par con los grandes países del mundo que destacan en esa materia, y tiene el potencial para convertirse en una industria de gran desarrollo económico para la Isla. Según Aguiló, hay terreno fértil para desarrollar una industria rentable alrededor de la alta costura.

En la industria de la moda, la filantropía se manifiesta mediante alianzas con organizaciones sin fines de lucro, diseños libres de costo para actividades benéficas, talleres gratuitos a la comunidad y otros. En reconocimiento de la labor e importancia de la moda en término culturales y económicos, se debe establecer el Día del Diseñador de Moda en Puerto Rico.

En Puerto Rico emergen diseñadores con la meta de convertirse en empresarios que desean continuar el legado cultural. Son diseñadores innovadores.  Es una industria que debemos proteger, destacar y amerita separar un día para promover la industria de la moda. 

DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

Artículo 2.-Se declara el día 7 de mayo de cada año como el “Día del Diseñador de Moda en Puerto Rico”.  El Gobernador o la Gobernadora de Puerto Rico, mediante proclama y por lo menos con diez (10) días de antelación al 7 de mayo de cada año, recordará al pueblo puertorriqueño la importancia de las actividades propias que se deban llevar a cabo con motivo de la proclama.

Artículo 3.-Durante este día el Instituto de Cultura Puertorriqueña junto al Departamento de Desarrollo Económico del gobierno, desarrollarán una campaña orientada a reconocer y resaltar la industria de la alta costura puertorriqueña, así como destacar la carrera profesional de aquellas personas artífices de la industria del diseño y la moda en Puerto Rico.

Artículo 4.-Esta ley entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.

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ADVERTENCIA

-Este documento es una copia de la Ley original de Puerto Rico cuando fue aprobada, no incluye enmiendas posteriores. Está sujeto a las enmiendas posteriores y a la integración de las enmiendas a la ley principal de las Leyes de Puerto Rico. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad. Siempre busque leyes posteriores para posibles enmiendas a esta ley y/o la ley principal, según enmendada y actualizada en www.LexJuris.net

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